Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 34 de 21/03/2002

3. Otras disposiciones

Consejería de Obras Públicas y Transportes

RESOLUCION de 12 de diciembre de 2001, de la Dirección General de Arquitectura y Vivienda, por la que se declara como singular, la adjudicación de 24 viviendas de Promoción Pública, que se construyen en Camas (Sevilla), al amparo del expediente SE-97/110-V.

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El Decreto 166/1999, de 27 de julio, por el que se regulan las actuaciones contenidas en el III Plan Andaluz de Vivienda y Suelo 1999-2002, establece en su Disposición Adicional Octava que el procedimiento especial de adjudicación de viviendas de Promoción Pública denominado Actuación Singular previsto en el artículo 6.º del Decreto 413/1990, de 26 de diciembre, sobre adjudicación de viviendas de Promoción Pública se denominará Adjudicación Singular. Dicho

artículo 6.º establece la posibilidad de acordar la realización de actuaciones singulares destinadas a solucionar necesidades derivadas de operaciones de remodelación, relocalización y similares o aquellas otras que se consideren de interés social singular por el contenido del procedimiento o los objetivos perseguidos y que afecten a colectivos de poblaciones concretos, con la obligación de incorporar en la resolución las normas de adjudicación específicas ajustadas a las circunstancias de la operación concreta.

La Comisión Provincial de Vivienda de Sevilla, en su sesión celebrada el día 21 de junio de 2001, acordó elevar a la Dirección General de Arquitectura y Vivienda propuesta de declarar como singular, la adjudicación de 24 viviendas de promoción pública que se construyen en Camas (Sevilla), al amparo del expediente SE-97/110-V.

Con la adjudicación singular propuesta se pretende por una parte realojar a 18 familias del barrio de El Chato, cuyas viviendas fueron declaradas en ruina, y por otra, destinar 6 viviendas a unidades familiares que se encuentren en condiciones de habitabilidad muy deficientes.

En su virtud, teniendo en cuenta lo establecido en el

artículo 6 del Decreto 413/1990, de 26 de diciembre, y a propuesta de la Comisión Provincial de la Vivienda de Sevilla, esta Dirección General ha tenido a bien resolver lo siguiente:

Primero. Se declara como singular, la adjudicación de 24 viviendas de promoción pública que se construyen en Camas (Sevilla), al amparo del expediente SE-97/110-V.

Segundo. Las viviendas serán adjudicadas de acuerdo con las normas específicas que figuran como Anexo a esta Resolución.

Tercero. La presente disposición entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 12 de diciembre de 2001.- El Director General, Juan Morillo Torres.

NORMAS ESPECIFICAS DE ADJUDICACION DE 24 VIVIENDAS DE PROMOCION PUBLICA QUE SE CONSTRUYEN EN CAMAS (SEVILLA), AL AMPARO DEL EXPEDIENTE SE-97/110-V

Primera. Las viviendas se adjudicarán de la siguiente forma:

a) 18 viviendas se destinarán a unidades familiares cuyas viviendas sitas en la Barriada El Chato de Camas (Sevilla) han sido objeto de declaración de ruina.

b) Las 6 viviendas restantes se destinarán a unidades familiares presentes o futuras residentes en la localidad, ocupantes de chabolas, cuevas, edificios en ruina declarada y en general edificios cuyo fin no sea propiamente residencial. Tal circunstancia solo será considerada cuando la ocupación del alojamiento se haya efectuado con un año de antelación, como mínimo, a la fecha de la solicitud. Respecto de estas 6 viviendas, se abrirá un plazo de presentación de solicitudes.

Segunda. 1. El régimen de cesión de 17 de las 18 viviendas del apartado a) de la norma primera será el de compraventa, conforme autorización de la Excma. Sra Consejera de Obras Públicas y Transportes. La vivienda restante será cedida en régimen de arrendamiento.

2. El régimen de cesión de las 6 viviendas del apartado b) de la norma primera, será el arrendamiento.

3. Los adjudicatarios deberán reunir los requisitos

establecidos en el Decreto 413/1990, de 26 de diciembre, pudiendo sus ingresos anuales ponderados ser superiores al millón de pesetas (6.010,12 euros), conforme al artículo 37 del Decreto 166/1999, de 27 de julio, in fine, dada la

excepcionalidad de la situación.

Tercera. Corresponde al Ayuntamiento de Camas (Sevilla), la elaboración de la lista provisional de adjudicatarios, que una vez aprobada por el Pleno será remitida, acompañada de toda la documentación, a la Comisión Provincial de la Vivienda de Sevilla.

Cuarta. La aprobación de la lista definitiva y la adjudicación de las indicadas viviendas corresponde a la Comisión

Provincial de la Vivienda, siguiéndose a partir de entonces

el procedimiento regulado en los artículos 14 y siguientes del Decreto 413/1990, de 26 de diciembre.

Dada la urgencia de la situación y conforme al artículo 1.º de la Orden de 9 de mayo de 1980 sobre agilización de actuaciones del Ministerio de Obras Públicas y Urbanismo, en la promoción directa de viviendas de Protección Oficial se podrá hacer uso del procedimiento de urgencia regulado en el artículo 50, de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico y del Procedimiento Administrativo Común.

Quinta. Las resoluciones de la Comisión Provincial de Vivienda sobre adjudicación del presente grupo serán recurribles mediante recurso de alzada ante el titular de la Consejería de Obras Públicas y Transportes.

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