Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 34 de 21/03/2002

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Otros. AYUNTAMIENTO DE GUILLENA

ANUNCIO de bases

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Mediante Resolución de Alcaldía número 79/2002, de fecha 26 de febrero de 2002, se ha procedido a la aprobación de la convocatoria, las bases y anexo de la misma, para la provisión de una plaza de Administrativo, Escala de Administración General, Subescala Administrativa, mediante funcionarización de personal laboral fijo de la plantilla del Ayuntamiento de Guillena, de conformidad con el acuerdo del Pleno, de fecha 25 de febrero de 2002, se hacen públicas para general conocimiento, en cumplimiento del artículo 97 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local.

Así, en cumplimiento de lo dispuesto en la referida Resolución esta Alcaldía acuerda convocar pruebas selectivas para el acceso a la Escala de Administración General, Subescala Administrativa dentro del proceso de funcionarización, con sujeción a las siguientes

BASES DE LA CONVOCATORIA PARA LA PROVISION DE UNA PLAZA DE ADMINISTRATIVO MEDIANTE FUNCIONARIZACION DE PERSONAL LABORAL FIJO DEL AYUNTAMIENTO DE GUILLENA

1. Naturaleza y características de la plaza a cubrir y sistema selectivo elegido.

1.1. Se convoca prueba selectiva para cubrir una plaza de Administrativo por el turno de plazas afectadas por el artículo

15 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, modificada por la Ley 23/1988, de 28 de julio; por la Ley 42/1994, de 30 de diciembre, y por la Ley 13/1996, de 30 de diciembre, que corresponden a puestos desempeñados por el personal laboral que han sido clasificados como reservados a funcionarios.

1.2. Al presente proceso selectivo le será de aplicación la referida Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública; el R.D. 364/1995, de 10 de marzo (Boletín Oficial del Estado de 10 de abril), el artículo 37 de la Ley 31/1990, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1991, el acuerdo del Consejo de Ministros, de

27 de marzo de 1991 (Boletín Oficial del Estado de 1 de abril) y lo dispuesto en la presente convocatoria.

1.3. El objeto de la presente convocatoria es la provisión mediante el sistema de concurso, salvo que en el anexo I se indicase expresamente otro sistema, de la plaza, encuadrada en la escala, subescala, clase y, en su caso, categoría que se especifica en el mismo y dotada con los haberes correspondientes al grupo que igualmente se especifica con arreglo a la legislación vigente.

1.4. La plaza ofertada se cubrirá por el procedimiento de concurso con las valoraciones, puntuaciones y méritos que se especifican en el anexo I.

1.5. La duración máxima del proceso de celebración del concurso será de tres meses a contar desde la fecha de publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la provincia.

2. Condiciones y requisitos que deben cumplir los aspirantes.

2.1. Para poder participar en esta prueba selectiva será preceptivo tener la condición de Administrativo, contratado en régimen de derecho laboral con carácter fijo en el Ayuntamiento de Guillena.

2.2. Además de lo señalado en la base anterior, para ser admitido a la realización de la prueba selectiva los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Ser español/a, así mismo, podrán ser admitidos a la

realización de las pruebas selectivas los nacionales de los demás estados miembros de la Unión Europea en los términos previstos en la Ley 17/93, de 23 de diciembre.

b) Tener cumplidos los 18 años de edad.

c) Estar en posesión del título que se indica en el Anexo que se acompaña o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que concluya el plazo de presentación de instancias.

d) No padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de la función pública.

e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualesquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.

f) No estar incurso en causa de incompatibilidad o incapacidad de las establecidas en la normativa vigente en la Función Pública.

g) Aquellos que independientemente de los anteriores se establecieran en el anexo correspondiente.

2.3. Los requisitos establecidos en las presentes Bases, así como aquellos otros que pudiesen recogerse en el anexo I, deberán reunirse el último día del plazo de presentación de instancias y mantenerlos hasta el momento de la toma de posesión como funcionario de carrera.

3. Instancias y documentos a presentar.

3.1. Los aspirantes presentarán instancia ajustada al modelo que se inserta al final de estas Bases, dirigida al Sr. Alcalde y presentada en el Registro General del Ayuntamiento, debiendo adjuntar los siguientes documentos (originales o fotocopias compulsadas):

- Fotocopia del DNI o, en su caso, del documento oficial de renovación del mismo.

- Fotocopia del título académico exigido en los Anexos

correspondientes a cada plaza.

- Certificación expedida por la Secretaría General del

Ayuntamiento de Guillena en la que conste su condición de personal laboral indefinido y su categoría profesional.

Las solicitudes también podrán ser presentadas en la forma que se determina en el art. 38.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común.

3.2. El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia y en el tablón municipal de anuncios del Ayuntamiento de Guillena.

