Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 50 de 30/04/2002

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación

ORDEN de 22 de marzo de 2002, por la que se autoriza al Ayuntamiento de Castillo de Locubín (Jaén) a enajenar mediante concurso público cinco naves industriales de sus bienes de propios.

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El Ayuntamiento de Castillo de Locubín (Jaén) ha solicitado autorización previa para enajenar mediante concurso público cinco naves industriales del Polígono Industrial «La Meloja¯ incluidas en las parcelas M-4, P11R, P10R, P9R, M-3, P15 y P5, y M-1, P19.

Dichas naves han sido incluidas en el Inventario de Bienes Municipales.

El art. 16.1.c) de la Ley 7/99, de 29 de septiembre, de Bienes de las Entidades Locales de Andalucía, establece que: «Será necesaria autorización previa de la Consejería de Gobernación si el valor del bien exceda del 25% de los recursos ordinarios del presupuesto de la Entidad.¯

El importe de la enajenación prevista asciende a 688.767,08 euros, lo que comparándolo con el importe de los recursos ordinarios del Presupuesto Municipal, que es de 2.358,21 euros, se constata que el importe de la enajenación supera el 25% de los recursos ordinarios, por lo que es necesario autorización del Consejero de Gobernación, conforme señala el art. 16.1.c) de la Ley 7/99, de 29 de septiembre.

La forma de enajenación y valoración de las naves están conformes con lo establecido sobre el particular en la citada Ley.

El art. 13.3 del Estatuto de Autonomía para Andalucía, aprobado por Ley Orgánica 6/1981, de 30 de diciembre, confiere competencia exclusiva a esta Comunidad Autónoma en materia de Régimen Local.

En su virtud, al amparo de la legislación invocada y de conformidad con lo dispuesto en el art. 44.4 de la Ley 6/83, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma, se ha tenido a bien disponer lo siguiente:

Primero. Autorizar al Ayuntamiento de Castillo de Locubín (Jaén) a que enajene mediante concurso las siguientes naves:

1. Nave sita en la calle Almendro, número 13, por el precio de 110.174,53 euros. Aparece inscrita en el Registro de la Propiedad de Alcalá la Real, al Tomo 854, Libro 133, Folio 64, Finca núm. 15017. Tiene una superficie de 1.050 m¯.

2. Nave sita en la calle Almendro, número 15, por el precio de

125.161,59 euros. Aparece inscrita en el Registro de la Propiedad de Alcalá la Real, al Tomo 854, Libro 133, Folio 66, Finca núm. 15018. Tiene una superficie de 995,5 m¯.

3. Nave sita en la calle Almendro, número 17, por el precio de

120.885,14 euros. Aparece inscrita en el Registro de la Propiedad de Alcalá la Real, al Tomo 854, Libro 133, Folio 68, Finca núm. 15019. Tiene una superficie de 988,43 m¯.

4. Nave sita en la calle Peral, número 8, por el precio de

168.342,89 euros. Aparece inscrita en el Registro de la Propiedad de Alcalá la Real, al Tomo 854, Libro 133, Folio 56, Finca núm. 15013. Tiene una superficie de 1.155 m¯.

5. Nave sita en la calle Naranjo, número 20, por el precio de

164.202,93 euros. Aparece inscrita en el Registro de la Propiedad de Alcalá la Real, al Tomo 854, Libro 133, Folio 171, Finca núm. 15044. Tiene una superficie de 1.035,47 m¯.

Segundo. Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante este órgano en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a aquél en que tenga lugar la

notificación del presente acto, o interponer directamente el recurso contencioso-administrativo, ante los correspondientes órganos judiciales de este orden, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de la notificación de este acto, todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos 116 y 117 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 22 de marzo de 2002

ALFONSO PERALES PIZARRO

Consejero de Gobernación

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