Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 55 de 11/5/2002

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación y Ciencia

ORDEN de 22 de marzo de 2002, por la que se modifica la autorización de enseñanzas del Centro Docente Privado Santa María de los Angeles de Málaga.

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

Visto el expediente instruido a instancia de don Antonio Jiménez Fajardo, como representante de la entidad Escuela de Formación Profesional Santa María de los Angeles, Sociedad Cooperativa Andaluza, titular del Centro privado «Santa María de los Angeles¯, sito en Málaga, Plaza Pío XII, núm. 2, solicitando modificación de la autorización concedida por Orden de 15 de septiembre de 1999 (BOJA de 16 de noviembre), por reducción de un Ciclo de Formación Profesional Específica de Grado Medio de Técnico en Gestión Administrativa, de acuerdo con lo establecido en el art. 19 e y f) del Decreto 109/1992, de 9 de junio (BOJA de 20 de junio), sobre autorizaciones de Centros Docentes Privados para impartir Enseñanzas de Régimen General.

Resultando que por Orden de 15 de septiembre de 1999 (BOJA de

16 de noviembre), tiene autorización definitiva para impartir:

a) 4 unidades de Bachillerato, modalidad Ciencias de la Naturaleza y la Salud y 2 unidades de Bachillerato, modalidad Humanidades y Ciencias Sociales; b) Ciclos Formativos de Formación Profesional Específica de Grado Superior, 1 Ciclo de Técnico Superior en Administración y Finanzas, 1 Ciclo de Técnico Superior en Dietética y 1 Ciclo de Técnico Superior en Agencias de Viajes. Funcionan en régimen de concierto educativo: Seis unidades de Bachillerato, seis unidades de Ciclos Formativos de Grado Medio y tres unidades de Ciclos Formativos de Grado Superior durante el curso escolar

2001/2002.

Vistos: La Constitución Española; la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación; la Ley Orgánica 9/1995, de 20 de noviembre, de la Participación, Evaluación y el Gobierno de los Centros Docentes; la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo; la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; el Real Decreto 1004/91, de

14 de junio, por el que se establecen los requisitos mínimos de los Centros que impartan enseñanzas de Régimen General No Universitarias; el Real Decreto 986/1991, de 14 de junio, por el que se aprueba el calendario de aplicación de la nueva ordenación del sistema educativo, modificado y completado por el Real Decreto 173/98, de 16 de febrero; el Decreto 109/1992, de 9 de junio, sobre autorización de Centros Docentes Privados, para impartir Enseñanzas de Régimen General; el Real Decreto

777/98, de 30 de abril, por el que se desarrollan determinados aspectos de la ordenación de la formación profesional en el ámbito del sistema educativo, y demás normas de vigente aplicación.

Considerando que se han cumplido, en el presente expediente, todos los requisitos exigidos por la normativa vigente en esta materia.

Esta Consejería de Educación y Ciencia ha dispuesto

Primero. Autorizar de acuerdo con el artículo 19.e) del Decreto 109/1992, de 9 de junio, al Centro Privado «Santa María de los Angeles¯ de Málaga la reducción de una unidad de Ciclo Formativo de Formación Profesional de Grado Medio de Técnico en Gestión Administrativa, y como consecuencia, establecer la configuración definitiva del centro que se describe a continuación:

Denominación genérica: Centro de Educación Secundaria. Denominación específica: «Santa María de los Angeles¯. Titular: Escuela de Formación Profesional Santa María de los Angeles, Sociedad Cooperativa Andaluza.

Domicilio: Plaza Pío XII, núm. 2.

Localidad: Málaga.

Municipio: Málaga.

Provincia: Málaga.

Código del Centro: 29012088.

Enseñanzas que se autorizan:

a) Bachillerato:

- Modalidad: Ciencias de la Naturaleza y la Salud. Capacidad:

4 unidades y 80 puestos escolares.

-Modalidad: Humanidades y Ciencias Sociales. Capacidad: 2 unidades y 48 puestos escolares.

b) Ciclos Formativos de Formación Profesional Específica de Grado Medio:

- Técnico en Comercio.

Núm. Ciclos: 1.

Grupos: 1.

Puestos escolares: 30.

- Técnico en Cuidados Auxiliares de Enfermería.

Núm. Ciclos: 2.

Grupos: 2.

Puestos escolares: 60.

- Técnico en Farmacia.

Núm. Ciclos: 1.

Grupos: 1.

Puestos escolares: 30.

- Técnico en Gestión Administrativa.

Núm. Ciclos: 1.

Grupos: 1.

Puestos escolares: 30.

c) Ciclos Formativos de Formación Profesional Específica de Grado Superior:

- Técnico Superior en Administración y Finanzas.

Núm. Ciclos: 1.

Grupos: 2.

Puestos escolares: 60.

- Técnico Superior en Dietética.

Núm. Ciclos: 1.

Grupos: 2.

Puestos escolares: 60.

- Técnico Superior de Técnico en Agencias de Viajes.

Núm. Ciclos: 1.

Grupos: 1.

Puestos escolares: 30.

Segundo. La presente autorización surtirá efectos de la forma que previene el artículo 10 del Decreto 109/1992, de 9 de junio, (BOJA de 20 de junio), sin que esta autorización presuponga otorgamiento de Concierto Educativo, que, en su caso, podrá solicitarse en expediente aparte, según lo

establecido en el Real Decreto 2377/1985, de 18 de diciembre (BOE de 27 de diciembre).

Tercero. Dicho Centro queda obligado al cumplimiento de la legislación vigente y a solicitar la oportuna revisión cuando haya que modificarse cualquiera de los datos que señala la presente Orden.

Cuarto. Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, recurso contencioso

administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10, 14 y 46.1 de la Ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, o, potestativamente, recurso de reposición en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a su publicación en el BOJA, ante la Excma. Sra. Consejera de Educación y Ciencia, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 107.1, 116 y 117 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Sevilla, 22 de marzo de 2002

CANDIDA MARTINEZ LOPEZ

Consejera de Educación y Ciencia

Descargar PDF