Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 42 de 11/04/2002

2. Autoridades y personal2.2 Oposiciones y concursos

Universidades

RESOLUCION de 14 de marzo de 2002, de la Universidad de Jaén, por la que se anuncia la convocatoria de oposición libre para cubrir una plaza de personal laboral, Categoría de Técnico Auxiliar de Laboratorio.

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La provisión de puestos de trabajo del Personal Laboral fijo de la Universidad de Jaén, se realiza de conformidad con lo dispuesto en el Título II Capítulo 3 del III Convenio Colectivo del Personal Laboral de las Universidades Públicas de Andalucía.

Finalizados los procesos de traslado y promoción interna y acordadas las plazas vacantes que se pueden ofertar para su cobertura con personal de nuevo ingreso, este Rectorado, al amparo de lo establecido en el Decreto 277/1998, de 22 de diciembre, de la Consejería de Educación y Ciencia de la Junta de Andalucía, por la que se aprueban los Estatutos de la Universidad de Jaén (Boletín Oficial de la Junta de Andalucía número 8, de 19 de enero de 1999); y de conformidad con lo establecido en el art. 22 del antedicho Convenio Colectivo, resuelve convocar oposición libre para cubrir mediante contrato en régimen laboral de duración indefinida, la plaza de personal laboral que se indica en la norma 1.1 de esta convocatoria, vacante en la relación de puestos de trabajo del personal laboral de esta Universidad, con arreglo a las siguientes

BASES DE LA CONVOCATORIA

1. Normas generales.

1.1. Se convocan pruebas selectivas para cubrir una plaza de la categoría de Técnico Auxiliar de Laboratorio.

1.2. La realización de estas pruebas selectivas se ajustará a lo establecido en la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, modificada por la Ley

23/1988, de 28 de julio; Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado; en el vigente Convenio Colectivo (Boletín Oficial de la Junta de Andalucía núm. 98, de 30 de junio de 1994), y las bases de la convocatoria.

1.3. El programa que ha de regir las pruebas selectivas es el que figura en el Anexo II.

1.4. El sistema de selección de los aspirantes será el de oposición, con arreglo a las pruebas y ejercicios que se especifican en el Anexo I.

1.5. Las pruebas selectivas se desarrollarán quedando garantizado, en todo momento, la igualdad de condiciones de los candidatos y el respeto a los principios constitucionales de publicidad, capacidad y mérito.

La fecha, hora y lugar en que se realizará el primer ejercicio se fijará en la Resolución del Rectorado en que se apruebe la lista de admitidos y excluidos.

1.6. Las funciones que, con carácter general, corresponden a la plaza en relación con la categoría y grupo que se convoca, así como la jornada de trabajo y horario de la misma, se ajustarán a lo que determine el Convenio Colectivo del Personal Laboral de las Universidades Públicas Andaluzas.

1.7. Las retribuciones y demás derechos de contenido económico se ajustarán a lo que determina el citado Convenio Colectivo y demás normas de carácter general en materia de retribuciones de personal laboral al servicio de los Organismos Públicos.

1.8. El desempeño de las plazas convocadas quedará sometido a la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, en materia de incompatibilidades.

2. Requisitos de los aspirantes.

Para ser admitido en las pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Tener cumplidos los 18 años de edad, y no haber alcanzado la edad de jubilación.

b) Estar en posesión del título de Graduado Escolar, Formación Profesional de Primer Grado o título equivalente.

b) No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las funciones propias de las plazas objeto de esta convocatoria.

d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio en cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las correspondientes funciones.

Los requisitos establecidos en las normas anteriores deberán cumplirse el último día del plazo de presentación de

solicitudes.

3. Solicitudes.

3.1. Quienes deseen tomar parte en esta convocatoria deberán hacerlo constar mediante instancia en el modelo que será facilitado en el negociado de información de la Universidad de Jaén o en los modelos normalizados para ingresar en la

Administración Pública que se facilitan en las Subdelegaciones del Gobierno.

3.2. Las solicitudes se dirigirán al Excelentísimo y Magnífico Sr. Rector de la Universidad de Jaén en el plazo de veinte días naturales, contados a partir del siguiente al del anuncio de la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía¯.

3.3. La presentación de solicitudes podrá realizarse en el Registro General de la Universidad de Jaén o en la forma establecida en el art. 38 de la Ley 30/92 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común.

A la instancia se acompañará necesariamente:

a) Fotocopia del Documento Nacional de Identidad.

b) Justificante de haber abonado los derechos de examen.

c) Acreditación de la titulación académica o equivalente exigible.

