Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 57 de 16/05/2002

5. Anuncios5.2 Otros anuncios

Otros. AYUNTAMIENTO DE JAEN

ANUNCIO de bases.

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Bases para la selección mediante Concurso-Oposición de una plaza de Arquitecto, Grupo A, una plaza de Técnico de Administración General, Licenciado en Derecho, Grupo A, cinco plazas de Auxiliar Administrativo, Grupo D, y una plaza de Notificador, Grupo E, vacantes en la Gerencia Municipal de Urbanismo, correspondientes a la oferta de empleo del año 2000; una plaza de Técnico de Administración General, Licenciado en Derecho, Grupo A, y una plaza de Técnico de Gestión Económica, Grupo A, vacantes en la Gerencia Municipal de Urbanismo correspondientes a la oferta de empleo del año 2001.

B A S E S

UNA PLAZA: ARQUITECTO

Primera. Es objeto del presente la regulación de las bases para la provisión de una plaza de Arquitecto, Grupo A, con el sueldo correspondiente a dicho grupo, pagas extraordinarias, complementos específicos y demás retribuciones complementarias que correspondan, de acuerdo con la legislación vigente y que la Gerencia Municipal de Urbanismo tenga establecidas, correspondiente a la Plantilla de Personal Laboral de la misma y a la Oferta de Empleo Público del ejercicio 2000.

La contratación a efectuar es la sujeta a la legislación laboral, siendo el tipo de contrato a efectuar de carácter indefinido, con periodo de prueba, y de aplicación la Ley

53/1984, de 26 de diciembre, sobre Incompatibilidades del Personal al servicio de las Administraciones Públicas.

La lista de aspirantes que superen los ejercicios 1.º y 2.º de la fase de Oposición y cuya contratación no sea propuesta por el Tribunal, se incorporarán a una bolsa de trabajo, que será respetada por orden de puntuación para posibles contrataciones temporales, y que tendrá una vigencia de un año desde la finalización del presente proceso.

Segunda: Requisitos de los aspirantes.

Las condiciones que los aspirantes han de reunir, referidas al momento de la finalización del plazo para la presentación de instancias, son las siguientes:

a) Ser español.

b) Tener cumplidos los 18 años de edad.

c) Estar en posesión o en condiciones de obtenerlo durante el plazo de presentación de solicitudes, del título de Arquitecto. d) No padecer enfermedad o defecto físico que impida el normal ejercicio de la función.

e) No haber sido separado/a, mediante expediente disciplinario, del servicio al Estado, a las Comunidades Autónomas o a las Entidades Locales, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.

Tercera: Presentación de instancias.

A) Contenido:

Las instancias solicitando tomar parte en la convocatoria, se dirigirán al Sr. Gerente de la Gerencia Municipal de Urbanismo y en ellas los aspirantes deberán manifestar que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas en la Base segunda, así como la justificación del ingreso de la tasa por derechos de examen.

Se establece una tasa por derechos de examen que asciende a la cantidad de 18 euros, que deberá ser abonada mediante ingreso o transferencia en la cuenta núm. 2031.0178.17.0100092012, de la Gerencia Municipal de Urbanismo en la Caja General de Ahorros de Granada, Urbana Los Alamos sita en Plaza de San Francisco.

B) Lugar y plazo:

Se presentarán en el Registro de la Gerencia Municipal de Urbanismo, en el plazo de 20 días naturales, contados a partir del siguiente al que aparezca el extracto del anuncio de la convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado¯.

Las instancias también podrán presentarse en cualquiera de las formas previstas en el art. 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, parcialmente modificada por la Ley 4/1999, de 14 de enero.

Si concurrieren aspirantes con alguna discapacidad deberán indicarlo en la solicitud, precisando las adaptaciones de tiempo y medios para la realización de las pruebas, debiendo acompañar certificado de discapacidad expedido por la

Administración competente, donde deberá expresar que la misma no le incapacita para el desempeño del puesto de trabajo de arquitecto (art. 19 del R.D. 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de ingreso del personal al servicio de la Administración General del Estado).

C) Documentación Justificativa:

Las instancias irán acompañadas de los documentos

justificativos de las condiciones señaladas en la Base segunda, así como de la documentación acreditativa de los méritos alegados que consistirán en originales o fotocopias debidamente compulsadas de todos los méritos alegados y evaluables en el Concurso.

Cuarta. Lista de admitidos.

Transcurrido el plazo de presentación de instancias, el Sr. Gerente dictará resolución aprobando la lista de admitidos/as y excluidos/as, pudiendo los aspirantes excluidos/as, en el plazo de diez días previsto en el art. 71.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, subsanar las deficiencias que por su naturaleza sean subsanables, quedando definitivamente excluidos quienes no procedan a dicha

subsanación.

En la citada resolución se determinará el lugar y la fecha de comienzo de las pruebas, así como la identidad de los miembros del Tribunal Calificador a los efectos recusatorios previstos en la legislación vigente.

CINCO PLAZAS: AUXILIAR ADMINISTRATIVO

Primera. Es objeto del presente la regulación de las bases para la provisión de cinco plazas de Auxiliar Administrativo, Grupo D, con el sueldo correspondiente a dicho grupo, pagas

extraordinarias, complementos específicos y demás retribuciones complementarias que correspondan, de acuerdo con la legislación vigente y que la Gerencia Municipal de Urbanismo tenga

establecidas, correspondiente a la Plantilla de Personal Laboral de la misma y a la Oferta de Empleo Público del ejercicio 2000.

La contratación a efectuar es la sujeta a la legislación laboral, siendo el tipo de contrato a efectuar de carácter indefinido, con periodo de prueba, y de aplicación la Ley

53/1984, de 26 de diciembre, sobre Incompatibilidades del Personal al servicio de las Administraciones Públicas.

La lista de aspirantes que superen los ejercicios 1.º y 2.º de la fase de Oposición y cuya contratación no sea propuesta por el Tribunal, se incorporarán a una bolsa de trabajo, que será respetada por orden de puntuación para posibles contrataciones temporales, y que tendrá una vigencia de un año desde la finalización del presente proceso.

Segunda. Requisitos de los aspirantes.

Las condiciones que los aspirantes han de reunir, referidas al momento de la finalización del plazo para la presentación de instancias, son las siguientes:

a) Ser español.

b) Tener cumplidos los 18 años de edad.

c) Estar en posesión o en condiciones de obtenerlo durante el plazo de presentación de solicitudes, del título de Graduado Escolar, Formación Profesional de primer grado o equivalente. d) No padecer enfermedad o defecto físico que impida el normal ejercicio de la función.

e) No haber sido separado/a, mediante expediente disciplinario, del servicio al Estado, a las Comunidades Autónomas o a las Entidades Locales, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.

Tercera. Presentación de instancias.

A) Contenido:

Las instancias solicitando tomar parte en la convocatoria, se dirigirán al Sr. Gerente de la Gerencia Municipal de Urbanismo y en ellas los aspirantes deberán manifestar que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas en la Base segunda, así como la justificación del ingreso de la tasa por derechos de examen.

Se establece una tasa por derechos de examen que asciende a la cantidad de 18 euros, que deberá ser abonada mediante ingreso o transferencia en la cuenta núm. 2031.0178.17.0100092012, de la Gerencia Municipal de Urbanismo en la Caja General de Ahorros de Granada, Urbana Los Alamos sita en Plaza de San Francisco.

B) Lugar y plazo:

Se presentarán en el Registro de la Gerencia Municipal de Urbanismo, en el plazo de 20 días naturales, contados a partir del siguiente al que aparezca el extracto del anuncio de la convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado¯.

Las instancias también podrán presentarse en cualquiera de las formas previstas en el art. 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, parcialmente modificada por la Ley 4/1999, de 14 de enero.

Si concurrieren aspirantes con alguna discapacidad deberán indicarlo en la solicitud, precisando las adaptaciones de tiempo y medios para la realización de las pruebas, debiendo acompañar certificado de discapacidad expedido por la

Administración competente, donde deberá expresar que la misma no le incapacita para el desempeño del puesto de trabajo de auxiliar administrativo (art. 19 del R.D. 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de ingreso del personal al servicio de la Administración General del Estado).

C) Documentación Justificativa:

Las instancias irán acompañadas de los documentos

justificativos de las condiciones señaladas en la Base segunda, así como de la documentación acreditativa de los méritos alegados que consistirán en originales o fotocopias debidamente compulsadas de todos los méritos alegados y evaluables en el Concurso.

Cuarta. Lista de admitidos.

Transcurrido el plazo de presentación de instancias, el Sr. Gerente dictará resolución aprobando la lista de admitidos/as y excluidos/as, pudiendo los aspirantes excluidos/as, en el plazo de diez días previsto en el art. 71.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, subsanar las deficiencias que por su naturaleza sean subsanables, quedando definitivamente excluidos quienes no procedan a dicha

subsanación.

En la citada resolución se determinará el lugar y la fecha de comienzo de las pruebas, así como la identidad de los miembros del Tribunal Calificador a los efectos recusatorios previstos en la legislación vigente.

Quinta. El Tribunal calificador.

El Tribunal calificador del Concurso-Oposición estará

constituido de acuerdo con lo establecido en el R.D. 896/1991 de 7 de junio, y R.D. 364/1995, de 10 de marzo, en la siguiente forma:

Presidente: El del Consejo de la Gerencia Municipal de Urbanismo o miembro del mismo en quien delegue.

Vocales:

- Sr. Gerente de la Gerencia Municipal de Urbanismo.

- El Jefe del Area de Planeamiento y Gestión.

- El Jefe del Area de Arquitectura.

- Un empleado público de la Gerencia Municipal de Urbanismo, de igual o superior categoría a la plaza que se selecciona, a propuesta de los delegados de personal y designado por el Sr. Gerente.

Secretario: El del Consejo de la Gerencia Municipal de Urbanismo, que actuará con voz pero sin voto.

Sexta. Desarrollo de la fase de oposición.

Los ejercicios de la Oposición serán dos, obligatorios y eliminatorios y que se desarrollarán por escrito. La duración máxima del proceso de celebración de los mismos no excederá de noventa días naturales.

