Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 38 de 02/04/2002

1. Disposiciones generales

Universidades

RESOLUCION de 5 de marzo de 2002, de la Universidad de Huelva, por la que se convoca una beca de formación para coordinación de los programas de movilidad internacional en la Oficina de Relaciones Internacionales con arreglo a las Bases de la convocatoria que se indican.

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1. Objetivos.

La beca para la formación de personal técnico en cooperación internacional universitaria tiene como objeto la preparación y capacitación de personal cualificado susceptible de integrarse en el mundo laboral, tanto del sector público como del privado.

2. Beneficiarios.

Podrán solicitar esta beca quienes reúnan los siguientes requisitos en el momento de finalizar el plazo de presentación de solicitudes:

a) Poseer la nacionalidad española.

b) Estar en posesión del Título de Licenciado Universitario o equivalente.

c) Tener conocimiento suficiente de, al menos, tres idiomas además del castellano.

Los seleccionados están obligados a cumplir los requisitos establecidos en la presente Resolución y, en concreto:

a) Presentar, cuando así se les requiera, los originales del título o títulos de que disponga y la correspondiente Certificación Académica, así como aquellos otros documentos originales que acrediten lo declarado en el currículum vitae y en el impreso de solicitud.

b) Aceptar o renunciar a la beca que le haya sido concedida en el plazo máximo que se le notifique en la comunicación de concesión de la beca.

3. Dotación.

La beca comprende una dotación de 900 euros brutos mensuales, incluido el seguro de accidentes correspondiente. Las ayudas serán abonadas con cargo a la unidad de gasto 100.100 de Gerencia.

El disfrute de la beca será incompatible con la percepción de cualquier otra retribución, beca o ayuda no autorizada. En caso contrario al beneficiario se le retirará el disfrute de la misma.

4. Pago de la Beca.

El pago de la beca se hará al finalizar cada uno de los plazos mensuales. En caso de grave incumplimiento de las obligaciones asumidas por el beneficiario de la beca, se podrá limitar o suspender la satisfacción de las cantidades pendientes.

5. Duración.

La duración de la beca será de 12 meses, comenzando el disfrute de la misma el día de la incorporación del becario a la Institución, y concluyendo una vez transcurrido el tiempo establecido.

Se establece la posibilidad de la renovación de la beca por un período equivalente al disfrutado.

Mensualmente podrá solicitarse un informe de actividad del becario, así como una memoria de evaluación del trabajo realizado a la finalización de la misma.

A la finalización de la beca, el beneficiario tendrá derecho a una certificación acreditativa del disfrute de la misma.

6. Horario y desarrollo del disfrute de la Beca.

El horario será de siete horas diarias, de lunes a viernes.

El beneficiario debe comprometerse a cumplir el horario y las líneas de trabajo encomendadas, el régimen disciplinario interno de la Institución y guardar las normas de seguridad e higiene en el trabajo en el período establecido.

En caso de producirse faltas de asistencia o de disciplina por parte del becario, se podrá proceder a la suspensión del disfrute de la beca, recibiendo el beneficiario la retribución proporcional al período disfrutado, y perdiendo todo derecho o certificación acreditativa de la misma.

Los becarios que renuncien a la beca antes de cumplir un mes de disfrute no tendrán derecho a la percepción económica ni a certificación. Pero si la renuncia se produjera una vez superado dicho límite, tendrá exclusivamente derecho a la parte proporcional de la prestación económica que le corresponda.

Los beneficiarios de las becas dependerán en sus actividades del Vicerrector de la Biblioteca Universitaria y de Relaciones Internacionales, quien actuará como tutor.

7. Permisos y licencias.

El beneficiario disfrutará de 30 días de permiso, período que puede ser distribuido por quincenas o semanas. En caso de disfrutarse por días, éstos se verán supeditados a veinte días laborales. Cualquier otro disfrute de permiso o licencia deberá ser autorizado por el Vicerrector de la Biblioteca

Universitaria y de Relaciones Internacionales, siendo

debidamente justificado y compensado en horas laborales.

8. Carácter de la Beca.

La concesión de esta beca no supone ningún tipo de vinculación contractual, laboral ni administrativa ni de ninguna otra naturaleza entre el beneficiario y la Universidad de Huelva, ni implica compromiso alguno por parte de ésta.

9. Solicitudes y documentación.

Las solicitudes se formalizarán en el impreso cuyo modelo figura en Anexo I, serán dirigidas al Excmo. Señor Rector Magnífico de la Universidad de Huelva y se presentarán en el registro General de la misma (calle Cantero Cuadrado núm. 6) o por cualquiera de los procedimientos establecidos en el artículo 38 de la Ley de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

A dicha solicitud deberá adjuntarse la siguiente documentación:

a) Fotocopia del DNI.

b) Certificación Académica Personal completa y acreditativa del grado de Titulación exigido, en original o fotocopia

debidamente compulsada.

c) Currículum vitae del solicitante.

10. Selección y valoración de las solicitudes.

La selección se realizará por una Comisión Evaluadora nombrada al efecto y que estará constituida por el Excmo. Señor

Vicerrector de la Biblioteca Universitaria y de Relaciones Internacionales, que la presidirá por delegación del Excmo. Señor Rector Magnífico de la Universidad de Huelva, y por 4 vocales, actuando uno de ellos como Secretario

- 2 Profesores pertenecientes a CDU.

- 1 Profesor no perteneciente a CDU.

- 1 Alumno.

La Comisión Evaluadora considerará:

a) Titulación: Hasta 5 puntos

b) Nivel de idiomas: Hasta 30 puntos.

c) Expediente académico: Hasta 15 puntos.

d) Doctorado: Hasta 15 puntos.

e) Experiencia en el campo de la cooperación internacional universitaria: Hasta 20 puntos.

f) Cursos formativos específicos relacionados con las líneas de colaboración: Hasta 5 puntos.

g) Experiencia laboral o disfrute de otras becas similares y relacionadas con las líneas de colaboración: Hasta 10 puntos.

La Comisión Evaluadora se reserva la posibilidad de convocar a los aspirantes que hayan obtenido mayor puntuación, según baremo, a una entrevista personal para determinar el nivel de conocimientos, experiencia o idoneidad de los candidatos.

11. Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo de presentación de solicitudes será de 20 días naturales a partir de su publicación en el BOJA.

12. Publicación de la Resolución.

La Resolución, a la vista de la propuesta que realice la Comisión Evaluadora, se realizará en el plazo máximo de 3 meses. La relación del aspirante seleccionado se publicará en el Tablón de Anuncios de la Universidad de Huelva. El

beneficiario recibirá notificación mediante correo certificado.

Los interesados podrán interponer recurso de alzada contra la Resolución mencionada en el párrafo anterior ante el Rector en el plazo de 1 mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación.

13. Aceptación de la Beca.

El becario deberá comunicar obligatoriamente la aceptación o renuncia a la beca.

Huelva, 5 de marzo de 2002.- El Rector, Antonio Ramírez de Verger Jaén.

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