Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 49 de 27/04/2002

3. Otras disposiciones

Consejería de Justicia y Administración Pública

DECRETO 109/2002, de 19 de marzo, por el que se modifica la relación de puestos de trabajo de la Administración General de la Junta de Andalucía correspondiente a la Consejería de Educación y Ciencia.

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La transformación del sistema educativo no universitario que conlleva la aplicación de la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo (LOGSE), ha repercutido de forma directa en los centros públicos de enseñanza, inmersos en un proceso de adecuación a las directrices contempladas en la mencionada Ley. Con el fin de garantizar una adecuada coordinación académica y administrativa en la etapa transitoria de aplicación de la nueva Red de Centros de Andalucía, se ha hecho necesario adoptar determinadas medidas como la creación y supresión de centros públicos docentes, efectuadas a través de los Decretos

357/2000, de 11 de julio, y 162/2001, de 3 de julio, y la creación y supresión de secciones de educación secundaria, a través de las Ordenes de la Consejería de Educación y Ciencia de 15 de marzo de 2000 y 9 de abril y 7 de septiembre, ambas de

2001.

Al objeto de asignar a los centros de nueva creación los recursos humanos necesarios para su correcto funcionamiento, en lo que respecta al personal de administración y servicios, se hace necesaria una modificación de la relación de puestos de trabajo, que se efectúa mediante este Decreto. Se contemplan también otras ampliaciones puntuales en centros ya existentes, donde se han detectado insuficiencias en determinadas categorías de personal, así como las modificaciones derivadas del cierre o transformación de centros, con la consiguiente readscripción del personal afectado.

Por otra parte, se crea el puesto de trabajo de Secretario General del Consejo Escolar de Andalucía y se modifica la adscripción orgánica de los puestos adscritos al mismo, que pasan a depender de la Secretaría General Técnica.

De acuerdo con lo previsto en el artículo 32, letra d), de la Ley 9/1987, de 12 de junio, de órganos de representación y determinación de las condiciones de trabajo y participación del personal al servicio de las Administraciones Públicas, en la redacción dada por la Ley 7/1990, de 19 de julio, sobre negociación colectiva y participación en la determinación de las condiciones de trabajo de los empleados públicos, se han efectuado los trámites oportunos ante los representantes de las organizaciones sindicales presentes en la Mesa Sectorial de Negociación de Administración General.

Asimismo, en aplicación del artículo 8.3.d) del V Convenio Colectivo del Personal Laboral de la Junta de Andalucía, se ha procedido a la negociación con la Comisión del Convenio.

En su virtud, conforme a lo previsto en el artículo 4.2.g) de la Ley 6/1985, de 28 de noviembre, de Ordenación de la Función Pública de la Junta de Andalucía, así como en el artículo 10.2 del Decreto 390/1986, de 10 de diciembre, por el que se regula la elaboración y aplicación de la relación de puestos de trabajo; a propuesta de la Consejera de Justicia y Administración Pública, previo informe favorable de la Consejería de Economía y Hacienda, y previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su reunión del día 19 de marzo de 2002,

DISPONGO

Artículo único. Modificación de la relación de puestos de trabajo de la Administración General de la Junta de Andalucía correspondiente a la Consejería de Educación y Ciencia.

Se aprueba la modificación parcial de la relación de puestos de trabajo de la Administración General de la Junta de Andalucía correspondiente a la Consejería de Educación y Ciencia, en los términos previstos en el Anexo de este Decreto.

Disposición adicional primera. Personal afectado por la modificación de la relación de puestos de trabajo.

Por las Consejerías de Justicia y Administración Pública y de Educación y Ciencia se realizarán los trámites necesarios para adecuar los efectivos existentes a las necesidades del servicio deducidas de las modificaciones de la relación de puestos de trabajo aprobadas mediante este Decreto.

Disposición adicional segunda. Modificación presupuestaria. Por la Consejería de Economía y Hacienda se realizarán las modificaciones presupuestarias necesarias para dar cumplimiento a lo previsto en el presente Decreto, conforme el procedimiento establecido.

Disposición adicional tercera. Incorporación de la titulación de Ldo. en Psicopedagogía en el perfil de determinados puestos de trabajo.

A los puestos de trabajo denominados Titulado Superior

adscritos a los Equipos de Promoción y Orientación Educativa y a los Equipos de Atención Temprana y Apoyo a la Integración, dependientes de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Educación y Ciencia, que figuran en las respectivas

relaciones de puestos de trabajo con el requisito de titulación de Ldo. en Psicología o Ldo. en Ciencias de la Educación- Pedagogía, se les añade la titulación de Ldo. en

Psicopedagogía.

Disposición final única. Entrada en vigor.

El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 19 de marzo de 2002

MANUEL CHAVES GONZALEZ

Presidente de la Junta de Andalucía

CARMEN HERMOSIN BONO

Consejera de Justicia y Administración Pública

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