Para la realización y puntuación de cada ejercicio el Tribunal podrá asistirse de un Asesor Técnico, que actuará con voz pero sin voto.

Primer ejercicio: Consistirá en la realización de un test de preguntas sobre el temario del Programa Anexo. El número y contenido de las preguntas serán determinados por el Tribunal que asimismo establecerá el tiempo máximo para su realización.

La puntuación mínima para acceder al segundo ejercicio será de

2,5 (dos con cinco) puntos, teniendo la prueba, por tanto carácter eliminatorio.

Esta prueba tendrá un valor máximo de 5 (cinco) puntos.

Segundo ejercicio: Realización de una prueba práctica a determinar por el Tribunal y relacionada con las tareas propias de la plaza de referencia, que se pasará a ofimática, durante un tiempo máximo que establecerá el Tribunal.

Esta prueba tendrá un valor máximo de 5 (cinco) puntos, superándola aquellos aspirantes que alcancen un mínimo de 2,5 (dos con cinco) puntos.

Séptima. Fase de Concurso.

Unicamente se valorarán en la fase de Concurso los méritos de los aspirantes que superen la fase de Oposición.

Una vez concluida la fase de Oposición el Tribunal procederá a la evaluación de los méritos alegados por los candidatos con arreglo al siguiente:

Baremo:

1.º Por asistencia a cursos organizados por centros docentes homologados, entidades públicas y Organismos Oficiales, relativos a la Administración Pública. La puntuación máxima a obtener por este concepto será de 1 punto.

Los cursos se valorarán de la siguiente manera:

Cursos de una duración entre 15 a 40 horas: 0,10 puntos por curso.

Cursos de una duración entre 41 a 70 horas: 0,20 puntos por curso.

Cursos de una duración entre 71 a 100 horas: 0,30 puntos por curso.

Cursos de una duración entre 101 a 120 horas: 0,50 puntos por curso.

Cursos de una duración superior a 120 horas: 1 punto por curso.

No se valorarán los cursos con una duración inferior a 15 horas, o cuando no se justifique su duración.

2.º Por cada mes de servicio prestado en la empresa privada, en puesto de igual o superior categoría a la de las plazas convocadas: 0,05 puntos, con un límite de hasta un punto.

3.º Por cada mes de servicio prestado en las Administraciones Públicas, en puesto de igual o superior categoría al de las plazas convocadas: 0,1 puntos.

4.º Por cada mes de servicio prestado en Empresa Pública, Organismo Autónomo o Administración Pública cuyos fines sean la gestión urbanística, en puesto de igual o superior categoría a la de las plazas convocadas: 0,25 puntos.

La puntuación máxima a obtener por todos los conceptos incluidos en este apartado no podrá ser superior a 10 puntos.

Una vez concluidas las dos fases, y en caso de empate en la puntuación entre dos o más candidatos, el Tribunal podrá convocar a los afectados para la realización de una entrevista curricular en la que se decidirá el candidato idóneo para proponer su contratación, puntuándose la prueba sobre un máximo de 5 (cinco) puntos.

Octava. Relación de aprobados/as, presentación de documentos y designación.

Terminado el proceso, el Tribunal publicará los nombres de los aspirantes que hayan obtenido las calificaciones totales más altas, como resultado de la suma de las puntuaciones obtenidas, que serán las personas propuestas al Consejo de la Gerencia Municipal de Urbanismo para su contratación.

Los aspirantes seleccionados deberán presentar en el Area de Administración y Economía de la Gerencia Municipal de

Urbanismo, en el plazo de 20 días naturales contados a partir de la inserción de la lista de aprobados en el tablón de anuncios, la documentación acreditativa de los requisitos exigidos en la Base Segunda.

Si dentro del plazo indicado, y salvo casos de fuerza mayor, no presentaren la documentación o no reunieren los requisitos exigidos, no podrán ser designados, quedando anuladas todas las actuaciones sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieren podido incurrir por falsedad en la solicitud de participación.

Conforme a lo establecido en el art. 14 del TRET, en el contrato que se formalice se establecerá un periodo de prueba de dos meses de duración, durante el cual será de aplicación el régimen jurídico previsto en el núm. 2 de dicho precepto. Las situaciones de incapacidad temporal, maternidad y adopción o acogimiento que afecten al trabajador durante el periodo de prueba interrumpirán el cómputo del mismo.

Transcurrido el periodo de prueba, el contrato producirá plenos efectos, salvo que con anterioridad a su transcurso se

produjere el desistimiento del trabajador o el de la Gerencia Municipal de Urbanismo previo acuerdo del Consejo y a propuesta del Sr. Gerente.

Conforme a lo establecido en el mencionado art. 14 del TRET quedan exceptuados del periodo de prueba las personas que resultando seleccionadas hubieran desempeñado las mismas funciones con anterioridad en la Gerencia Municipal de

Urbanismo, bajo cualquier modalidad de contratación.

Novena. Incidencias.

El Tribunal queda facultado para resolver las dudas que se presenten y tomar los acuerdos necesarios para el buen

desarrollo de la convocatoria.

Décima. Normativa.

En lo no dispuesto en estas bases se estará a lo dispuesto en la Ley 30/1984, de 2 de agosto; Ley 7/1985, de 2 de abril, parcialmente modificada por Ley 11/1999, de 21 de abril; R.D.

896/1991, de 7 de junio; R.D.L. 781/1986, de 18 de abril; R.D.

364/1995, de 10 de marzo y demás disposiciones aplicables.

Decimoprimera. Régimen de recursos.

Contra la presente convocatoria y contenido de las bases podrá interponerse recurso de alzada ante el Excmo. Ayuntamiento Pleno, conforme a lo establecido en los arts. 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, en redacción dada por la Ley

4/1999.

ANEXO I

Tema 1. La Constitución Española de 1978: Nociones generales. Tema 2. Derechos y Deberes Fundamentales en la Constitución Española.

Tema 3. Las Cortes Generales. Gobierno y Administración. El Poder Judicial. Regulación constitucional.

Tema 4. El Derecho Administrativo y sus fuentes.

Tema 5. El Procedimiento Administrativo y sus fases.

Tema 6. Recursos administrativos. Concepto y clases.

Tema 7. La relación con los ciudadanos. Introducción a la comunicación. Tipos de comunicación: Oral y escrita.

Tema 8. Registro de Entrada y Salida de documentos. Requisitos en la presentación de documentos. Comunicaciones y

notificaciones.

Tema 9. La Comunidad Autónoma Andaluza. Estatuto de Autonomía. Organización, competencias y funcionamiento.

Tema 10. Entidades Locales. Clases, organización,

funcionamiento y régimen jurídico.

Tema 11. Organización y funcionamiento de la Gerencia Municipal de Urbanismo del Excmo. Ayuntamiento de Jaén. Competencia y fines.

Tema 12. El Consejo de la Gerencia Municipal de Urbanismo del Excmo. Ayuntamiento de Jaén. Competencias y funcionamiento. Tema 13. El Gerente de Urbanismo. Atribuciones.

Tema 14. Régimen del personal al servicio de la Gerencia Municipal de Urbanismo.

Tema 15. Presupuesto de la Gerencia Municipal de Urbanismo. Recursos.

Tema 16. Nociones generales de Derecho Urbanístico. Clases de suelo.

Tema 17. Licencias urbanísticas. Su tramitación.

Tema 18. Instrumentos de planeamiento. Conceptos y tramitación. Tema 19. Gestión Urbanística. Concepto y tramitación.

Tema 20. La ejecución del presupuesto de gastos de la Gerencia Municipal de Urbanismo.

UNA PLAZA: NOTIFICADOR, GRUPO E

Primera. Es objeto del presente la regulación de las bases para la provisión de una plaza de Notificador, Grupo E, con el sueldo correspondiente a dicho grupo, pagas extraordinarias, complementos específicos y demás retribuciones complementarias que correspondan, de acuerdo con la legislación vigente y que la Gerencia Municipal de Urbanismo tenga establecidas,

correspondiente a la Plantilla de Personal Laboral de la misma y a la Oferta de Empleo Público del ejercicio 2000.

La contratación a efectuar es la sujeta a la legislación laboral, siendo el tipo de contrato a efectuar de carácter indefinido, con periodo de prueba, y de aplicación la Ley

53/1984, de 26 de diciembre, sobre Incompatibilidades del Personal al servicio de las Administraciones Públicas.

La lista de aspirantes que superen los ejercicios 1.º y 2.º de la fase de Oposición y cuya contratación no sea propuesta por el Tribunal, se incorporarán a una bolsa de trabajo, que será respetada por orden de puntuación para posibles contrataciones temporales, y que tendrá una vigencia de un año desde la finalización del presente proceso.

Segunda. Requisitos de los aspirantes.

Las condiciones que los aspirantes han de reunir, referidas al momento de la finalización del plazo para la presentación de instancias, son las siguientes:

a) Ser español.

b) Tener cumplidos los 18 años de edad.

c) Estar en posesión o en condiciones de obtenerlo durante el plazo de presentación de solicitudes, del Certificado de Escolaridad o equivalente.

d) No padecer enfermedad o defecto físico que impida el normal ejercicio de la función.

e) No haber sido separado/a, mediante expediente disciplinario, del servicio al Estado, a las Comunidades Autónomas o a las Entidades Locales, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.

Tercera. Presentación de instancias.

A) Contenido:

Las instancias solicitando tomar parte en la convocatoria, se dirigirán al Sr. Gerente de la Gerencia Municipal de Urbanismo y en ellas los aspirantes deberán manifestar que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas en la Base segunda, así como la justificación del ingreso de la tasa por derechos de examen.

Se establece una tasa por derechos de examen que asciende a la cantidad de 18 euros, que deberá ser abonada mediante ingreso o transferencia en la cuenta núm. 2031.0178.17.0100092012, de la Gerencia Municipal de Urbanismo en la Caja General de Ahorros de Granada, Urbana Los Alamos sita en Plaza de San Francisco.

B) Lugar y plazo:

Se presentarán en el Registro de la Gerencia Municipal de Urbanismo, en el plazo de 20 días naturales, contados a partir del siguiente al que aparezca el extracto del anuncio de la convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado¯.

