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Vista la propuesta de revisión de tarifas formulada por la Comisión de Precios de Andalucía, y en uso de las facultades que tengo atribuidas por el artículo 7 del Decreto 266/1988, de
2 de agosto, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de precios autorizados, en la redacción dada por el Decreto
137/2000, de 16 de mayo,
R E S U E L V O
Autorizar las Tarifas de Taxis que a continuación se relacionan, ordenando su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
GAS-AUTO SOCIEDAD COOPERATIVA ANDALUZA. HUELVA
Tarifas autorizadas
Concepto IVA incluido
Tarifa 1
Por bajada de bandera 1,03 euros Por cada kilómetro recorrido 0,52 euros. Por cada hora de espera o parada 13,79 euros Carrera mínima 2,41 euros
Tarifa 2
Por bajada de bandera 1,20 euros Por cada kilómetro recorrido 0,63 euros Por cada hora de espera o parada1 6,55 euros Carrera mínima 2,93 euros
Esta tarifa se aplicará en servicios realizados en días festivos desde las 00,00 horas hasta las 24,00 horas; en servicios nocturnos en días laborables, desde las 22,00 horas hasta las 6,00 horas; los sábados se cuentan como festivos desde las 14 horas; y en Fiestas Colombinas a partir de las
14,00 horas hasta las 8 de la mañana del día siguiente.
Suplementos
Por cada maleta o bulto que exceda de 60 cm 0,33 euros
Retornos
- Zonas de Sulfúrico, Fosfórico, Rodia
España, Río Tinto Minera, Fertiberia,
Térmica, Club Marítimo y Punta del Sebo 0,59 euros
- Zonas de Jesús Abandonado, Hospital
Infanta Elena, Firestone, Polígono San
Diego, Venta Alvarez y Nuevos Hospitales 0,59 euros
- Zonas de La Ribera y Polígono Fortiz 1,35 euros
Esta Resolución surtirá efecto el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la titular de esta Consejería en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su notificación o, en su caso, publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos
114 y 115, en relación con el 48, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Sevilla, 28 de diciembre de 2001.- El Viceconsejero, José Salgueiro Carmona.
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