Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 39 de 04/04/2002

3. Otras disposiciones

Consejería de Economía y Hacienda

RESOLUCION de 11 de marzo de 2002, de la Viceconsejería, por la que se autorizan tarifas de agua potable de Huétor Vega (Granada). (PP. 796/2002).

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Vista la propuesta de revisión de tarifas formulada por la Comisión Provincial de Precios de Granada, y en uso de las facultades que tengo atribuidas por el artículo 7 del Decreto

266/1988, de 2 de agosto, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de precios autorizados, en la redacción dada por el Decreto 137/2002, de 16 de mayo,

R E S U E L V O

Autorizar las tarifas de agua potable que a continuación se relacionan, ordenando su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Tarifas autorizadas

Concepto IVA excluido

Cuota fija o de servicio

Uso doméstico 0,78 eur./abon./mes Uso industrial 2,33 eur./abon./mes Uso benéfico 0,78 eur./abon./mes

Cuota variable o de consumo

Uso doméstico

De 0 hasta 8 m?/abon./mes 0,14 eur./m? Más de 8 hasta 21 m?/abon./mes 0,23 eur./m? Más de 21 m?/abon./mes 0,52 eur./m?

Uso industrial

De 0 hasta 21 m?/abon./mes 0,31 eur./m? Más de 21 m?/abon./mes 0,47 eur./m?

Uso benéfico

De 0 hasta 12 m?/abon./mes Gratuito Más de 12 m?/abon./mes Se aplicará la tarifa de uso doméstico

Podrán acogerse a la tarifa de uso benéfico, conforme al acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de fecha 31.10.2001, que se transcribe a continuación:

«- Los perceptores de pensiones contributivas o no contributivas, siempre que la suma de los ingresos que perciba la unidad familiar o las personas que convivan con el titular de la pensión, incluida ésta, no supere el Salario Mínimo Interprofesional.

- Otras situaciones especiales previo informe de los Servicios Sociales del Ayuntamiento.¯

Derechos de acometida

Parámetro A:16,83 eur./mm

Parámetro B:75,13 eur./l/seg

Cuota de contratación

Calibre del contador

en mm Uso doméstico Uso industrial 7 16,80 eur. 7,26 eur. 10 27,61 eur. 18,08 eur. 13 38,43 eur. 28,90 eur. 15 45,64 eur. 36,11 eur. 20 63,67 eur. 54,14 eur. 25 81,70 eur. 72,17 eur. 30 99,74 eur. 90,20 eur. 40 135,80 eur. 126,26 eur. 50 171,86 eur. 162,32 eur. 65 225,95 eur. 216,41 eur. 80 280,04 eur. 270,50 eur.

100 352,16 eur. 342,63 eur.

150 532,46 eur. 522,93 eur.

Cuota de reconexión

Calibre del contador en mm

7 3,80 eur.

10 9,47 eur.

13 y superiores 19,58 eur.

Fianzas

Calibre del contador

en mm Uso doméstico Uso industrial

13 20,20 eur. 60,58 eur.

15 23,30 eur. 69,90 eur.

20 31,07 eur. 93,20 eur.

25 38,84 eur. 116,50 eur.

30 46,61 eur. 139,80 eur.

40 62,14 eur. 186,40 eur.

50 77,68 eur. 233,00 eur.

Esta Resolución surtirá efecto el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la titular de esta Consejería en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su notificación o, en su caso,

publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos

114 y 115, en relación con el 48, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Sevilla, 11 de marzo de 2002.- El Viceconsejero, José

Salgueiro Carmona.

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