Las instancias también podrán presentarse en cualquiera de las formas previstas en el art. 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, parcialmente modificada por la Ley 4/1999, de 14 de enero.

Si concurrieren aspirantes con alguna discapacidad deberán indicarlo en la solicitud, precisando las adaptaciones de tiempo y medios para la realización de las pruebas, debiendo acompañar certificado de discapacidad expedido por la

Administración competente, donde deberá expresar que la misma no le incapacita para el desempeño del puesto de trabajo de Notificador (art. 19 del R.D. 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de ingreso del personal al servicio de la Administración General del Estado).

C) Documentación Justificativa:

Las instancias irán acompañadas de los documentos

justificativos de las condiciones señaladas en la Base segunda, así como de la documentación acreditativa de los méritos alegados que consistirán en originales o fotocopias debidamente compulsadas de todos los méritos alegados y evaluables en el Concurso.

Cuarta. Lista de admitidos.

Transcurrido el plazo de presentación de instancias, el Sr. Gerente dictará resolución aprobando la lista de admitidos/as y excluidos/as, pudiendo los aspirantes excluidos/as, en el plazo de diez días previsto en el art. 71.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, subsanar las deficiencias que por su naturaleza sean subsanables, quedando definitivamente excluidos quienes no procedan a dicha

subsanación.

En la citada resolución se determinará el lugar y la fecha de comienzo de las pruebas, así como la identidad de los miembros del Tribunal Calificador a los efectos recusatorios previstos en la legislación vigente.

Quinta. El Tribunal calificador.

El Tribunal calificador del Concurso-Oposición estará

constituido de acuerdo con lo establecido en el R.D. 896/91 de

7 de junio, y R.D. 364/95, de 10 de marzo, en la siguiente forma:

Presidente: El del Consejo de la Gerencia Municipal de Urbanismo o miembro del mismo en quien delegue.

Vocales:

- Sr. Gerente de la Gerencia Municipal de Urbanismo.

- El Jefe del Area de Planeamiento y Gestión.

- El Jefe del Area de Arquitectura.

- Un empleado público de la Gerencia Municipal de Urbanismo, de igual o superior categoría a la plaza que se selecciona, a propuesta de los delegados de personal y designado por el Sr. Gerente.

Secretario: El del Consejo de la Gerencia Municipal de Urbanismo, que actuará con voz pero sin voto.

Sexta. Desarrollo de la fase de Oposición.

Los ejercicios de la Oposición serán dos, obligatorios y eliminatorios y que se desarrollarán por escrito. La duración máxima del proceso de celebración de los mismos no excederá de noventa días naturales.

Para la realización y puntuación de cada ejercicio el Tribunal podrá asistirse de un Asesor Técnico, que actuará con voz pero sin voto.

Primer Ejercicio: Consistirá en la realización de un test de preguntas de cultura general y sobre las materias del Programa Anexo. El número y contenido de las preguntas serán

determinados por el Tribunal que asimismo establecerá el tiempo máximo para su realización.

La puntuación mínima para acceder al segundo ejercicio será de

2,5 (dos con cinco) puntos, teniendo la prueba, por tanto carácter eliminatorio.

Esta prueba tendrá un valor máximo de 5 (cinco) puntos.

Segundo Ejercicio: Realización de una prueba práctica que consistirá en la localización por los aspirantes de 10 calles, debiéndolas situar en un plano en blanco que se les facilitará al efecto. El Tribunal establecerá el tiempo máximo de

realización de la misma.

Esta prueba tendrá un valor máximo de 5 (cinco) puntos, superándola aquellos aspirantes que alcancen un mínimo de 2,5 (dos con cinco) puntos.

Séptima. Fase de concurso.

Unicamente se valorarán en la fase de Concurso los méritos de los aspirantes que superen la fase de Oposición.

Una vez concluida la fase de Oposición el Tribunal procederá a la evaluación de los méritos alegados por los candidatos con arreglo al siguiente:

Baremo:

1.º Por asistencia a cursos organizados por centros docentes homologados, entidades públicas y Organismos Oficiales, relativos a la Administración Pública.

Los cursos se valorarán de la siguiente manera:

Cursos de una duración entre 15 a 40 horas: 0,10 puntos por curso.

Cursos de una duración entre 41 a 70 horas: 0,20 puntos por curso.

Cursos de una duración entre 71 a 100 horas: 0,30 puntos por curso.

Cursos de una duración entre 101 a 120 horas: 0,50 puntos por curso.

Cursos de una duración superior a 120 horas: 1 punto por curso.

No se valorarán los cursos con una duración inferior a 15 horas, o cuando no se justifique su duración.

La puntuación máxima a obtener por este apartado es de 1 punto.

2.º Por cada mes de servicio prestado en las Administraciones Públicas, en puesto de igual o superior categoría a la de las plazas convocadas: 0,1 puntos.

3.º Por cada mes de servicio prestado en Empresa Pública, Organismo Autónomo o Administración Pública cuyos fines sean la gestión urbanística, en puesto de igual o superior categoría a la de las plazas convocadas: 0,25 puntos.

La puntuación máxima a obtener por todos los conceptos

incluidos en este apartado no podrá ser superior a 10 puntos.

Una vez concluidas las dos fases, y en caso de empate en la puntuación entre dos o más candidatos, el Tribunal podrá convocar a los afectados para la realización de una entrevista curricular en la que se decidirá el candidato idóneo para proponer su contratación, puntuándose la prueba sobre un máximo de 5 (cinco) puntos.

Octava. Relación de aprobados/as, presentación de documentos y designación.

Terminado el proceso, el Tribunal publicará el nombre del aspirante que haya obtenido la calificación total más alta, como resultado de la suma de las puntuaciones obtenidas, que será la persona propuesta al Consejo de la Gerencia Municipal de Urbanismo para su contratación.

El aspirante seleccionado deberá presentar en el Area de Administración y Economía de la Gerencia Municipal de

Urbanismo, en el plazo de 20 días naturales contados a partir de la inserción de la lista de aprobados en el tablón de anuncios, la documentación acreditativa de los requisitos exigidos en la Base Segunda.

Si dentro del plazo indicado, y salvo casos de fuerza mayor, no presentare la documentación o no reuniere los requisitos exigidos, no podrá ser designado, quedando anuladas todas las actuaciones sin perjuicio de la responsabilidad en que hubiere podido incurrir por falsedad en la solicitud de participación.

Conforme a lo establecido en el art. 14 del TRET, en el contrato que se formalice se establecerá un periodo de prueba de tres meses de duración, durante el cual será de aplicación el régimen jurídico previsto en el núm. 2 de dicho precepto. Las situaciones de incapacidad temporal, maternidad y adopción o acogimiento que afecten al trabajador durante el periodo de prueba interrumpirán el cómputo del mismo.

Transcurrido el periodo de prueba, el contrato producirá plenos efectos, salvo que con anterioridad a su transcurso se

produjere el desistimiento del trabajador o el de la Gerencia Municipal de Urbanismo previo acuerdo del Consejo y a propuesta del Sr. Gerente.

Conforme a lo establecido en el mencionado art. 14 del TRET queda exceptuada del periodo de prueba la persona que

resultando seleccionada hubiera desempeñado las mismas

funciones con anterioridad en la Gerencia Municipal de

Urbanismo, bajo cualquier modalidad de contratación.

Novena. Incidencias.

El Tribunal queda facultado para resolver las dudas que se presenten y tomar los acuerdos necesarios para el buen

desarrollo de la convocatoria.

Décima. Normativa.

En lo no dispuesto en estas bases se estará a lo dispuesto en la Ley 30/1984, de 2 de agosto; Ley 7/1985, de 2 de abril, parcialmente modificada por Ley 11/1999, de 21 de abril; R.D.

896/1991, de 7 de junio; R.D.L. 781/1986, de 18 de abril; R.D.

364/1995, de 10 de marzo y demás disposiciones aplicables.

Decimoprimera. Régimen de recursos.

Contra la presente convocatoria y contenido de las bases podrá interponerse recurso de alzada ante el Excmo. Ayuntamiento Pleno, conforme a lo establecido en los arts. 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, en redacción dada por la Ley

4/99.

ANEXO I

Tema 1. La Constitución Española de 1978: Nociones generales. Los derechos y deberes fundamentales.

Tema 2. Nociones generales sobre la Corona y los Poderes del Estado.

Tema 3. La Administración Pública en el ordenamiento jurídico español. Tipología de los entes públicos: Las Administraciones del Estado, Autonómica, Local e Institucional.

Tema 4. Organización de la Gerencia Municipal de Urbanismo. Tema 5. Naturaleza y fines de la Gerencia de Urbanismo. Tema 6. Competencias de la Gerencia de Urbanismo.

Tema 7. El Consejo de Gerencia. El Gerente, atribuciones. Tema 8. Funcionamiento y régimen jurídico de la Gerencia de Urbanismo.

Tema 9. Haciendas Locales. Recursos de la Gerencia Municipal de Urbanismo.

Tema 10. La relación con los ciudadanos. Introducción a la comunicación. Tipos de comunicación: Oral y escrita.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Jaén, 2 de abril de 2002.- El Gerente de Urbanismo. Quinta. El Tribunal calificador.

El Tribunal calificador del Concurso-Oposición estará

constituido de acuerdo con lo establecido en el R.D. 896/1991 de 7 de junio, y R.D. 364/1995, de 10 de marzo, en la siguiente forma:

Presidente: El del Consejo de la Gerencia Municipal de Urbanismo o miembro del mismo en quien delegue.

Vocales:

- Sr. Gerente de la Gerencia Municipal de Urbanismo.

- El Jefe del Area de Planeamiento y Gestión.

- El Jefe del Area de Arquitectura.

- Un empleado público de la Gerencia Municipal de Urbanismo, de igual o superior categoría a la plaza que se selecciona, a propuesta de los delegados de personal y designado por el Sr. Gerente.

Secretario: El del Consejo de la Gerencia Municipal de Urbanismo, que actuará con voz pero sin voto.

Sexta. Desarrollo de la fase de Oposición.

