Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 48 de 25/04/2002

1. Disposiciones generales

Consejería de Justicia y Administración Pública

RESOLUCION de 1 de abril de 2002, de la Dirección General de la Función Pública, por la que se efectúa convocatoria pública para la concesión de anticipos reintegrables al personal interino, acogido al compromiso de estabilidad y consolidación a que hace referencia el Acuerdo de Condiciones de Trabajo en la Administración General de la Junta de Andalucía, de 26 de febrero de 1996, y al personal laboral fijo de las Instituciones Sanitarias del Servicio Andaluz de Salud.

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Mediante la Orden de 14 de diciembre de 1992 (BOJA núm.

133, de 24 de diciembre), modificada parcialmente por las Ordenes de 1 de octubre de 1993, 20 de noviembre de 2000 y 18 de febrero de 2002 (BOJA núm. 36, de 26 de marzo), esta Consejería reguló la concesión de anticipos reintegrables al personal al servicio de la Administración de la Junta de Andalucía. La citada Orden de 18 de febrero de 2002, promulgada a raíz del nuevo Reglamento de ayudas de Acción Social para el personal al servicio de la Administración de la Junta de Andalucía, aprobado por la Orden de 18 de abril de 2001 (BOJA núm. 53, de 10 de mayo), amplió el derecho a percibir los anticipos reintegrables al personal laboral fijo de las Instituciones Sanitarias del Servicio Andaluz de Salud, y al personal interino de Administración General, acogido al compromiso de estabilidad y consolidación a que hace referencia el prorrogado Acuerdo de Condiciones de Trabajo en la Administración General de la Junta de Andalucía de 26 de febrero de 1996. Por todo ello, es necesario que se establezca para el personal en cuestión una convocatoria especial de los mencionados anticipos. En consecuencia, esta Dirección General, en virtud de las atribuciones que le confiere la Disposición Final Primera de la Orden de 14 de diciembre de 1992, reguladora de los citados anticipos, ha resuelto efectuar convocatoria pública para la concesión de anticipos reintegrables, ejercicio de 2002, para el personal interino de Administración General acogido al acuerdo de estabilidad mencionado en el párrafo anterior, y para el personal laboral fijo al servicio de las Instituciones Sanitarias del Servicio Andaluz de Salud, y con las siguientes

B A S E S

Primera. Ambito personal.

1.º Puede participar en la presente convocatoria el personal al servicio de la Administración de la Junta de Andalucía que esté integrado en cada uno de los siguientes colectivos:

a) El personal interino acogido al compromiso de estabilidad y consolidación, a que se refiere el Acuerdo de Condiciones de Trabajo en la Administración General de la Junta de Andalucía de 26 de febrero de 1996.

b) El personal laboral fijo al servicio de las Instituciones Sanitarias del Servicio Andaluz de Salud.

2.º En consecuencia, queda excluido de la presente convocatoria el personal interino que no esté acogido al compromiso de estabilidad y consolidación a que se refiere el apartado 1.º.a) de esta base, así como el personal laboral eventual y temporal al servicio de las Instituciones Sanitarias del Servicio Andaluz de Salud.

Segunda. Requisitos, documentación y determinación de beneficiarios.

Los requisitos que tienen que cumplir los solicitantes, la documentación que deben de presentar, así como la determinación de los beneficiarios de los anticipos, son los establecidos en la Orden de 14 de diciembre de 1992, antes aludida.

Tercera. Lugar y plazo de presentación de solicitudes.

1.º. Las solicitudes, junto con la documentación requerida, se podrán presentar en cualquiera de los registros generales de documentos de la Administración de la Junta de Andalucía, y en los demás registros generales de documentos a que hace referencia el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

2.º El plazo de presentación de solicitudes será de quince días naturales, a contar desde el día siguiente a la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

3.º Los modelos normalizados de solicitud, certificado de antigüedad en la Administración y certificado de retribuciones líquidas, a que hace referencia el artículo 10 de la referida Orden de 14 de diciembre de 1992, figuran como Anexo 1 y 2 a la presente Resolución. Al mismo tiempo, dicho modelo estará a su disposición en las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Justicia y Administración Pública, en el Servicio de Acción Social de la citada Consejería y a través de la página Web de dicho Servicio: andaluciajunta.es/cjap/aas.

Contra lo establecido en la presente Resolución, que agota la vía administrativa, cabe interponer los siguientes recursos:

a) El personal interino a que se refiere la base 1.ºa) de esta Resolución podrá interponer recurso de reposición, con carácter potestativo, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con los

artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o recurso contencioso- administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Sevilla, o ante el Juzgado en cuya circunscripción tuviera el demandante su domicilio, a elección de este último, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo establecido en el artículo

46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la

Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

b) El personal laboral a que se refiere la base 1.ºb) de esta Resolución podrá interponer reclamación administrativa previa a la vía judicial laboral, conforme a lo dispuesto en los artículos 120 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de

noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y 69 del Real Decreto Legislativo 2/1995, de 7 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Procedimiento Laboral.

Sevilla, 1 de abril de 2002.- El Director General, José Taboada Castiñeiras.

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