Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más
De conformidad con el art. 59.4 de la Ley 30/92, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, de 26 de noviembre de 1992, dada la imposibilidad de practicar notificación en el último domicilio conocido a la entidad interesada que a continuación se relaciona, se le hace saber, a través de este anuncio, que ha sido dictada la siguiente resolución en expediente administrativo de reintegro:
Entidad: Comercializadora de Productos Textiles, S. Coop. And.
Núm. Expte.: AT.005.MA/97.
Dirección: P.I. Antequera-Antiquaria, 2, Apdo. 107, 29200, Antequera (Málaga).
Asunto: Notificando resolución de expediente. Importe a reintegrar (principal e intereses de demora):
21.451,82 (3.569.283 ptas.), euros (18.231,83 euros + 3.219,99 euros).
Motivo: Incumplimiento de la obligación de justificar.
El reintegro de carácter voluntario deberá efectuarse en el siguiente plazo:
a) Si el presente anuncio del acuerdo de reintegro se notifica entre los días 1 y 15 del mes en curso, desde la fecha de notificación hasta el día 5 del mes siguiente o el inmediato hábil posterior.
b) Si el presente anuncio del acuerdo de reintegro se notifica entre los días 16 y último del mes en curso, desde la fecha de notificación hasta el día 20 del mes siguiente o el inmediato hábil posterior.
El mismo deberá hacerse efectivo en la siguiente cuenta bancaria:
Titular: Tesorería General de la Junta de Andalucía. Código de banco: 0049, Banco Santander Central Hispano. Código de sucursal: 6726, Oficina Puerta Jerez (Sevilla). Dígito de control: 98.
Núm. C/C: 2516050144.
Si transcurrido dicho plazo no se hubiese efectuado el reintegro, se procederá a su exacción por la vía ejecutiva. Asimismo, se le advierte expresamente al interesado que contra la resolución de reintegro, que agota la vía administrativa, puede interponerse:
a) Potestativamente, recurso de reposición ante el Director General de Economía Social en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente de la notificación. Y, hasta tanto no sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo, no se podrá interponer recurso contencioso- administrativo, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 107 y siguientes de la citada Ley 30/92.
b) Directamente, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en Sevilla en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de su notificación, de acuerdo con lo establecido en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso- Administrativa.
Informándole que para el cómputo de los plazos mencionados, la notificación se considera realizada a partir del día siguiente al de la publicación del presente anuncio.
Sevilla, 21 de marzo de 2002.- El Director General, Fernando Toscano Sánchez.
Descargar PDF