Los ejercicios de la Oposición serán dos, obligatorios y eliminatorios y que se desarrollarán por escrito. La duración máxima del proceso de celebración de los mismos no excederá de noventa días naturales.

Para la realización y puntuación de cada ejercicio el Tribunal podrá asistirse de un Asesor Técnico, que actuará con voz pero sin voto.

Primer ejercicio: Consistirá en la realización de un test de preguntas sobre el temario del Programa Anexo. El número y contenido de las preguntas serán determinados por el Tribunal que asimismo establecerá el tiempo máximo para su realización.

La puntuación mínima para acceder al segundo ejercicio será de

2,5 (dos con cinco) puntos, teniendo la prueba, por tanto carácter eliminatorio.

Esta prueba tendrá un valor máximo de 5 (cinco) puntos.

Segundo ejercicio: Realización de una prueba práctica a determinar por el Tribunal y relacionada con las tareas propias de la plaza de referencia, que consistirá en la elaboración de un informe técnico. Esta prueba tendrá un valor máximo de 5 (cinco) puntos, superándola aquellos aspirantes que alcancen un mínimo de 2,5 (dos con cinco) puntos. El Tribunal establecerá el tiempo máximo de duración de la misma.

Séptima. Fase de Concurso.

Unicamente se valorarán en la fase de Concurso los méritos de los aspirantes que superen la fase de Oposición.

Una vez concluida la fase de Oposición el Tribunal procederá a la evaluación de los méritos alegados por los candidatos con arreglo al siguiente:

Baremo:

1.º Por publicaciones, estudios y ponencias relacionadas con el Urbanismo y Ordenación del Territorio.

La puntuación será acordada por el Tribunal, teniendo en cuenta el número de publicaciones, calidad, especialidad y cualquier otra cuestión que pueda ser de interés según el criterio del Tribunal. La puntuación máxima por este concepto no podrá ser superior a un punto.

2.º Por grado de doctor, asistencia a cursos y masters

organizados por organismos oficiales y centros docentes, relacionados con el Urbanismo y Ordenación del Territorio. La puntuación máxima a obtener por este concepto será de 1 punto. Los cursos se valorarán de la siguiente manera:

Cursos de una duración entre 15 a 40 horas: 0,10 puntos por curso.

Cursos de una duración entre 41 a 70 horas: 0,20 puntos por curso.

Cursos de una duración entre 71 a 100 horas: 0,30 puntos por curso.

Cursos de una duración entre 101 a 120 horas: 0,50 puntos por curso.

Cursos de una duración superior a 120 horas: 1 punto por curso.

No se valorarán los cursos con una duración inferior a 15 horas, o cuando no se justifique su duración.

3.º Por cada mes de servicio prestado en el sector privado, por cuenta ajena y con relación laboral, en puestos de trabajo de igual categoría a la de la plaza convocada: 0,05 puntos. La puntuación máxima a obtener por este concepto será de un punto.

En este apartado no serán computables los períodos coincidentes con el trabajo en las Administraciones Públicas, salvo la docente.

4.º Por cada mes de servicio prestado en las Administraciones Públicas, en puestos de trabajo de igual categoría a la de la plaza convocada: 0,1 puntos.

5.º Por cada mes de servicio prestado en Empresa Pública, Organismo Autónomo o Administración Pública cuyos fines sean la gestión urbanística, en puesto de trabajo de igual categoría a la de la plaza convocada: 0,35 puntos.

La puntuación máxima a obtener, por todos los conceptos incluidos en este apartado no podrá ser superior a 10 puntos.

Una vez concluidas las dos fases, y en caso de empate en la puntuación entre dos o más candidatos, el Tribunal podrá convocar a los afectados para la realización de una entrevista curricular en la que se decidirá el candidato idóneo para proponer su contratación, puntuándose la prueba sobre un máximo de 5 (cinco) puntos.

Octava. Relación de aprobados/as, presentación de documentos y designación.

Terminado el proceso, el Tribunal publicará el nombre del aspirante que haya obtenido la calificación total más alta, como resultado de la suma de las puntuaciones obtenidas, que será la persona propuesta al Consejo de la Gerencia Municipal de Urbanismo para su contratación.

El aspirante seleccionado deberá presentar en el Area de Administración y Economía de la Gerencia Municipal de

Urbanismo, en el plazo de 20 días naturales contados a partir de la inserción de la lista de aprobados en el tablón de anuncios, la documentación acreditativa de los requisitos exigidos en la Base Segunda.

Si dentro del plazo indicado, y salvo casos de fuerza mayor, no presentare la documentación o no reuniere los requisitos exigidos, no podrá ser designado, quedando anuladas todas las actuaciones sin perjuicio de la responsabilidad en que hubiere podido incurrir por falsedad en la solicitud de participación.

Conforme a lo establecido en el art. 14 del TRET, en el contrato que se formalice se establecerá un periodo de prueba de tres meses de duración, durante el cual será de aplicación el régimen jurídico previsto en el núm. 2 de dicho precepto. Las situaciones de incapacidad temporal, maternidad y adopción o acogimiento que afecten al trabajador durante el periodo de prueba interrumpirán el cómputo del mismo.

Transcurrido el periodo de prueba, el contrato producirá plenos efectos, salvo que con anterioridad a su transcurso se

produjere el desistimiento del trabajador o el de la Gerencia Municipal de Urbanismo previo acuerdo del Consejo y a propuesta del Sr. Gerente.

Conforme a lo establecido en el mencionado art. 14 del TRET queda exceptuada del periodo de prueba la persona que

resultando seleccionada hubiera desempeñado las mismas

funciones con anterioridad en la Gerencia Municipal de

Urbanismo, bajo cualquier modalidad de contratación.

Novena. Incidencias.

El Tribunal queda facultado para resolver las dudas que se presenten y tomar los acuerdos necesarios para el buen

desarrollo de la convocatoria.

Décima. Normativa.

En lo no dispuesto en estas bases se estará a lo dispuesto en la Ley 30/1984, de 2 de agosto; Ley 7/1985, de 2 de abril, parcialmente modificada por Ley 11/1999, de 21 de abril; R.D.

896/1991, de 7 de junio; R.D.L. 781/1986, de 18 de abril; R.D.

364/1995, de 10 de marzo y demás disposiciones aplicables.

Decimoprimera. Régimen de recursos.

Contra la presente convocatoria y contenido de las bases podrá interponerse recurso de alzada ante el Excmo. Ayuntamiento Pleno, conforme a lo establecido en los arts. 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, en redacción dada por la Ley

4/99.

ANEXO I

Tema 1. Urbanismo y derecho. Derecho urbanístico.

Tema 2. Historia del derecho urbanístico español. Introducción. Legislación urbanística. Legislación urbanística del siglo XX. Tema 3. La Legislación urbanística vigente en el ámbito de la Comunidad Autónoma Andaluza. El texto refundido de la Ley del Suelo 1992. Sentencia 61/1997, de 20 de marzo del Tribunal Constitucional. La Ley 1/1997 de la Comunidad Autónoma

Andaluza. La Ley del Suelo de 1998.

Tema 4. Plan urbanístico en general. Significado del Plan urbanístico. Tipología de los Planes. Jerarquía de los Planes Urbanísticos.

Tema 5. Planes de ordenación territorial. Planes de desarrollo. Planeamiento urbanístico y planificación sectorial. Plan Nacional de Ordenación. Planes Directores Territoriales de Coordinación.

Tema 6. Planes Urbanísticos Municipales. Contenido. Planes Generales Municipales de Ordenación. Planes Parciales de ordenación. Proyecto de Urbanización. Programas de actuación urbanística.

Tema 7. Ordenación urbana de los Municipios sin Plan.

Municipios sin Plan de Ordenación: Clasificación del suelo y régimen urbanístico. Normas complementarias y subsidiarias de Planeamiento.

Tema 8. Planes especiales: Objeto, contenido y clases. Planes especiales urbanísticos. Especial referencia a los Planes de reforma interior.

Tema 9. Formación de los Planes Municipales. Actos

preparatorios. Competencias para su formación. Plazos.

Estándares urbanísticos.

Tema 10. Aprobación de los Planes Municipales. Competencia para la aprobación definitiva. Procedimiento para la aprobación. Publicación de la aprobación.

Tema 11. Vigencia, modificación y revisión de los Planes. Vigencia de los Planes. Revisión de los Planes. Modificación de los Planes: Garantías de fondo y procedimiento. Suspensión de las vigencias de los Planes. Revisión del Programa de

actuación.

Tema 12. Iniciativa y colaboración particular. Planes de iniciativa particular. Urbanizaciones particulares:

Conservación de la obra urbanizadora.

Tema 13. Efectos de la aprobación de los planes. El problema del valor normativo del Plan. Publicidad del Plan. Ejecutividad y acción de oficio. Carácter vinculante. Prohibición de dispensas. Otros efectos.

Tema 14. Clasificación del suelo. Finalidad y contenido del régimen urbanístico del suelo. La propiedad y su función urbanística. Clasificación del suelo: Limitaciones y deberes por razón de la clasificación.

Tema 15. Parcelaciones y reparcelaciones. Parcelación

urbanística: Concepto y régimen jurídico. Legislación

urbanística y legislación hipotecaria. Reparcelación.

Tema 16. Expropiaciones urbanísticas y valoraciones.

Tema 17. Ejecución de los Planes. Requisitos previos a la actuación. Ambito de actuación: Delimitación de polígonos y unidades. Sistema de actuación. Principios generales de la ejecución de los Planes.

Tema 18. Sistemas de compensación, cooperación y expropiación. Tema 19. Policía de la edificación. El derecho a edificar. Intervención en la edificación y uso del suelo. Sometimiento a previa licencia. Licencia de edificación. Ordenes de ejecución. Declaración de ruina.

Tema 20. Disciplina urbanística. Introducción. Suspensión y demolición de obras. Suspensión de los efectos de las

licencias. Revisión de licencias. Nulidad de pleno derecho. Inspección urbanística. Infracciones urbanísticas. Sanciones. Especial consideración de las multas. Resarcimiento de daño e indemnización de perjuicios.

Tema 21. Régimen jurídico. Peticiones, actos y acuerdos. Acciones y recursos.

