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Habiéndose intentado notificar por el Servicio de Correos los siguientes actos administrativos al alumno que a continuación se relaciona y no pudiéndose practicar, se hace por medio del presente anuncio, al venir así establecido en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Modificada por Ley 4/1999, de 13 de enero. De igual forma se publica en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento de Ayamonte según documentación acreditativa que obra en el expediente. Así mismo y a tenor de lo dispueto en el artículo 60.2 de la citada Ley anterior, se procede a la publicación íntegra del acto.
Resolución de subvención de ayuda de desplazamiento.
Expte.: FPO núm. HU-022/97.
De conformidad con las normas vigentes, este Servicio de Formación Profesional Ocupacional, eleva a V.I la siguiente Propuesta de Resolución:
Visto el expediente referenciado, incoado a instancia de don José Antonio López Ramos, para la obtención de las ayudas contempladas al amparo de la Orden de 2 de mayo de 1997, de convocatoria y desarrollo de los programas de Formación Profesional Ocupacional establecidos en el Decreto 28/1995, de
21 de febrero.
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero. Con cargo al ejercicio de 1997, y al amparo del Decreto 28/1995, de 21 de febrero, por el que se establecen los programas de Formación Profesiona Ocupacional, la Consejería de Trabajo e Industria dictó Resolución para la concesión de subvención en fecha 09.12.97 a favor de la Entidad Ayuntamiento de Cartaya, con número de expediente 21-001/97J, para la impartición de 8 cursos, previa solicitud y dentro de la convocatoria efectuada por la Orden de 2 de mayo de 1997.
Segundo. Don José Antonio López Ramos tras un proceso de selección de candidatos a los cursos, participó como alumno en el curso de Mantenimiento de Instalaciones Deportivas II, núm.
21-7 impartido por la citada Entidad en la localidad de Cartaya, dirigido a quince alumnos desempleados.
Tercero. Dicho alumno presentó, en esta Delegación Provincial, solicitud par la obtención de la ayuda de desplazamiento por la asistencia al citado curso a que hace referencia el artículo 8 de la Orden mencionada, así como la documentación acreditativa por la cual reúne los requisitos necesarios para la obtención de esta ayuda.
Cuarto. Comprobado y estudiados los documentos mencionados en el punto anterior, y existiendo la posibilidad presupuestaria para dicho concepto, se aprecia su concesión.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. Será competente para conocer y resolver sobre la solicitud de la ayuda a los alumnos, el Ilmo. Sr. Delegado Provincial de la Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico, en virtud de lo establecido en el artículo 8.1 de la Orden de 2 de mayo de 1997. Según lo dispuesto en el Decreto del Presidente 6/2000, de 28 de abril, sobre reestructuración de Consejerías, el artículo 6 establece que correspondan a la Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico las competencias que en la actualidad tiene atribuidas la Consejería de Trabajo e Industria, haciéndose extensiva dicha reestructuración a las Delegaciones Provinciales de la citada Consejería, de acuerdo con el Decreto 130/2000, de 9 de mayo, sobre reestructuración de las Delegaciones Provinciales.
Segundo. A tenor de lo dispuesto en el citado artículo 8, los alumnos podrá percibir ayudas en concepto de desplazamiento, manutención y alojamiento cuando las condiciones de acceso a la formación así lo requieran, que se tramitarán a instancia del interesado, que deberá solicitarlo en la correspondiente Delegación Provincial de Trabajo e Industria, estableciéndose en su apartado cuarto la cuantificación de estas ayudas.
Vistas las actuaciones practicadas, los preceptos legales citados y demás de general aplicación, el Ilmo. Sr. Delegado Provincial de Empleo y Desarrollo Tecnológico
R E S U E L V E
Primero. Aprobar la solicitud formulada por don José Antonio López Ramos de ayuda en concepto de desplazamiento, por la asistencia como alumno del curso Mantenimiento de Instalaciones Deportivas II, núm. 21-7, impartido por la Entidad Ayuntamiento de Cartaya, núm. de expediente 21-001/97J.
Segundo. Finalizado dicho curso, ordenar el pago de dicho concepto por el importe de 22.360 ptas. (veintidós mil
trescientas sesenta pesetas).
Notifíquese esta Resolución a los interesados en la forma prevista en los artículos 58 y 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, con la advertencia expresa de que contra la misma podrá impartir Recurso de Alzada ante el Excmo. Sr. Consejero de Empleo y Desarrollo Tecnológico en el plazo de un mes, contado a partir de la fecha de notificación de esta Resolución, de conformidad con lo establecido en los artículos 107, 114 y siguientes de la Ley antes citada. Transcurrido dicho plazo sin haberse interpuesto, la misma será firme a todos los efectos.
Huelva, 6 de marzo de 2002.- El Delegado, Manuel Alfonso Jiménez.
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