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En el recurso número 667/99, Sección Primera, interpuesto ante esta Sala de lo Contencioso-Administrativo en Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, previa declaración de lesividad, a instancia del Abogado del Estado contra resoluciones del Tribunal Económico-Administrativo Regional de Andalucía, que disponen la sustitución de valores catastrales fijados en las mismas, se ha dictado sentencia cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
F A L L O
Estimamos el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la representación procesal de la Administración General del Estado contra la resolución del Tribunal Económico- Administrativo Regional de Andalucía, dictada en el expediente (21/02048/94), por la que sc estimó la reclamación económico- administrativa, interpuesta contra acuerdo de asignación de valor catastral. Anulamos la resolución del Tribunal Económico-Administrativo Regional de Andalucía por ser contraria a Derecho, y la declaramos sin ningún valor ni efecto. Sin costas.
Así, por esta nuestra sentencia, que se notificará a las partes haciéndole saber que contra la misma no cabe recurso ordinario alguno, lo que pronunciamos, mandamos y firmamos.
Intégrese esta resolución en el Libro correspondiente. Una vez firme la sentencia, remítase testimonio de la misma, junto con el expediente administrativo, al lugar de origen de éste.
Y para su inserción en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y sirva de notificación en forma a don Alfonso Fernández Fuentes en ignorado paradero, expido la presente.
En Sevilla, a 3 de diciembre de 2001.- La Secretaria.
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