Tema 22. Legislación sectorial relacionada con el Urbanismo. Su incidencia en la ordenación del territorio. Centros y zonas de interés turístico. Actividades molestas, insalubres, nocivas y peligrosas. Patrimonio histórico artístico y legislación urbanística.

Tema 23. La ordenación del suelo urbano.

Tema 24. Ordenación de edificación. Sistema de alineación de calles.

Tema 25. Ordenanzas de edificación. Sistema de edificación aislada en parcela.

Tema 26. Ordenanzas de edificación. Sistema de definición volumétrica.

Tema 27. La información en el planeamiento.

Tema 28. Diseño de las propuestas de ordenación.

Tema 29. Evaluación de las propuestas de ordenación.

Tema 30. El Plan General de Ordenación Urbana de Jaén. Normativa y ordenación.

Tema 31. Desarrollo del Plan General de Ordenación Urbana de Jaén. Planes Parciales.

Tema 32. Desarrollo del Plan General de Ordenación Urbana de Jaén. Planes Especiales.

Tema 33. El territorio municipal. Asentamientos en el término. Dinámica socioeconómica. Red viaria y transporte.

Infraestructuras territoriales.

Tema 34. La estructura urbana de la ciudad de Jaén.

Tema 35. El sistema de espacios libres de la ciudad.

Tema 36. El desarrollo del PGOU. Los sistemas generales y locales. Actuaciones no previstas en el Programa, ejecutadas y en ejecución.

Tema 37. Protección del patrimonio arqueológico.

Tema 38. Objetivos y criterios generales del Plan Especial de Protección y Reforma Interior del Conjunto Histórico.

Tema 39. Condiciones generales de la edificación, volumen, de calidad e higiene en los edificios de las normas urbanísticas del PGOU de la ciudad de Jaén.

Tema 40. Condiciones de dotaciones y servicios de los edificios de las normas urbanísticas del PGOU de la ciudad de Jaén. Tema 41. Condiciones de seguridad y servicios de los edificios y locales de las normas urbanísticas del PGOU de la ciudad de Jaén.

Tema 42. Condiciones generales de los usos de las normas urbanísticas del PGOU de Jaén.

Tema 43. Condiciones generales de las viviendas de las normas urbanísticas del PGOU de Jaén.

Tema 44. Condiciones de usos no residenciales de las normas urbanísticas del PGOU de Jaén.

Tema 45. La Gerencia Municipal de Urbanismo del Excmo. Ayuntamiento de Jaén.

Tema 46. El Excmo. Ayuntamiento de Jaén. Organización, funcionamiento y competencias.

DOS PLAZAS: TECNICO DE ADMINISTRACION GENERAL, LICENCIADO EN DERECHO

Primera. Es objeto del presente la regulación de las bases para la provisión de dos plazas de Técnico Superior, Grupo A, denominación del puesto, Licenciado en Derecho, con el sueldo correspondiente a dicho grupo, pagas extraordinarias,

complementos específicos y demás retribuciones complementarias que correspondan, de acuerdo con la legislación vigente y que la Gerencia Municipal de Urbanismo tenga establecidas,

correspondientes a la Plantilla de Personal Laboral de la misma y a la Oferta de Empleo Público del ejercicio 2000 una y a la Oferta de Empleo Público del ejercicio 2001 la segunda.

La contratación a efectuar es la sujeta a la legislación laboral, siendo el tipo de contrato a efectuar de carácter indefinido, con periodo de prueba, y de aplicación la Ley

53/1984, de 26 de diciembre, sobre Incompatibilidades del Personal al servicio de las Administraciones Públicas.

La lista de aspirantes que superen los ejercicios 1.º y 2.º de la fase de Oposición y cuya contratación no sea propuesta por el Tribunal, se incorporarán a una bolsa de trabajo, que será respetada por orden de puntuación para posibles contrataciones temporales, y que tendrá una vigencia de un año desde la finalización del presente proceso.

Segunda. Requisitos de los aspirantes.

Las condiciones que los aspirantes han de reunir, referidas al momento de la finalización del plazo para la presentación de instancias, son las siguientes:

a) Ser español.

b) Tener cumplidos los 18 años de edad.

c) Estar en posesión o en condiciones de obtenerlo durante el plazo de presentación de solicitudes, del título de Licenciado en Derecho.

d) No padecer enfermedad o defecto físico que impida el normal ejercicio de la función.

e) No haber sido separado/a, mediante expediente disciplinario, del servicio al Estado, a las Comunidades Autónomas o a las Entidades Locales, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.

Tercera. Presentación de instancias.

A) Contenido:

Las instancias solicitando tomar parte en la convocatoria, se dirigirán al Sr. Gerente de la Gerencia Municipal de Urbanismo y en ellas los aspirantes deberán manifestar que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas en la Base segunda, así como la justificación del ingreso de la tasa por derechos de examen.

Se establece una tasa por derechos de examen que asciende a la cantidad de 18 euros, que deberá ser abonada mediante ingreso o transferencia en la cuenta núm. 2031.0178.17.0100092012, de la Gerencia Municipal de Urbanismo en la Caja General de Ahorros de Granada, Urbana Los Alamos sita en Plaza de San Francisco.

B) Lugar y plazo:

Se presentarán en el Registro de la Gerencia Municipal de Urbanismo, en el plazo de 20 días naturales, contados a partir del siguiente al que aparezca el extracto del anuncio de la convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado¯.

Las instancias también podrán presentarse en cualquiera de las formas previstas en el art. 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, parcialmente modificada por la Ley 4/1999, de 14 de enero.

Si concurrieren aspirantes con alguna discapacidad deberán indicarlo en la solicitud, precisando las adaptaciones de tiempo y medios para la realización de las pruebas, debiendo acompañar certificado de discapacidad expedido por la

Administración competente, donde deberá expresar que la misma no le incapacita para el desempeño del puesto de trabajo de técnico superior (art. 19 del R.D. 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de ingreso del personal al servicio de la Administración General del Estado).

C) Documentación Justificativa:

Las instancias irán acompañadas de los documentos

justificativos de las condiciones señaladas en la Base segunda, así como de la documentación acreditativa de los méritos alegados que consistirán en originales o fotocopias debidamente compulsadas de todos los méritos alegados y evaluables en el Concurso.

Cuarta. Lista de admitidos.

Transcurrido el plazo de presentación de instancias, el Sr. Gerente dictará resolución aprobando la lista de admitidos/as y excluidos/as, pudiendo los aspirantes excluidos/as, en el plazo de diez días previsto en el art. 71.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, subsanar las deficiencias que por su naturaleza sean subsanables, quedando definitivamente excluidos quienes no procedan a dicha

subsanación.

En la citada resolución se determinará el lugar y la fecha de comienzo de las pruebas, así como la identidad de los miembros del Tribunal Calificador a los efectos recusatorios previstos en la legislación vigente.

Quinta. El Tribunal calificador.

El Tribunal calificador del Concurso-Oposición estará

constituido de acuerdo con lo establecido en el R.D. 896/1991 de 7 de junio, y R.D. 364/1995, de 10 de marzo, en la siguiente forma:

Presidente: El del Consejo de la Gerencia Municipal de Urbanismo o miembro del mismo en quien delegue.

Vocales:

- Sr. Gerente de la Gerencia Municipal de Urbanismo.

- El Jefe del Area de Planeamiento y Gestión.

- El Jefe del Area de Arquitectura.

- Un empleado público de la Gerencia Municipal de Urbanismo, de igual o superior categoría a la plaza que se selecciona, a propuesta de los delegados de personal y designado por el Sr. Gerente.

Secretario: El del Consejo de la Gerencia Municipal de Urbanismo, que actuará con voz pero sin voto.

Sexta. Desarrollo de la fase de Oposición.

Los ejercicios de la Oposición serán dos, obligatorios y eliminatorios y que se desarrollarán por escrito. La duración máxima del proceso de celebración de los mismos no excederá de noventa días naturales.

Para la realización y puntuación de cada ejercicio el Tribunal podrá asistirse de un Asesor Técnico, que actuará con voz pero sin voto.

Primer ejercicio: Consistirá en la realización de un test de preguntas sobre las materias comunes del Programa Anexo. El número y contenido de las preguntas serán determinados por el Tribunal que asimismo establecerá el tiempo máximo para su realización.

La puntuación mínima para acceder al segundo ejercicio será de

2,5 (dos con cinco) puntos, teniendo la prueba, por tanto carácter eliminatorio.

Esta prueba tendrá un valor máximo de 5 (cinco) puntos.

Segundo ejercicio: Realización de una prueba práctica a determinar por el Tribunal y relacionada con las tareas propias de la plaza de referencia, que consistirá en la elaboración de un informe con propuesta de resolución. El Tribunal establecerá el tiempo máximo de duración de esta prueba.

Esta prueba tendrá un valor máximo de 5 (cinco) puntos, superándola aquellos aspirantes que alcancen un mínimo de 2,5 (dos con cinco) puntos.

Séptima. Fase de Concurso.

Unicamente se valorarán en la fase de Concurso los méritos de los aspirantes que superen la fase de Oposición.

Una vez concluida la fase de Oposición el Tribunal procederá a la evaluación de los méritos alegados por los candidatos con arreglo al siguiente:

Baremo:

1.º Por grado de doctor, por publicaciones, participación en ponencias relacionadas con temas jurídico administrativos, y en especial, relativos a Urbanismo.

La puntuación será acordada por el Tribunal, teniendo en cuenta el número de publicaciones y ponencias, calidad, especialidad en Derecho Urbanístico, y cualquier otra cuestión que pueda ser de interés según el criterio del Tribunal. La puntuación máxima a obtener por este concepto será de 1 punto.

2.º Por asistencia a cursos organizados por organismos

oficiales, centros docentes homologados, relacionados con Derecho Urbanístico. La puntuación máxima a obtener por este concepto será de 1 punto.

Los cursos se valorarán de la siguiente manera:

Cursos de una duración entre 15 a 40 horas: 0,10 puntos por curso.

Cursos de una duración entre 41 a 70 horas: 0,20 puntos por curso.