3.3. Expirado el plazo de presentación de instancias, por la Presidencia de la Corporación se dictará Resolución en término máximo de un mes, declarando aprobada provisionalmente la lista de admitidos y excluidos, e indicando, en su caso, la causa de exclusión.

En dicha Resolución, que se publicará en el tablón municipal de edictos, se indicará el lugar en el que serán expuestas al público las listas certificadas completas de aspirantes admitidos y excluidos, señalándose un plazo de diez días para subsanación del defecto que haya motivado la exclusión.

En el supuesto de que ningún aspirante hubiera sido

provisionalmente excluido o ningún aspirante provisionalmente excluido haya presentado, en el plazo correspondiente,

documentación alguna para la subsanación de errores, la Presidencia de la Corporación dictará Resolución en término máximo de un mes, declarando aprobada la lista definitiva de admitidos, que se publicará en el Tablón Municipal de Edictos, indicándose el lugar en el que serán expuestas al público las listas certificadas completas.

En el plazo de subsanación no se podrán alegar méritos no alegados con la solicitud inicial.

3.4. En todo caso, la lista definitiva de aspirantes admitidos y/o excluidos se expondrá en el Tablón Municipal de Edictos del Ayuntamiento de la Villa de Guillena sito en la Casa

Consistorial, Plaza de España, 1.

4. Tribunales.

4.1. Los Tribunales calificadores estarán compuestos por un Presidente y cuatro Vocales, y serán asistidos por un

Secretario. Su designación se publicará en el tablón de anuncios del Ayuntamiento conjuntamente con la lista de admitidos y excluidos. Los vocales deberán poseer titulación o especialización iguales o superiores a las exigidas para el acceso a las plazas convocadas.

La composición será la siguiente:

Presidente: El de la Corporación o miembro de la misma en quien delegue.

Vocales:

- El Jefe del respectivo servicio, o en su defecto, un técnico o experto designado por el Presidente de la Corporación.

- Un funcionario de la Escala de Administración General Subescala Administrativa, designado por la Corporación, a propuesta del Delegado de Personal.

- El concejal delegado de Relaciones Humanas o miembro de la Corporación en quien delegue.

- Un Concejal en representación de todos los grupos municipales de la oposición.

Secretario: El de la Corporación o funcionario en quien delegue.

La designación de los miembros del Tribunal incluirá la de los respectivos suplentes.

4.2. El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia del Presidente, Secretario y de la mitad al menos de los Vocales, pudiendo acudir indistintamente a cada sesión que se produzca el titular o bien su suplente.

4.3. Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de formar parte del mismo cuando concurra alguna de las circunstancias previstas en el art. 28 de la Ley 30/1992 o hubieran realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas de acceso a la función pública en los cinco años anteriores a la publicación de la convocatoria.

4.4. Cualquier interesado podrá promover recusación en

cualquier momento del proceso selectivo cuando concurran las anteriores circunstancias.

4.5. Las dudas o reclamaciones que puedan originarse sobre la interpretación en la aplicación de las Bases de la presente convocatoria, así como la que deba hacerse en los casos previstos, serán resueltos por el Tribunal sin apelación alguna.

5. Procedimiento de selección.

5.1. El procedimiento de selección será mediante sistema de concurso regulándose por las normas que a continuación se relacionan.

5.2. Valoración de méritos: Consistente en la valoración de méritos conforme al baremo que consta en el anexo

correspondiente a la plaza convocada. En esta valoración la puntuación máxima que se podrá obtener será la establecida en el anexo I.

6. Desarrollo y valoración del concurso.

6.1. La publicación del resultado de la valoración, que habrá de ser expuesta en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, ha de contener para cada aspirante su puntuación, con indicación de la obtenida en cada apartado.

6.2. La calificación final del concurso vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas. En caso de empate entre los aspirantes, se resolverá a favor de quien haya obtenido más puntos en el apartado de servicios prestados a esta Corporación Local en plaza de igual o similar contenido y de persistir el empate se acudirá a la mayor puntuación obtenida en el apartado

2.

7. Puntuación y propuesta de selección.

7.1. La relación definitiva de aprobados, que el Tribunal hará pública en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, será elevada al Alcalde-Presidente con la correspondiente propuesta de nombramiento.

7.2. Los opositores que no se hallen incluidos en dichas relaciones tendrán la consideración de no aptos a todos los efectos.

7.3. El Tribunal no podrá aprobar ni declarar que han superado las pruebas selectivas un número superior de aspirantes al de las plazas convocadas.

8. Presentación de documentos y nombramiento.

8.1. Los aspirantes propuestos por el Tribunal aportarán ante la Corporación, dentro del plazo de veinte días naturales, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la relación de aprobados en el tablón de anuncios de esta

corporación, los siguientes documentos acreditativos de las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en la

convocatoria:

a) Fotocopia compulsada del título exigido en la base 3.1 o certificación académica que acredite haber superado todos los estudios para la obtención del título.

b) Declaración jurada de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualesquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado por sentencia judicial firme para el ejercicio de funciones públicas.

