Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 38 de 02/04/2002

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación

RESOLUCION de 4 de marzo de 2002, de la Dirección General de Administración Local, por la que se autoriza al Ayuntamiento de Fuentes de Andalucía (Sevilla) para que enajene veintiséis parcelas de sus bienes de propios a los vecinos ocupantes de las mismas.

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Ha tenido entrada en esta Dirección Administración Local escrito del Ayuntamiento de Fuentes de Andalucía (Sevilla) solicitando la autorización para enajenar veintiséis parcelas de sus bienes de propios a los adjudicatarios de las mismas.

Las parcelas objeto de enajenación son las que se relacionan a continuación:

1. Parcela sita en la Calle Pozo de la Reja núm. 6, a favor de don Pablo Páez Ortega, por el precio de 97,61 euros. Tiene una superficie de 103 m2.

2. Parcela sita en la Calle Pozo de la Reja núm. 8, a favor de doña Catalina Hidalgo Rodríguez, por el precio de 97,61 euros. Tiene una superficie de 103 m2.

3. Parcela sita en la Calle Pozo de la Reja núm. 10, a favor de don Juan Lora Rodríguez, por el precio de 97,61 euros. Tiene una superficie de 103 m2.

4. Parcela sita en la Calle Pozo de la Reja núm. 20, a favor de don Emilio Ramírez Conde, por el precio de 97,61 euros. Tiene una superficie de 103 m2.

5. Parcela sita en la Calle Pozo de la Reja núm. 22, a favor de don Domingo Talavera Fernández, por el precio de 97,61 euros. Tiene una superficie de 103 m2.

6. Parcela sita en la Calle Pozo de la Reja núm. 24, a favor de don Sebastián García Moreno, por el precio de 97,61 euros. Tiene una superficie de 103 m2.

7. Parcela sita en la Calle Pozo de la Reja núm. 26, a favor de don José Lora González, por el precio de 97,61 euros. Tiene una superficie de 103 m2.

8. Parcela sita en la Calle Pozo de la Reja núm. 30, a favor de don Sebastián Villar Caballero, por el precio de 97,61 euros. Tiene una superficie de 103 m2.

9. Parcela sita en la Calle Pozo de la Reja núm. 28, a favor de don Manuel Puna Romero, por el precio de 97,61 euros. Tiene una superficie de 103 m2.

10. Parcela sita en la Calle Pozo de la Reja núm. 5, a favor de don Antonio León Gómez, por el precio de 1.520,28 euros. Tiene una superficie de 137 m2.

11. Parcela sita en la Calle Pozo de la Reja núm. 15, a favor de don José Barcia Romero, por el precio de 1.420,41 euros. Tiene una superficie de 128 m2.

12. Parcela sita en la Calle Pozo de la Reja núm. 19, a favor de doña María Angustias Ruiz Humanes, por el precio de 1.466,22 euros. Tiene una superficie de 129 m2.

13. Parcela sita en la Calle Pozo de la Reja núm. 21, a favor de don Juan Flores Fernández-Peñaranda, por el precio de

1.284,18 euros. Tiene una superficie de 113 m2.

14. Parcela sita en la Calle Carmona núm. 16, a favor de don José Lora García, por el precio de 842,37 euros. Tiene una superficie de 109 m2.

15. Parcela sita en la Calle Carmona núm. 18, a favor de don Sebastián Rubio Personat, por el precio de 842,37 euros. Tiene una superficie de 109 m2.

16. Parcela sita en la Calle Carmona núm. 8, a favor de don José Moreno Moreno, por el precio de 842,37 euros. Tiene una superficie de 109 m2.

17. Parcela sita en la Calle Carmona núm. 6, a favor de don José L. Iznard Barcia, por el precio de 842,37 euros. Tiene una superficie de 109 m2.

18. Parcela sita en la Calle Carmona núm. 12, a favor de don Manuel Campos Fernández, por el precio de 842,37 euros. Tiene una superficie de 109 m2.

19. Parcela sita en la Calle Carmona núm. 21, a favor de don José Caballero Villar, por el precio de 811,41 euros. Tiene una superficie de 105 m2.

