Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 44 de 16/04/2002

1. Disposiciones generales

Consejería de Economía y Hacienda

ORDEN de 22 de marzo de 2002, por la que se convocan becas para la formación de expertos en comercio interior para el año 2002.

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La Orden de 2 de agosto de 2001 (BOJA núm. 94, de 16.8.2001) estableció la + normativa reguladora que rige con carácter indefinido las convocatorias anuales+ de las becas de formación de expertos en comercio interior a conceder por la + Consejería de Economía y Hacienda, y señala que las convocatorias anuales se + limitarán a especificar el contenido mínimo indispensable que se determina en + el artículo 8.2 de la citada Orden.

En su virtud, y en uso de las facultades que me han sido conferidas,

D I S P O N G O

Primero. Convocatoria de becas para el año 2002. Se convocan becas para la formación de expertos en comercio interior, con + arreglo a las siguientes condiciones:

a) La presente convocatoria se regirá por lo dispuesto en la Orden de 2 de + agosto de 2001, por la que se establecen las normas reguladoras de la concesión+ de becas para la formación de expertos en comercio interior (BOJA núm. 94, de +

16 de agosto de 2001), como normativa específica reguladora de las mismas, sin + perjuicio de la aplicación de la Ley General de la Hacienda Pública de la + Comunidad Autónoma de Andalucía y demás normas que procedan.

b) Número de becas que se convocan: 20.

c) Cuantía bruta de las becas, conforme a lo previsto en el artículo 4.2.a) de + la Orden referida: 11.121,13 euros.

d) Plazo de presentación de las solicitudes: Veinte días hábiles, contados a + partir del día siguiente a aquél en que tenga lugar la publicación de la + presente Orden en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

e) Publicación de actos y resoluciones. Los actos que deban notificarse de + forma conjunta a todos los interesados se publicarán en el tablón de anuncios + de la Consejería de Economía y Hacienda, sito en calle Juan Antonio de + Vizarrón, s/n, Edificio Torretriana, planta baja, de Sevilla, y en los de las + Delegaciones Provinciales de la Consejería de Economía y Hacienda, en los + términos del artículo 59.5.b) de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen+ Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo + Común, sustituyendo dicha publicación a la notificación personal y surtiendo + sus mismos efectos.

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 7.4 de la Orden de 2 de agosto de +

2001 antes referida, cuando se trate de la relación provisional de aspirantes + admitidos y excluidos y de la resolución que pone fin al procedimiento, se + publicará simultáneamente en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía un + extracto del contenido de la resolución o acto, indicando los tablones de + anuncios referidos en el párrafo anterior donde se encuentra expuesto su + contenido íntegro y, en su caso, el comienzo del cómputo del plazo de que se + trate, que se computará a partir del día siguiente a aquél en que tenga lugar + la publicación en dicho Boletín Oficial.

f) Otras determinaciones.

1. Conforme a lo previsto en el artículo 8.2.f) de la Orden de 2 de agosto de+ 2001 y en el artículo 18.2 de la Ley 14/2001, de 26 de diciembre, del + Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2002, la + solicitud deberá acompañarse también de una declaración expresa responsable + relativa a que sobre el solicitante no ha recaído resolución administrativa o + judicial firme de reintegro o, en su caso, acreditarse su ingreso.

2. Información o publicidad.

De conformidad con lo establecido en el artículo 18.11 de la Ley 14/2001, de 26+ de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el + año 2002, los becarios deberán hacer constar en toda información o publicidad + que se efectúe de la actividad objeto de la beca que dicha actividad está + subvencionada por la Consejería de Economía y Hacienda de la Junta de Andalucía.

Asimismo, al estar estas becas cofinanciadas por el Fondo Social Europeo, los + beneficiarios deberán cumplir con las disposiciones que sobre información y + publicidad se dicten por la Unión Europea.

g) Entidades colaboradoras en la formación. El plazo de presentación de solicitudes para adquirir la condición de entidad + colaboradora a que se refiere el artículo 6 de la Orden de 2 de agosto de 2001 + será de veinte días hábiles, contados a partir del día siguiente a aquél en que+ tenga lugar la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial de la + Junta de Andalucía.

Segundo. Efectos.

La presente Orden surtirá efectos el día siguiente al de su publicación en el + Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 22 de marzo de 2002

MAGDALENA ALVAREZ ARZA

Consejera de Economía y Hacienda

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