3.4. Los derechos de examen de esta oposición serán de 15,03 euros, que se ingresarán en la Caja Rural de Jaén, Oficina Universidad, número de cuenta 3067.0109.0200001272 a nombre de la Universidad de Jaén: Oposición personal laboral; o bien mediante transferencia bancaria a dicha cuenta.

En ningún caso la presentación y pago en el banco supondrá sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud ante el órgano expresado anteriormente.

3.5. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes el Rector hará pública, en el tablón de anuncios de la Universidad de Jaén situado en el Edificio B-1 del Campus de Las Lagunillas y en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía¯, una Resolución con la lista de los aspirantes admitidos y

excluidos, con expresión de las causas de la no admisión y el lugar y fecha de comienzo de los ejercicios. Serán excluidos aquellos aspirantes que no aporten copia del Documento Nacional de Identidad, no abonen derechos de examen no acrediten la formación académica exigida o presente la solicitud fuera de plazo.

3.6. Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al de la

publicación de la Resolución en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía¯, para poder subsanar el defecto que haya motivado la exclusión.

Contra dicha Resolución podrá interponerse recurso contencioso- administrativo ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a su publicación.

3.7. Los derechos de examen serán reintegrados a los aspirantes que hayan sido excluidos definitivamente de las pruebas selectivas.

Los errores de hecho podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición del interesado.

4. Tribunal Calificador.

4.1. Composición: El Tribunal Calificador de estas pruebas estará formado por el Rector de la Universidad de Jaén o persona en quien delegue, quien ostentará la Presidencia del mismo; dos miembros de la Administración Universitaria

nombrados por el Rector, dos miembros designados por el Comité de Empresa, actuando como Secretario un miembro del Personal de Administración y Servicios adscrito al Servicio de Personal.

Debido a la urgente necesidad de la publicación de la

convocatoria para la provisión de las vacantes, resulta conveniente hacer uso de la posibilidad prevista en el artículo

11 del Real Decreto 364/1995, acordándose que los nombres y demás datos de los miembros del Tribunal se harán públicos mediante resolución del Rector al mismo tiempo que se exponga la lista de excluidos a que se refiere la base 3.5.

4.2. El Tribunal podrá nombrar Vocales asesores, que actuarán con voz pero sin voto.

4.3. Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir y los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurran las circunstancias previstas en el art. 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

4.4. Los Tribunales no podrán actuar sin la presencia de, al menos, tres de sus miembros con derecho a voto y, en todo caso, el Presidente y el Secretario (o sus suplentes).

4.5. Previa convocatoria del Presidente de cada Tribunal, éste celebrará la sesión de constitución en el plazo mínimo de cuarenta y ocho horas de antelación antes de la realización del primer ejercicio. En dicha sesión, el Tribunal acordará todas las decisiones que le correspondan en orden al correcto desarrollo de las pruebas.

4.6. A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en la Sección de Personal PAS, edificio B-1 del Campus de las Lagunillas, de la Universidad de Jaén, teléfono 953/01.22.77.

4.7. Los aspirantes serán convocados en único llamamiento, debiendo ir provistos del Documento Nacional de Identidad o acreditación equivalente.

4.8. En cualquier momento del proceso selectivo, si el Tribunal tuviere conocimiento de que alguno de los aspirantes no posea la totalidad de los requisitos exigidos por la presente convocatoria, previa audiencia del interesado, deberá proponer su exclusión al Rector de la Universidad de Jaén.

4.9. El Presidente de cada Tribunal adoptará las medidas oportunas para garantizar que el ejercicio sea corregido sin que se conozca la identidad de los aspirantes.

5. Relación de aprobados. Presentación de documentos y

posterior firma del contrato.

5.1. El Tribunal hará pública la lista de aspirantes que hayan superado el ejercicio en el mismo lugar donde éste se realizó y en el tablón de anuncios de la Universidad de Jaén.

5.2. Finalizadas las pruebas, el Tribunal hará pública la relación de aspirantes que hayan obtenido plaza, por orden de puntuación total.

En el plazo de tres días desde que se haga pública dicha relación, el presidente del Tribunal correspondiente elevará propuesta de contratación al Excelentísimo y Magnífico Sr. Rector de la Universidad de Jaén, sin que en ningún caso excedan las propuestas del número de plazas convocadas.

El Tribunal igualmente, podrá hacer pública una relación complementaria en la que figure la puntuación obtenido por el resto de los aspirantes no seleccionados, y en el caso de que alguno de los solicitantes propuestos no llegase a formalizar el correspondiente contrato, se incluirá en la propuesta al solicitante que le siga en orden de puntuación.