8.2. La no presentación dentro del plazo fijado en la base anterior de la documentación exigida, excepto en los casos de fuerza mayor, o cuando de la presentación de los documentos se desprenda el no cumplimiento de los requisitos de la

convocatoria o supuestos de falsedad de la declaración, dará lugar a la invalidez de las actuaciones del aspirante;

comportando, por consiguiente, la nulidad de los actos del Tribunal en relación con el aspirante y la imposibilidad de efectuar su nombramiento, sin perjuicio de la exigencia de otras responsabilidades en que haya podido incurrir.

8.3. El Alcalde-Presidente, una vez que los aspirantes

propuestos hayan presentado la documentación acreditativa de los requisitos, procederá al nombramiento, mediante resolución, a favor de los aprobados como funcionarios de carrera.

Cualquier resolución que contravenga lo anteriormente

establecido será nula de pleno derecho.

8.4. El nombramiento será notificado a los interesados, que deberán de tomar posesión en el plazo de treinta días

naturales, a contar del siguiente al día que le sea notificado.

8.5. En el acto de toma de posesión, el funcionario nombrado deberá prestar el juramento o promesa de acuerdo con la fórmula prevista en el R.D. 707/1979, de 5 de abril.

8.6. Quién sin causa justificada no tome posesión en el plazo indicado, perderá todos los derechos derivados de la superación de las pruebas selectivas y del nombramiento conferido.

9. Norma final.

9.1. La presente convocatoria, sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de la misma y de la actuación del Tribunal de Selección podrán ser impugnados por los

interesados, en los casos y en la forma establecida en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

9.2. La presente convocatoria y sus Bases, se publicarán íntegramente en el Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla y en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

9.3. Los derechos de "asistencia" por la participación en los Tribunales Calificadores en estas pruebas selectivas se regirán por lo dispuesto en el Real Decreto 236/1988, de 4 de marzo, sobre Indemnización por Razón del Servicio.

ANEXO I

Plaza: Administrativo Jefe Negociado Compras.

Número de plazas: Una (1).

Escala: Administración General.

Subescala: Administrativa.

Grupo de pertenencia: C.

Sistema de Selección: Concurso.

Titulación exigida: Estar en posesión del Título de Bachiller Superior, Formación Profesional de 2º grado o equivalente, o en condiciones de obtenerlo en la fecha que concluya el plazo de presentación de solicitudes.

1. Requisitos específicos para la provisión de la plaza:

a) Ser personal contratado en régimen de derecho laboral con carácter fijo en el Ayuntamiento de Guillena.

b) Tener la categoría profesional de Administrativo.

Fase de Concurso: Conforme se describe en las Bases Generales y en el Baremo de Méritos siguiente:

En esta fase, se valorarán los servicios efectivos prestados en la condición de personal laboral fijo hasta la fecha de publicación de esta convocatoria y las pruebas selectivas superadas para acceder a tal condición hasta un máximo de cinco puntos.

La valoración de los méritos se realizará de la forma

siguiente:

1. Antigüedad. La antigüedad será valorada teniendo en cuenta los servicios prestados en la condición de laboral hasta la fecha de publicación de esta convocatoria, asignándose a cada año completo de servicios efectivos una puntuación de 0.25 puntos hasta un máximo de 4 puntos.

2. Pruebas selectivas superadas. Por haber superado las correspondientes pruebas selectivas para adquirir su condición de personal laboral fijo, 1 punto.

Guillena, 26 de febrero de 2002.- El Primer Teniente Alcalde, Area de Gobierno Interior, Fco. José Ciudad Moya.- El Alcalde- Presidente, Justo Padilla Burgos.

MODELO DE SOLICITUD

1. Datos personales del aspirante.

Primer apellido

Segundo apellido

Nombre

DNI...................................... Teléfono

Domicilio (C/Pl./Avda.)............................ Núm.

Localidad................................... Provincia

2. Datos de la convocatoria.

Plaza/Puesto a la que opta

Sistema de acceso

3. Datos Académicos.

Titulación que posee

Centro de expedición

Fecha de expedición

4. Documentación que adjunta: (Señalar con una X).

Fotocopia del DNI.

Resguardo acreditativo de los derechos de examen.

Méritos alegados (especificar cada documento que se acompaña).

5. Otros datos que hace constar el aspirante.

El abajo firmante, solicita ser admitido en el proceso

selectivo convocado por el Ayuntamiento de Guillena y declara reunir todos y cada uno de los requisitos y condiciones exigidas por las Bases de la convocatoria y su Anexo

correspondiente a la plaza a la que opta, que declaro conocer y aceptar, y con referencia a la fecha de terminación del plazo señalado para la presentación de esta solicitud.

En........................ a..... de ......................... de 2002 (firma)

Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Guillena (Sevilla).

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