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En virtud de las facultades que me vienen atribuidas por el artículo 21 de la Ley 1/1988, de 17 de marzo, de la Cámara de Cuentas de Andalucía, y del acuerdo adoptado por el Pleno de esta Institución, en la sesión celebrada el día 23 de enero de
2002,
RESUELVO
De conformidad con el art. 12 de la citada Ley 1/1988, ordenar la publicación del Informe de Fiscalización de Regularidad de la Diputación Provincial de Almería, correspondiente al ejercicio 1999.
Sevilla, 14 de marzo de 2002.- El Consejero Mayor, Rafael Navas Vázquez.
FISCALIZACION DE REGULARIDAD DE LA DIPUTACION PROVINCIAL DE ALMERIA
EJERCICIO 1999
El Pleno de la Cámara de Cuentas de Andalucía, en su sesión celebrada el día 23 de enero de 2002, con asistencia de todos sus miembros, ha acordado aprobar por unanimidad el Informe de Fiscalización de Regularidad de la Diputación Provincial de Almería, correspondiente al ejercicio 1999.
INDICE
I. Introducción
I.1. Objetivos, alcance y metodología
I.2. Limitaciones al alcance
II. Areas de fiscalización II.1. Control interno
II.2. Aprobación del presupuesto
II.3. Modificaciones presupuestarias
II.4. Aspectos generales
II.5. Ingresos
II.6. Personal
II.7. Contratación administrativa
II.8. Transferencias
II.9. Tesorería
II.10. Endeudamiento
II.11. Inmovilizado
II.12. Evolución económica financiera
III. Seguimiento de los informes de la CCA IV. Conclusiones y recomendaciones
V. Estados y cuentas anuales
V.1. Liquidación del presupuesto
V.1.1. Liquidación del presupuesto ajustado. Derechos, obligaciones y resultado presupuestario ajustado V.1.2. Liquidación del presupuesto ajustado. Recauda- ción/Pagos
V.2. Resultado presupuestario
V.3. Estado del remanente de tesorería
V.3.1. Remanente de Tesorería ajustado
V.4. Estado de tesorería
V.5. Balance de situación
V.5.1. Balance de situación ajustado
V.6. Cuenta de resultados
V.6.1. Cuenta de resultados ajustada
VI. Alegaciones al contenido del informe
ANEXOS
I. Organigrama de la Diputación Provincial
II. Operaciones de crédito
III. Definición de indicadores presupuestarios
IV. Criterios para determinar los derechos que pudieran considerarse de difícil materialización según los artículos 172 de la Ley 39/1988, reguladora de las Haciendas Locales, y 101 y siguientes del Real Decreto 500/1990, por el que se desarrolla el Capítulo Primero del texto de la Ley 39/1988, en materia de Presupuestos
ABREVIATURAS
art artículo
BOP Boletín Oficial de la Provincia
C Capítulo
CCA Cámara de Cuentas de Andalucía
COOPP Consejería de Obras Públicas
EE FF Entidades Financieras
IAE Impuesto sobre Actividades Económicas
IBI Impuesto sobre Bienes Inmuebles
IC Orden de 17 de julio de 1990, por la que se aprueba la Instrucción de Contabilidad para la
Administración Local
INEM Instituto Nacional de Empleo
IRPF Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas JA Junta de Andalucía
Km¯ Kilómetros cuadrados
LCA PLey 13/95, de 18 de mayo, de Contratos de las Administraciones Públicas
LRBRL Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local
LRHL Ley 39/88, de 28 de diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales
MP Millones de pesetas
OOAA Organismos Autónomos
PER Plan de Empleo Rural
PFEA Programa de Fomento del Empleo Agrario
PIE Participación en Ingresos del Estado
POL Plan Operativo Local
PPOS Planes Provinciales de Obras y Servicios
ptas Pesetas
RD Real Decreto
RPT Relación de Puestos de Trabajo
SA Sociedad Anónima
SGR Sociedad de Garantía Recíproca
SL Sociedad Limitada
SS Seguridad Social
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