Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 53 de 7/5/2002

3. Otras disposiciones

Consejería de Obras Públicas y Transportes

RESOLUCION de 5 de marzo de 2002, de la Dirección General de Arquitectura y Vivienda, por la que se hace pública otra sobre encomienda a la Empresa Pública de Suelo de Andalucía de la gestión de actuaciones previas al desarrollo de programas de vivienda y suelo en el área de rehabilitación Barriada El Puche, sector centro, de Almería.

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En cumplimiento de lo establecido en el apartado tres del artículo 15 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en lo relativo al requisito de publicidad de los instrumentos en los que se formalicen las encomiendas de gestión, por la presente se procede a dicho trámite respecto de la siguiente:

- Resolución de 8 de noviembre de 2001, por la que se encomienda a la Empresa Pública de Suelo de Andalucía la gestión de actuaciones previas al desarrollo de programas de vivienda y suelo en el Area de Rehabilitación «Barriada El Puche, sector centro¯, de Almería. La Encomienda de Gestión comprenderá las siguientes acciones:

a) Análisis de la situación: Realización de los trabajos previos a la intervención material en el Area, consistentes en la toma de datos, estudio y evaluación de los factores y características concurrentes en la configuración social y urbana del Area objeto de la actuación, particularmente:

- La determinación de la ocupación real de las viviendas, con elaboración de un censo y control de las adjudicaciones efectuadas en su día y de las viviendas vacías, habitables o no.

- La gestión de la demanda social de vivienda, incluyendo recepción de peticiones, derivación y seguimiento de las ocupaciones.

- Realización de estudios técnicos y económicos sobre propuestas de intervención, control de desarrollo de las obras y apoyo técnico, en su caso.

- Valoraciones de las operaciones de realojo y de las de urgencia en las viviendas.

- La elaboración de los estudios técnicos y sociales para el buen desarrollo de la actuación y, en especial, aquellos dirigidos al análisis y valoración de la singular problemática social de los vecinos de la barriada de El Puche, así como la evaluación de los diferentes problemas constructivos que presenten las edificaciones.

- La gestión y ejecución de las operaciones de realojo y acogimiento transitorio.

b) La elaboración del Programa de Actuación, documento que contendrá la propuesta de los distintas intervenciones a ejecutar en la barriada El Puche, Sector Centro con el objetivo de su revitalización física, funcional y social.

c) Respecto de la Oficina para la Remodelación Urbana de Puche Centro, caso de resultar precisa:

- Su constitución, estableciendo su composición, funciones y régimen de trabajo dentro del marco general señalado en el presente documento.

- La contratación del personal necesario para el adecuado desarrollo de las tareas encomendadas.

- Competencias básicas de la Oficina: La coordinación de la cooperación entre las distintas instituciones participantes así como de las actuaciones contempladas en este documento y, posteriormente, de las intervenciones que se deriven de la presente o ulteriores encomiendas a desarrollar en un futuro.

d) La formalización de los convenios que resulten precisos tanto con otras Administraciones e instituciones implicadas como con los colectivos de vecinos afectados.

El presupuesto de las actuaciones asciende a la suma de doscientos sesenta y dos mil quinientos veintidós euros con ocho céntimos (262.522,08 E), IVA incluido.

El primer pago, con cargo al presupuesto corriente y por importe de 190.400,63 E se efectuará una vez publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía la presente

Resolución. Los abonos sucesivos se realizarán en

formalización en la medida en que se acredite por la Empresa la realización de las actuaciones encomendadas y la

recaudación de los recursos económicos generados por el patrimonio inmobiliario cuya titularidad se le haya cedido o se le ceda, debiendo estarse en cuanto a la justificación y seguimiento a lo establecido en el artículo 7.4 del Decreto

210/1999.

Sevilla, 5 de marzo de 2002.- El Director General, Juan Morillo Torres.