Cursos de una duración entre 71 a 100 horas: 0,30 puntos por curso.

Cursos de una duración entre 101 a 120 horas: 0,50 puntos por curso.

Cursos de una duración superior a 120 horas: 1 punto por curso.

No se valorarán los cursos con una duración inferior a 15 horas, o cuando no se justifique su duración.

3.º Por cada mes de servicio prestado en el sector privado o en el ejercicio de la profesión (como abogado en ejercicio) en puestos de trabajo de igual categoría a la de la plaza

convocada: 0,05 puntos. En este apartado no serán computables los períodos coincidentes con el trabajo en las

Administraciones Públicas, salvo la docente. La puntuación máxima a obtener por este apartado no podrá ser superior a un punto.

4.º Por cada mes de servicio prestado en las Administraciones Públicas, en puestos de trabajo de igual categoría a la de la plaza convocada: 0,1 puntos.

5.º Por cada mes de servicio prestado en Empresa Pública, Organismo Autónomo o en Administración Pública cuyos fines sean la gestión urbanística, en puesto de trabajo de igual categoría a la de la plaza convocada: 0,35 puntos.

La puntuación máxima a obtener, por todos los conceptos incluidos en este apartado no podrá ser superior a 10 puntos.

Una vez concluidas las dos fases, y en caso de empate en la puntuación entre dos o más candidatos, el Tribunal podrá convocar a los afectados para la realización de una entrevista curricular en la que se decidirá el candidato idóneo para proponer su contratación, puntuándose la prueba sobre un máximo de 5 (cinco) puntos.

Octava. Relación de aprobados/as, presentación de documentos y designación.

Terminado el proceso, el Tribunal publicará los nombres de los aspirantes que hayan obtenido las calificaciones totales más altas, como resultado de la suma de las puntuaciones obtenidas, que serán las personas propuestas al Consejo de la Gerencia Municipal de Urbanismo para su contratación.

Los aspirantes seleccionados deberán presentar en el Area de Administración y Economía de la Gerencia Municipal de

Urbanismo, en el plazo de 20 días naturales contados a partir de la inserción de la lista de aprobados en el tablón de anuncios, la documentación acreditativa de los requisitos exigidos en la Base Segunda.

Si dentro del plazo indicado, y salvo casos de fuerza mayor, no presentaren la documentación o no reunieren los requisitos exigidos, no podrán ser designados, quedando anuladas todas las actuaciones sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieren podido incurrir por falsedad en la solicitud de participación.

Conforme a lo establecido en el art. 14 del TRET, en el contrato que se formalice se establecerá un periodo de prueba de tres meses de duración, durante el cual será de aplicación el régimen jurídico previsto en el núm. 2 de dicho precepto. Las situaciones de incapacidad temporal, maternidad y adopción o acogimiento que afecten al trabajador durante el periodo de prueba interrumpirán el cómputo del mismo.

Transcurrido el periodo de prueba, el contrato producirá plenos efectos, salvo que con anterioridad a su transcurso se

produjere el desistimiento del trabajador o el de la Gerencia Municipal de Urbanismo previo acuerdo del Consejo y a propuesta del Sr. Gerente.

Conforme a lo establecido en el mencionado art. 14 del TRET queda exceptuada del periodo de prueba la persona que

resultando seleccionada hubiera desempeñado las mismas

funciones con anterioridad en la Gerencia Municipal de

Urbanismo, bajo cualquier modalidad de contratación.

Novena. Incidencias.

El Tribunal queda facultado para resolver las dudas que se presenten y tomar los acuerdos necesarios para el buen

desarrollo de la convocatoria.

Décima. Normativa.

En lo no dispuesto en estas bases se estará a lo dispuesto en la Ley 30/1984, de 2 de agosto; Ley 7/1985, de 2 de abril, parcialmente modificada por Ley 11/1999, de 21 de abril; R.D.

896/1991, de 7 de junio; R.D.L. 781/1986, de 18 de abril; R.D.

364/1995, de 10 de marzo y demás disposiciones aplicables.

Decimoprimera. Régimen de recursos.

Contra la presente convocatoria y contenido de las bases podrá interponerse recurso de alzada ante el Excmo. Ayuntamiento Pleno, conforme a lo establecido en los arts. 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, en redacción dada por la Ley

4/99.

ANEXO I

Tema 1. El Derecho Administrativo: Concepto y contenido. Tipos históricos de sometimiento de la Administración al Derecho. Sistemas contemporáneos. Normas y realidad social. La

aplicación del Derecho.

Tema 2. La Administración Pública: Concepto. Las

Administraciones y las funciones y poderes del Estado. Gobierno y Administración. Control legislativo, jurisdiccional y político de la Administración. La Administración y la norma jurídica: El principio de legalidad.

Tema 3. Fuentes del Derecho Administrativo: Concepto y clases. Jerarquía normativa. Autonomía y sistema de fuentes. El valor de la Costumbre y los Principios Generales del Derecho. Tema 4. La Ley: Concepto y clases. Disposiciones del Ejecutivo con fuerza de Ley.

Tema 5. El Reglamento. Clases. Fundamento y límites de la potestad reglamentaria. Reglamentos ilegales. Los Reglamentos de los órganos constitucionales.

Tema 6. La relación jurídico-administrativa. Concepto. Sujetos. El administrado. Los derechos públicos subjetivos. Los

intereses legítimos. La acción popular. Los actos jurídicos de los administrados.

Tema 7. El acto administrativo. Concepto, clases y elementos. Motivación y notificación. Eficacia y validez de los actos administrativos.

Tema 8. El procedimiento administrativo. Principios

informadores. Las fases del procedimiento: Iniciación.

Ordenación, Instrucción y Terminación. Procedimientos de ejecución.

Tema 9. Procedimientos especiales. Procedimiento para la elaboración de disposiciones de carácter general. Las

reclamaciones previas al ejercicio de acciones en vía judicial. Tema 10. Los recursos administrativos. Concepto y clases. Según la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Tema 11. La jurisdicción contencioso-administrativa: Concepto y naturaleza. Extensión y límites. El recurso contencioso: Las partes, procedimiento, recursos contra sentencias y ejecución de sentencias.

Tema 12. Los contratos administrativos. Naturaleza, caracteres y clases. Elementos. Formas de contratación. Resolución, rescisión y denuncia.

Tema 13. La expropiación forzosa. Potestad expropiatoria. Naturaleza, justificación. Sujetos, objeto y causa. El

procedimiento expropiatorio. Expropiaciones especiales. Garantías jurisdiccionales.

Tema 14. La responsabilidad patrimonial de la Administración. Evolución histórica. Régimen jurídico actual.

Tema 15. La Legislación urbanística vigente en el ámbito de la Comunidad Autónoma Andaluza. El texto refundido de la Ley del Suelo 1992. Sentencia 61/1997, de 20 de marzo del Tribunal Constitucional. La Ley 1/1997 de la Comunidad Autónoma

Andaluza. La Ley del Suelo de 1998.

Tema 16. La Organización administrativa del urbanismo. Competencias estatales y de las Comunidades Autónomas.

Competencias locales.

Tema 17. Significado del Plan Urbanístico. Tipología de los Planes. La jerarquización de los Planes de urbanismo.

Municipios sin plan de ordenación.

Tema 18. El Planeamiento municipal. Los planes generales. Planes parciales. Proyectos de Urbanización. Programas de Actuación Urbanística. Normas complementarias y subsidiarias del planeamiento. Planes especiales.

Tema 19. La formación de los planes territoriales de urbanismo de carácter municipal: Competencia y plazos; estándares urbanísticos. Procedimiento de aprobación. La suspensión de licencias. Los planes de iniciativa particular.

Tema 20. Vigencia de los planes. Modificación, revisión y suspensión. Efecto de aprobación de los planes.

Tema 21. La clasificación del suelo. Limitaciones y deberes por razón de la clasificación: Cesiones obligatorias, costeamiento de la obra urbanizadora. El patrimonio municipal del suelo: Concepto, naturaleza jurídica y régimen aplicable.

Tema 22. La ejecución de los planes de ordenación: Competencia y principios generales. Actuación por polígonos. Sistemas de actuación: Determinación del aplicable. Los principios de afectación de plusvalías y de justa distribución de beneficios y cargas.

Tema 23. Parcelaciones y reparcelaciones. Las expropiaciones urbanísticas: Clases y criterios de valoración.

Tema 24. Edificación y uso del suelo. Edificación forzosa y registro de solares. Ordenes de ejecución. La declaración de ruina.

Tema 25. La licencia urbanística. Naturaleza y régimen jurídico.

Tema 26. Infracciones urbanísticas. Responsabilidad de la Administración. Acciones y recursos.

Tema 27. El Proyecto de Ley de suelo de la Comunidad Autónoma Andaluza.

Tema 28. El personal laboral al servicio de las

Administraciones públicas. Los Convenios Colectivos.

Tema 29. El contrato de trabajo. Modalidades. Sistemas de contratación en la Administración Pública y ámbitos jurídicos. Tema 30. La suspensión del contrato de trabajo. La extinción. Sus causas. El despido.

Tema 31. El derecho de representación colectiva. La adopción de medidas de conflicto colectivo.

Tema 32. Régimen Local español. Principios constitucionales y regulación jurídica.

Tema 33. La provincia en el Régimen Local. Historia. La regulación constitucional de la provincia en España.

Tema 34. Organización y competencias de la provincia.

Tema 35. El municipio. Historia. Clases de entes municipales en el Derecho español.

Tema 36. El término municipal. La población municipal. Consideración especial del vecino. El empadronamiento

municipal.

Tema 37. Organización y competencias municipales.

Tema 38. Régimen de sesiones y acuerdos de los órganos colegiados locales.

Tema 39. Fórmulas asociativas municipales: En especial las mancomunidades.

Tema 40. Ordenanzas y Reglamentos de las Entidades Locales. Clases. Procedimiento de elaboración y aprobación.

Tema 41. Autonomía local y tutela.

Tema 42. El personal al servicio de la Entidad Local. Sus clases.

Tema 43. Selección de personal permanente y no permanente al servicio de las Entidades Locales. Las situaciones

administrativas de los Funcionarios Públicos.