5.3. Los aspirantes que superen las presentes pruebas

selectivas para su contratación como personal laboral fijo presentarán en el Servicio de Personal de esta Universidad, dentro de los veinte días naturales a aquél en que se hizo pública la relación de aprobados en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía¯, los siguientes documentos:

a) Fotocopia del Documento Nacional de Identidad o documento equivalente acompañada del original para su comprobación.

b) Fotocopia, debidamente compulsada, de los títulos

académicos.

c) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente disciplinario, de ninguna Administración Pública ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas.

d) Certificado médico acreditativo de no padecer enfermedad ni defecto físico que imposibiliten para el servicio, expedido por el facultativo de la Seguridad Social que corresponda al interesado.

5.4. Quienes, dentro del plazo indicado y salvo casos de fuerza mayor, no presentasen la referida documentación no podrán ser contratados, quedando anuladas todas las

actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en su solicitud.

5.5. En el contrato que se suscriba se fijará el período de prueba que determina el Convenio Colectivo y tendrá los efectos que el ordenamiento jurídico laboral dispone.

6. Norma final.

6.1. Los aspirantes, por el hecho de participar en esta oposición, se someten a las bases de esta convocatoria y su desarrollo y a las decisiones que adopte el Tribunal, sin perjuicio de las reclamaciones pertinentes. El Tribunal está facultado para resolver las dudas que se presenten y tomar los acuerdos necesarios para el buen orden de las pruebas

selectivas en todo lo no previsto en las bases, así como para su interpretación.

6.2. La convocatoria y sus bases y cuantos actos

administrativos se deriven de ella y de las actuaciones del Tribunal podrán ser impugnados por los interesados en los casos y en la forma establecidos en la Ley 30/1992, de 26 de

noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Jaén, 14 de marzo de 2002.- El Rector, Luis Parras Guijosa.

ANEXO I

Ejercicios y valoración

Consistirá en la celebración de una prueba de aptitud

desglosada en dos ejercicios:

El primero de carácter teórico, versará sobre el contenido íntegro del programa que figura en el Anexo II.

El segundo de carácter teórico práctico, o práctico, versará sobre el contenido de la parte específica del programa que figura en el Anexo II.

La puntuación máxima será de 10 puntos, para cada uno de los ejercicios, debiendo obtenerse un mínimo de 5 puntos en cada uno de ellos para superarlos. El Tribunal queda facultado para determinar la calificación mínima.

La duración de los dos ejercicios será determinada por el Tribunal.

ANEXO II

P R O G R A M A

I. Parte general

Tema 1. El III Convenio Colectivo de las Universidades

Públicas de Andalucía.

Tema 2. Decreto 277/1998, de 22 de diciembre, de la Consejería de Educación Ciencia de la Junta de Andalucía, por el que se aprueban los Estatutos de la Universidad de Jaén (Boletín Oficial de la Junta de Andalucía de 19 de enero de 1999).

II. Parte específica

A) Laboratorios de las Areas de Química.

1. Descripción del material de laboratorio.

1.1. Material fungible y no fungible.

1.2. Identificación de instrumentos auxiliares de laboratorio.

2. Puesta a punto y utilización del material de laboratorio.

2.1. Limpieza del material.

2.2 Clasificación y almacenamiento.

3. Clasificación, control y almacenamiento de disolventes, reactivos y material de laboratorio.

3.1. Identificación, etiquetado, fichado y almacenamiento de reactivos. Calidad de reactivos.

3.2. Inventario y control periódico del material de

laboratorio.

3.3. Control de productos especiales.

3.4. Material de desecho.

3.5. Equipos de seguridad. Riesgos, precauciones y normas generales de actuación en caso de accidente.

4. Purificación de disolventes.

4.1. Clasificación de disolventes.

4.2. Eliminación de impurezas:

- Sistemas de destilación de disolventes orgánicos.

- Métodos de purificación de agua.

B) Laboratorios de las Areas de Física.

1. Estructura de un laboratorio de Física: Normas de

seguridad.

2. Aparatos de medida.

2.1 Características generales: Exactitud, precisión y

sensibilidad. Errores en las medidas.

2.2. Instrumentación mecánica y termométrica: Calibres, balanzas y termómetros.

2.3. Instrumentación eléctrica: Fuentes de alimentación, polímetros y osciloscopios.

3. Principales componentes de los montajes experimentales.

3.1. Componentes eléctricos: Resistencias, condensadores y bobinas.

3.2. Componentes ópticos: Fuentes de luz y lentes.

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