20. Parcela sita en la Calle Lantejuela núm. 20, a favor de don Sebastián Romero Fernández, por el precio de 811,41 euros. Tiene una superficie de 105 m2.

21. Parcela sita en la Calle Lantejuela núm. 18, a favor de don Rafael Flores Pérez, por el precio de 811,41 euros. Tiene una superficie de 105 m2.

22. Parcela sita en la Calle Lantejuela núm. 4, a favor de don Manuel García León, por el precio de 811,41 euros. Tiene una superficie de 105 m2.

23. Parcela sita en la Calle Lantejuela núm. 22, a favor de don José Muñoz Lora, por el precio de 811,41 euros. Tiene una superficie de 105 m2.

24. Parcela sita en la Calle Lantejuela núm. 6, a favor de doña Nieves Conde López, por el precio de 811,41 euros. Tiene una superficie de 105 m2.

25. Parcela sita en la Calle La Luisiana núm. 5, a favor de don Fernando Fernández Ruiz, por el precio de 4.659,77 euros. Tiene una superficie de 445 m2.

26. Parcela sita en la Calle Ruedo Alameda núm. 4, a favor de doña Evelia Reyes Fernández, por el precio de 1.616,93 euros. Tiene una superficie de 103 m2.

Dicha solicitud se acompaña de la correspondiente

documentación, siendo especialmente significativa la que acredita la posesión pacífica y continuada de los ocupantes de las parcelas objeto de enajenación por un tiempo superior a dos años, así como su residencia efectiva.

La legislación a tener en cuenta en la materia que nos ocupa está representada por la Disposición Adicional Primera de Ley

15/2001, de 26 de diciembre, por la que aprueban medidas fiscales, presupuestarias, de control y administrativas que señala que" Las Entidades Locales que no hayan enajenado directamente los inmuebles de su propiedad en el plazo señalado en el apartado 1 de la Disposición Transitoria Primera de la Ley 7/1999, de 29 de septiembre, de Bienes de las Entidades Locales de Andalucía, podrán enajenar directamente desde la finalización del plazo establecido en la citada Ley hasta el 31 de diciembre del año 2002, en los siguientes supuestos:

Terrenos cedidos con fines sociales por cualquier título que no haya implicado la transmisión regular del dominio sobre los que, respetando en todo caso la normativa urbanística, se hayan construido viviendas que constituyan el domicilio habitual de sus beneficiarios o de sus herederos.

El artículo 13.3 del Estatuto de Autonomía para Andalucía, aprobado por Ley Orgánica 6/1981, de 30 de diciembre, confiere competencia exclusiva a esta Comunidad Autónoma en materia de Régimen Local

Acreditada documentalmente la situación física y jurídica de los bienes inmuebles, su valoración por técnico competente, así como la posesión pacífica y continuada de los ocupantes de las mismas por un tiempo superior a dos años y su residencia efectiva, resultan bastante en orden a proceder a la

autorización para la enajenación de veintiséis parcelas de propiedad municipal.

En consecuencia, vistos los antecedentes expuestos, las disposiciones citadas y las normas generales de aplicación, se considera que, en virtud de las competencias atribuidas de conformidad con lo dispuesto en el art. 44.5 de la Ley 6/1983, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma, y art. 5.3 del Decreto 425/2000, de 7 de noviembre, por el que se determinan los órganos competentes de la Consejería de

Gobernación en materia de tráfico jurídico de bienes de las Entidades Locales, esta Dirección General

R E S U E L V E

Primero. Autorizar al Ayuntamiento de Fuentes de Andalucía, Provincia de Sevilla, a que enajene, previa inscripción registral, las parcelas identificadas al principio de esta Resolución y que forman parte de su patrimonio municipal en las condiciones y circunstancias expuestas.

Segundo. Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante este órgano, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la

notificación del presente acto, o interponer directamente el recurso contencioso-administrativo ante los correspondientes órganos judiciales de este Orden, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de la notificación de este acto, de conformidad con lo establecido en los artículos 116 y

117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común y en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso- Administrativa.

Sevilla, 4 de marzo de 2002.- El Director General, Alfonso Yerga Cobos.

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