Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 56 de 14/05/2002

3. Otras disposiciones

Consejería de Medio Ambiente

RESOLUCION de 8 de abril de 2002, de la Secretaría General Técnica, por la que se aprueba el deslinde parcial de la vía pecuaria Vereda de los Pescaderos, en el término municipal de Gaucín (Málaga) (V.P. 619/01).

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Examinado el expediente de deslinde parcial de la vía pecuaria denominada «Vereda de los Pescaderos¯, en el tramo comprendido entre la carretera de Jimena a Campillos y el camino de Gaucín a Algeciras, en el término municipal de Gaucín (Málaga), instruido por la Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente en Málaga, se desprenden los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. La vía pecuaria denominada «Vereda de los Pescaderos¯, en el término municipal de Gaucín (Málaga), fue clasificada por Orden Ministerial de fecha 11 de junio de 1968, publicada en el Boletín Oficial de Estado de fecha 5 de julio de 1968.

Segundo. Mediante Resolución de la Viceconsejería de Medio Ambiente de fecha 20 de septiembre de 2000, se acordó el inicio del deslinde parcial del mencionado tramo de la vía pecuaria.

Tercero. Los trabajos materiales de deslinde, previos los anuncios, avisos y comunicaciones reglamentarias, se iniciaron el 30 de noviembre de 2000, notificándose dicha circunstancia a todos los afectados conocidos, siendo asimismo publicado, el citado extremo, en el Boletín Oficial de la Provincia de Málaga núm. 204, de 24 de octubre de 2000.

Cuarto. Redactada la Proposición de Deslinde, que se realiza de conformidad con los trámites preceptivos e incluyéndose claramente la relación de ocupaciones, intrusiones y colindancias, ésta se somete a exposición pública, previamente anunciada en el Boletín Oficial de la Provincia de Málaga núm.

30 de abril de 2001.

Quinto. A la dicha Proposición de Deslinde no se han presentado alegaciones.

A la vista de tales antecedentes son de aplicación los siguientes

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. Compete a esta Secretaría General Técnica la resolución del presente deslinde en virtud de lo preceptuado en el artículo 21 del Decreto 155/1998, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Andalucía, así como el Decreto 179/2000, de 23 de mayo, por el que se aprueba la Estructura Orgánica Básica de la Consejería de Medio Ambiente.

Segundo. Al presente acto administrativo le es de aplicación lo regulado en la Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias; el Decreto 155/1998, de 21 de julio, antes citado; la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, reguladora del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; la Ley 4/1999, de modificación de la Ley

30/1992, y demás legislación aplicable al caso.

Tercero. La vía pecuaria denominada «Vereda de los Pescaderos¯, fue clasificada por Orden Ministerial de fecha 11 de junio de 1968, debiendo, por tanto, el deslinde, como acto administrativo definitorio de los límites de cada vía pecuaria, ajustarse a lo establecido en el acto de clasificación.

Considerando que en el presente deslinde se ha seguido el procedimiento legalmente establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Procedimiento Administrativo Común, con sujeción a lo regulado en la Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias y al Decreto 155/1998, de 21 de julio, que aprueba el Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y demás legislación aplicable al caso.

Vistos la propuesta favorable al deslinde, formulada por la Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente en Málaga con fecha 3 de septiembre de 2001, así como el informe del Gabinete Jurídico de la Junta de Andalucía emitido con fecha 27 de diciembre de 2001,

HE RESUELTO

Primero. Aprobar el deslinde de la vía pecuaria denominada «Vereda de los Pescaderos¯, en el tramo comprendido entre la carretera de Jimena a Campillos y el Camino de Gaucín a Algeciras, en el término municipal de Gaucín (Málaga), a tenor de la descripción que sigue, y en función de las coordenadas que se anexan a la presente Resolución.

Descripción: «Finca rústica, en el término municipal de Gaucín, provincia de Málaga, de forma alargada, con una anchura legal de 20,89 metros, la longitud deslindada es de 3.456,06 metros y la superficie total es de 72.0002,94 metros cuadrados, que en adelante se conocerá como "Vereda de los Pescaderos", tramo comprendido entre la carretera de Jimena a Campillos y el camino de Gaucín a Algeciras, que linda al Norte con la carretera de Jimena a Campillos y al Sur con la misma vía pecuaria; al Este con las parcelas de Golf Walk Estates LTD, Heartfields LTD, Pueblo Blanco LTD, Namibia LTD, Corrales States LTD, Rich Valley LTD, Founyain Valley LTD, Antony Church, Lucia LTD, Herederos de Francisco Medina, Bill Hamin, Jok Anderson, Jhon Sataly, Mariano Carrillo y al Oeste con las parcelas de Heartfields LTD, Arpel Estates LTD, Pueblo Blanco LTD, Frangance LTD, Stony Brooke, Corrales Estates LTD, Fountain Valley LTD, Antony Church, Lucia LTD, Bill Hamin, Jock Anderson, John Sataly, Mariano Carrillo¯.

Contra la presente Resolución, que no agota la vía

administrativa, podrá interponerse recurso de alzada, conforme a la Ley 4/1999 de modificación de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de un mes desde la

notificación de la presente, ante la Consejera de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía.

Lo que así acuerdo y firmo en Sevilla, 8 de abril de 2002.- El Secretario General Técnico, Manuel Requena García.

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