Tema 44. Derechos del personal al servicio de las Entidades Locales. El sistema de Seguridad Social del personal al servicio de las CC.LL.

Tema 45. Deberes del personal al servicio de las Entidades Locales. Incompatibilidad, responsabilidad y régimen

disciplinario.

Tema 46. Los bienes de las Entidades Locales. Régimen de utilización de los de dominio público.

Tema 47. Las formas de actividad de las Entidades Locales. La intervención administrativa en la actividad privada.

Tema 48. Las licencias. Naturaleza jurídica. Régimen jurídico y procedimiento de otorgamiento. El condicionamiento de las licencias.

Tema 49. El servicio público en la esfera local. Los modos de gestión de los servicios públicos. Consideración especial de la concesión.

Tema 50. Las empresas municipales. Los consorcios.

Tema 51. Los contratos administrativos en la esfera local. Tema 52. Las Haciendas Locales: Clasificación de los ingresos. Ordenanazas fiscales.

Tema 53. Los Impuestos Locales. Tasas. Contribuciones

especiales.

Tema 54. Régimen jurídico del gasto público local.

Tema 55. Los presupuestos locales. Contabilidad y cuentas. Tema 56. La Gerencia Municipal de Urbanismo del Excmo. Ayuntamiento de Jaén.

Tema 57. Organización del Ayuntamiento de Jaén. Pleno. Comisión de Gobierno. Comisiones Informativas. Composición,

funcionamiento y competencias.

Tema 58. Revisión y adaptación del PGOU de Jaén.

UNA PLAZA: TECNICO DE GESTION ECONOMICA

Primera. Es objeto del presente la regulación de las bases para la provisión de una plaza de Técnico de Gestión Económica, Grupo A, con el sueldo correspondiente a dicho grupo, pagas extraordinarias, complementos específicos y demás retribuciones complementarias que correspondan, de acuerdo con la legislación vigente y que la Gerencia Municipal de Urbanismo tenga

establecidas, correspondiente a la Plantilla de Personal Laboral de la misma y a la Oferta de Empleo Público del ejercicio 2001.

La contratación a efectuar es la sujeta a la legislación laboral, siendo el tipo de contrato a efectuar de carácter indefinido, con periodo de prueba, y de aplicación la Ley

53/1984, de 26 de diciembre, sobre Incompatibilidades del Personal al servicio de las Administraciones Públicas.

La lista de aspirantes que superen los ejercicios 1.º y 2.º de la fase de Oposición y cuya contratación no sea propuesta por el Tribunal, se incorporarán a una bolsa de trabajo, que será respetada por orden de puntuación para posibles contrataciones temporales, y que tendrá una vigencia de un año desde la finalización del presente proceso.

Segunda. Requisitos de los aspirantes.

Las condiciones que los aspirantes han de reunir, referidas al momento de la finalización del plazo para la presentación de instancias, son las siguientes:

a) Ser español.

b) Tener cumplidos los 18 años de edad.

c) Estar en posesión o en condiciones de obtenerlo durante el plazo de presentación de solicitudes, del título de Licenciado en Económicas o Ciencias Empresariales.

d) No padecer enfermedad o defecto físico que impida el normal ejercicio de la función.

e) No haber sido separado/a, mediante expediente disciplinario, del servicio al Estado, a las Comunidades Autónomas o a las Entidades Locales, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.

Tercera. Presentación de instancias.

A) Contenido:

Las instancias solicitando tomar parte en la convocatoria, se dirigirán al Sr. Gerente de la Gerencia Municipal de Urbanismo y en ellas los aspirantes deberán manifestar que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas en la Base segunda, así como la justificación del ingreso de la tasa por derechos de examen.

Se establece una tasa por derechos de examen que asciende a la cantidad de 18 euros, que deberá ser abonada mediante ingreso o transferencia en la cuenta núm. 2031.0178.17.0100092012, de la Gerencia Municipal de Urbanismo en la Caja General de Ahorros de Granada, Urbana Los Alamos sita en Plaza de San Francisco.

B) Lugar y plazo:

Se presentarán en el Registro de la Gerencia Municipal de Urbanismo, en el plazo de 20 días naturales, contados a partir del siguiente al que aparezca el extracto del anuncio de la convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado¯.

Las instancias también podrán presentarse en cualquiera de las formas previstas en el art. 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, parcialmente modificada por la Ley 4/1999, de 14 de enero.

Si concurrieren aspirantes con alguna discapacidad deberán indicarlo en la solicitud, precisando las adaptaciones de tiempo y medios para la realización de las pruebas, debiendo acompañar certificado de discapacidad expedido por la

Administración competente, donde deberá expresar que la misma no le incapacita para el desempeño del puesto de trabajo de técnico de gestión económica (art. 19 del R.D. 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de ingreso del personal al servicio de la Administración General del Estado).

C) Documentación Justificativa:

Las instancias irán acompañadas de los documentos

justificativos de las condiciones señaladas en la Base segunda, así como de la documentación acreditativa de los méritos alegados que consistirán en originales o fotocopias debidamente compulsadas de todos los méritos alegados y evaluables en el Concurso.

Cuarta. Lista de admitidos.

Transcurrido el plazo de presentación de instancias, el Sr. Gerente dictará resolución aprobando la lista de admitidos/as y excluidos/as, pudiendo los aspirantes excluidos/as, en el plazo de diez días previsto en el art. 71.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, subsanar las deficiencias que por su naturaleza sean subsanables, quedando definitivamente excluidos quienes no procedan a dicha

subsanación.

En la citada resolución se determinará el lugar y la fecha de comienzo de las pruebas, así como la identidad de los miembros del Tribunal Calificador a los efectos recusatorios previstos en la legislación vigente.

Quinta. El Tribunal calificador.

El Tribunal calificador del Concurso-Oposición estará

constituido de acuerdo con lo establecido en el R.D. 896/1991 de 7 de junio, y R.D. 364/1995, de 10 de marzo, en la siguiente forma:

Presidente: El del Consejo de la Gerencia Municipal de Urbanismo o miembro del mismo en quien delegue.

Vocales:

- Sr. Gerente de la Gerencia Municipal de Urbanismo.

- El Jefe del Area de Planeamiento y Gestión.

- El Jefe del Area de Arquitectura.

- Un empleado público de la Gerencia Municipal de Urbanismo, de igual o superior categoría a la plaza que se selecciona, a propuesta de los delegados de personal y designado por el Sr. Gerente.

Secretario: El del Consejo de la Gerencia Municipal de Urbanismo, que actuará con voz pero sin voto.

Sexta. Desarrollo de la fase de Oposición.

Los ejercicios de la fase de Oposición serán dos, obligatorios y eliminatorios y que se desarrollarán por escrito. La duración máxima del proceso de celebración de los mismos no excederá de noventa días naturales.

Para la realización y puntuación de cada ejercicio el Tribunal podrá asistirse de un Asesor Técnico, que actuará con voz pero sin voto.

Primer ejercicio: Consistirá en la realización de un test de preguntas sobre el temario del Programa Anexo. El número y contenido de las preguntas serán determinados por el Tribunal que asimismo establecerá el tiempo máximo para su realización. La puntuación mínima para acceder al segundo ejercicio será de

2,5 (dos con cinco) puntos, teniendo la prueba, por tanto carácter eliminatorio.

Esta prueba tendrá un valor máximo de 5 (cinco) puntos.

Segundo ejercicio: Realización de una prueba práctica a determinar por el Tribunal y relacionada con las tareas propias de la plaza de referencia, que consistirá en la elaboración de un informe económico con propuesta de resolución. Esta prueba tendrá un valor máximo de 5 (cinco) puntos, superándola aquellos aspirantes que alcancen un mínimo de 2,5 (dos con cinco) puntos. El Tribunal establecerá el tiempo máximo de realización de la misma.

Séptima. Fase de Concurso.

Unicamente se valorarán en la fase de Concurso los méritos de los aspirantes que superen la fase de Oposición.

Una vez concluida la fase de Oposición el Tribunal procederá a la evaluación de los méritos alegados por los candidatos con arreglo al siguiente:

Baremo:

1.º Por publicaciones, estudios y ponencias relacionadas con temas jurídico-administrativos, y en especial, relativos a la materia presupuestaria y tributaria de las Corporaciones Locales.

La puntuación será acordada por el Tribunal, teniendo en cuenta el número de publicaciones, calidad, especialidad en las materias tributarias y presupuestarias de la Administración Local y cualquier otra cuestión que pueda ser de interés según el criterio del Tribunal. La puntuación máxima a obtener por este concepto será de un punto.

2.º Por grado de doctor, asistencia a cursos y masters organizados por organismos oficiales y centros docentes, relacionados con las materias tributarias y presupuestarias de las Corporaciones Locales. La puntuación máxima a obtener por este concepto será de 1 punto.

Los cursos se valorarán de la siguiente manera:

Cursos de una duración entre 15 a 40 horas: 0,10 puntos por curso.

Cursos de una duración entre 41 a 70 horas: 0,20 puntos por curso.

Cursos de una duración entre 71 a 100 horas: 0,30 puntos por curso.

Cursos de una duración entre 101 a 120 horas: 0,50 puntos por curso.

Cursos de una duración superior a 120 horas: 1 punto por curso.

No se valorarán los cursos con una duración inferior a 15 horas, o cuando no se justifique su duración.

3.º Por cada mes de servicio prestado en el sector privado, o en el ejercicio de la profesión, en puestos de trabajo de igual categoría a la de la plaza convocada: 0,05 puntos. En este apartado no serán computables los períodos coincidentes con el trabajo en las Administraciones Públicas, salvo la docente. La puntuación máxima a obtener por este concepto será de un punto.

4.º Por cada mes de servicio prestado en las Administraciones Públicas, en puestos de trabajo de igual categoría a la de la plaza convocada: 0,1 puntos.

5.º Por cada mes de servicio prestado en Empresa Pública, Organismo Autónomo o Administración Pública cuyos fines sean la gestión urbanística, en puesto de trabajo de igual categoría a la de la plaza convocada: 0,35 puntos.

