Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 34 de 21/03/2002

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación y Ciencia

RESOLUCION de 25 de febrero de 2002, de la Dirección General de Gestión de Recursos Humanos, por la que se dan instrucciones para el cumplimiento de la Orden de 12 de febrero de 2002, reguladora de las Comisiones de Servicio al personal funcionario docente dependiente del ámbito de gestión de la Consejería.

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La Orden de la Consejería de Educación y Ciencia, de 12 de febrero de 2002 (BOJA del 23), por la que se regulan las comisiones de servicio al personal funcionario docente dependiente del ámbito de gestión de la Consejería de Educación y Ciencia de la Junta de Andalucía, establece una nueva ordenación de las mismas.

Con el fin de unificar criterios que conlleven una correcta aplicación de lo allí dispuesto, y en virtud de la facultad que otorga a esta Dirección General la Disposición Final Primera de la citada Orden,

HE RESUELTO

1. Para la concesión de comisiones de servicio de ámbito provincial se establece el siguiente procedimiento:

1.1. En cada Delegación Provincial se constituirá un Comisión formada por:

Presidente/a: El/la titular de la Delegación Provincial de Educación y Ciencia, o persona en quien delegue.

Vocales:

El/La Jefe/a del Servicio de Gestión de Personal.

El/La Jefe/a del Servicio de Ordenación Educativa.

El/La Jefe/a del Servicio de Inspección de Educación.

Un miembro de la Asesoría Médica designado por el/la titular de la Delegación Provincial.

Un/a representante de cada una de las Organizaciones Sindicales que componen la Junta de Personal Docente de cada provincia.

Secretario/a:

Un/a funcionario/a del Servicio de Gestión de Personal, con rango, al menos, de Jefe/a de sección.

1.2. El Servicio de Gestión de Personal de cada Delegación Provincial clasificará las solicitudes recibidas en plazo, según los apartados contemplados en la Orden, y solicitará los informes que procedan según los casos.

1.3. La Comisión Provincial, convocada en tiempo y forma a tal fin, examinará la correcta distribución por apartados y se pronunciará sobre la procedencia o no de proponer la concesión de las comisiones de servicio solicitadas. De la reunión de la Comisión Provincial se levantará la correspondiente acta.

1.4. El/La titular de la Delegación Provincial de Educación y Ciencia proporcionará los listados de las comisiones de

servicio propuestas por la Comisión Provincial a las Organizaciones Sindicales presentes en la Junta de Personal docente.

1.5. El/La titular de la Delegación Provincial de Educación y Ciencia emitirá las resoluciones que procedan en cada caso, a tenor de las propuestas de la Comisión, y con expresión de los recursos que procedan en derecho, y ordenará su exposición en el tablón de anuncios del referido Centro Directivo.

1.6. Finalizado el proceso de adjudicación de destinos provisionales para los distintos colectivos docentes, la Delegación Provincial confeccionará el listado previsto en el artículo 4 de la Orden y remitirá a esta Dirección General copia del mismo.

2. Para las Comisiones de Servicios que superen el ámbito provincial, el procedimiento será el siguiente:

2.1. Se constituirá una Comisión en la Consejería de Educación y Ciencia cuya composición será la siguiente:

Presidente: El Director General de Gestión de Recursos

Humanos, o persona en quien delegue.

Vocales designados por la Dirección General de Gestión de Recursos Humanos:

Tres funcionarios/as de la Consejería de Educación y Ciencia, con rango, al menos, de Jefe/a de sección o similar.

Un/a Inspector/a Central.

Un/a Asesor/a Médico/a.

Vocales en representación de las Organizaciones Sindicales:

Un/a representante por cada Sindicato con presencia en la Mesa Sectorial de Educación.

Secretario/a: Un/a funcionario/a de la Dirección General de Gestión de Recursos Humanos.

2.2. Las Delegaciones Provinciales donde preste realmente su servicio el personal solicitante enviarán a este Centro Directivo las instancias con la propuesta e informes que procedan. Para las que tengan su origen en motivos de salud, se deberá acompañar inexcusablemente el informe de la Asesoría Médica correspondiente.

2.3. La Dirección General de Gestión de Recursos Humanos solicitará, en su caso, informes a los órganos pertinentes.

2.4. La Comisión, debidamente convocada, examinará la correcta distribución por apartados y efectuará propuesta sobre la procedencia o no de conceder las comisiones de

servicio solicitadas, ajustándose siempre a los criterios establecidos en la Orden. De la reunión de esta Comisión se levantará la correspondiente acta.

Se facilitarán a las Organizaciones Sindicales presentes en la Mesa Sectorial de Educación los listados de las propuestas de concesión positivas y negativas.

2.5. La Dirección General de Gestión de Recursos Humanos resolverá lo que proceda en cada supuesto, a tenor de la propuesta de la Comisión, y ordenará la notificación al personal interesado y la remisión a las Delegaciones

Provinciales de la Resolución, para su conocimiento.

3. Para aquellas Comisiones de Servicio que se presenten con fecha posterior a las actuaciones expuestas anteriormente, por no tener establecido un plazo fijo, así como para las

correspondientes a los miembros de las Corporaciones Locales y por razones de salud, éstas últimas con las limitaciones previstas en el párrafo tercero del artículo 3, punto 1 de la Orden, la Delegación Provincial correspondiente o la Dirección General de Gestión de Recursos Humanos, según los casos, resolverá con los criterios establecidos en dicha disposición, debiendo informar a la Comisión Provincial o a la Comisión de la Consejería de Educación y Ciencia, según el ámbito de decisión.

4. Seguimiento de las Comisiones de Servicio. Con carácter periódico, dentro del ámbito territorial correspondiente, se informará a las Organizaciones Sindicales presentes en la Comisión Provincial y en la Comisión de la Consejería de Educación y Ciencia sobre las Comisiones de Servicio objeto de la presente Resolución.

Sevilla, 25 de febrero de 2002.- El Director General, Carlos Gómez Oliver.

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