La puntuación máxima a obtener por todos los conceptos incluidos en este apartado no podrá ser superior a 10 puntos. Una vez concluidas las dos fases, y en caso de empate en la puntuación entre dos o más candidatos, el Tribunal podrá convocar a los afectados para la realización de una entrevista curricular en la que se decidirá el candidato idóneo para proponer su contratación, puntuándose la prueba sobre un máximo de 5 (cinco) puntos.

Octava. Relación de aprobados/as, presentación de documentos y designación.

Terminado el proceso, el Tribunal publicará el nombre del aspirante que haya obtenido la calificación total más alta, como resultado de la suma de las puntuaciones obtenidas, que será la persona propuesta al Consejo de la Gerencia Municipal de Urbanismo para su contratación.

El aspirante seleccionado deberá presentar en el Area de Administración y Economía de la Gerencia Municipal de

Urbanismo, en el plazo de 20 días naturales contados a partir de la inserción de la lista de aprobados en el tablón de anuncios, la documentación acreditativa de los requisitos exigidos en la Base Segunda.

Si dentro del plazo indicado, y salvo casos de fuerza mayor, no presentare la documentación o no reuniere los requisitos exigidos, no podrá ser designado, quedando anuladas todas las actuaciones sin perjuicio de la responsabilidad en que hubiere podido incurrir por falsedad en la solicitud de participación.

Conforme a lo establecido en el art. 14 del TRET, en el contrato que se formalice se establecerá un periodo de prueba de tres meses de duración, durante el cual será de aplicación el régimen jurídico previsto en el núm. 2 de dicho precepto. Las situaciones de incapacidad temporal, maternidad y adopción o acogimiento que afecten al trabajador durante el periodo de prueba interrumpirán el cómputo del mismo.

Transcurrido el periodo de prueba, el contrato producirá plenos efectos, salvo que con anterioridad a su transcurso se

produjere el desistimiento del trabajador o el de la Gerencia Municipal de Urbanismo previo acuerdo del Consejo y a propuesta del Sr. Gerente.

Conforme a lo establecido en el mencionado art. 14 del TRET queda exceptuada del periodo de prueba la persona que

resultando seleccionada hubiera desempeñado las mismas

funciones con anterioridad en la Gerencia Municipal de

Urbanismo, bajo cualquier modalidad de contratación.

Novena. Incidencias.

El Tribunal queda facultado para resolver las dudas que se presenten y tomar los acuerdos necesarios para el buen

desarrollo de la convocatoria.

Décima. Normativa.

En lo no dispuesto en estas bases se estará a lo dispuesto en la Ley 30/1984, de 2 de agosto; Ley 7/1985, de 2 de abril, parcialmente modificada por Ley 11/1999, de 21 de abril; R.D.

896/1991, de 7 de junio; R.D.L. 781/1986, de 18 de abril; R.D.

364/1995, de 10 de marzo y demás disposiciones aplicables.

Decimoprimera. Régimen de recursos.

Contra la presente convocatoria y contenido de las bases podrá interponerse recurso de alzada ante el Excmo. Ayuntamiento Pleno, conforme a lo establecido en los arts. 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, en redacción dada por la Ley

4/1999.

ANEXO I

Tema 1. La Administración Pública: Concepto. Las

Administraciones y las funciones y poderes del Estado. Gobierno y Administración. Control legislativo, jurisdiccional y político de la Administración. La Administración y la norma jurídica: El principio de legalidad.

Tema 2. Fuentes del Derecho Administrativo: Concepto y clases. Jerarquía normativa. Autonomía y sistema de fuentes. El valor de la Costumbre y los Principios Generales del Derecho. Tema 3. La Ley: Concepto y clases. Disposiciones del Ejecutivo con fuerza de Ley.

Tema 4. El Reglamento. Clases. Fundamento y límites de la potestad reglamentaria. Reglamentos ilegales. Los Reglamentos de los órganos constitucionales.

Tema 5. La relación jurídico-administrativa. Concepto. Sujetos. El administrado. Los derechos públicos subjetivos. Los

intereses legítimos. La acción popular. Los actos jurídicos de los administrados.

Tema 6. El acto administrativo. Concepto, clases y elementos. Motivación y notificación. Eficacia y validez de los actos administrativos.

Tema 7. El procedimiento administrativo. Principios

informadores. Las fases del procedimiento: Iniciación.

Ordenación, Instrucción y Terminación. Procedimientos de ejecución.

Tema 8. Procedimientos especiales. Procedimiento para la elaboración de disposiciones de carácter general. Las

reclamaciones previas al ejercicio de acciones en vía judicial. Tema 9. Los recursos administrativos. Concepto y clases. Según la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Tema 10. La jurisdicción contencioso-administrativa: Concepto y naturaleza. Extensión y límites. El recurso contencioso: Las partes, procedimiento, recursos contra sentencias y ejecución de sentencias.

Tema 11. Los contratos administrativos. Naturaleza, caracteres y clases. Elementos. Formas de contratación. Resolución, rescisión y denuncia.

Tema 12. La expropiación forzosa. Potestad expropiatoria. Naturaleza, justificación. Sujetos, objeto y causa. El

procedimiento expropiatorio. Expropiaciones especiales. Garantías jurisdiccionales.

Tema 13. La responsabilidad patrimonial de la Administración. Evolución histórica. Régimen jurídico actual.

Tema 14. La Gerencia Municipal de Urbanismo. Organización, funcionamiento y funciones.

Tema 15. El Derecho Financiero: Concepto autonomía y contenido. La Hacienda Pública en la Constitución Española.

Tema 16. El Presupuesto de la Gerencia Municipal de Urbanismo (I). Elaboración, discusión, aprobación.

Tema 17. Los créditos del presupuesto de gastos. Delimitación y situación de los créditos.

Tema 18. El Presupuesto de la Gerencia Municipal de Urbanismo (II). Estructura presupuestaria.

Tema 19. El Presupuesto de la Gerencia Municipal de Urbanismo (III). Las modificaciones presupuestarias. Créditos

extraordinarios, suplementos de crédito, ampliaciones de crédito.

Tema 20. El Presupuesto de la Gerencia Municipal de Urbanismo (IV). Transferencias de crédito, generación de crédito, incorporación de remanentes, bajas de crédito.

Tema 21. El Presupuesto de la Gerencia Municipal de Urbanismo (V). Los gastos plurianuales.

Tema 22. El Presupuesto de la Gerencia Municipal de Urbanismo (VI). Las bases de ejecución del Presupuesto.

Tema 23. El Presupuesto de la Gerencia Municipal de Urbanismo (VII). Liquidación.

Tema 24. El gasto público. Principios constitucionales. Procedimiento de ejecución del gasto público: Especial

referencia a la Gerencia Municipal de Urbanismo.

Tema 25. El control de la actividad financiera. Concepto, clases, ámbito. Control y fiscalización en la Gerencia

Municipal de Urbanismo.

Tema 26. El Derecho Tributario: Concepto y contenido. Fuentes. Principios Generales.

Tema 27. Recursos de las Haciendas Locales. Especial referencia a la Gerencia Municipal de Urbanismo. Los tributos locales: Concepto. Imposición y ordenación de tributos locales.

Tema 28. Los recursos propios de la Gerencia Municipal de Urbanismo (I). El Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras.

Tema 29. Los recursos propios de la Gerencia Municipal de Urbanismo (II). Tasa por la Prestación de Servicios

Urbanísticos al amparo de la Ley del Suelo.

Tema 30. Los recursos propios de la Gerencia Municipal de Urbanismo (III). Tasa por los documentos que expida o de que entienda la Administración o las autoridades municipales a instancia de parte.

Tema 31. Los recursos propios de la Gerencia Municipal de Urbanismo (IV). Tasa por la ocupación de terrenos de dominio público con mercancías, escombros, materiales y apeos de construcción.

Tema 32. El procedimiento de gestión tributaria en la Gerencia Municipal de Urbanismo.

Tema 33. La gestión recaudatoria. Organos de recaudación. Extinción de las deudas.

Tema 34. El pago y otras formas de extinción. Garantías del pago.

Tema 35. La Contabilidad Pública Local. Introducción. Evolución reciente de la Contabilidad Local. Normativa aplicable. Fines. Organos competentes. El plan de cuentas.

Tema 36. La Contabilidad Presupuestaria (I). Contabilidad del Presupuesto de gastos. Documentos contables. Libros de

contabilidad. Operaciones de gestión de créditos.

Tema 37. La Contabilidad Presupuestaria (II). Contabilidad del Presupuesto de gastos. Operaciones de gestión del presupuesto corriente.

Tema 38. La Contabilidad Presupuestaria (III). Contabilidad del Presupuesto de gastos. Operaciones de gastos de presupuestos cerrados. Contabilidad de gastos de ejercicios futuros. Tema 39. La Contabilidad Presupuestaria (IV). Contabilidad del Presupuesto de ingresos. Documentos contables. Libros de contabilidad. Operaciones del presupuesto de ingresos:

Apertura, modificación de las previsiones iniciales. Compromiso de ingresos.

Tema 40. La Contabilidad Presupuestaria (V). Contabilidad del Presupuesto de ingresos. Operaciones del presupuesto de ingresos: Reconocimiento de derechos. Recaudación de derechos. Tema 41. La Contabilidad Presupuestaria (VI). Operaciones de ingresos de presupuestos cerrados. Contabilidad de ingresos de ejercicios futuros.

Tema 42. Operaciones de fin de ejercicio: Ajustes contables por periodificación. Operaciones de regularización.

Tema 43. Operaciones de cierre: Gastos e ingresos.

Tema 44. Liquidación del Presupuesto. El resultado

presupuestario del ejercicio.

Tema 45. Los remanentes de crédito. El remanente de tesorería. Tema 46. La contabilidad del inmovilizado material.

Tema 47. Contabilidad de otras operaciones no presupuestarias (I). Introducción. Regulación. Consideraciones generales. Documentos contables y libros de contabilidad. Acreedores no presupuestarios.

Tema 48. Contabilidad de otras operaciones no presupuestarias (II). Deudores no presupuestarios. Pagos pendientes de

aplicación. Ingresos pendientes de aplicación. Movimientos internos de tesorería.

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