Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 57 de 16/05/2002

5. Anuncios5.2 Otros anuncios

Otros. AYUNTAMIENTO DE TOCINA

ANUNCIO de bases.

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Don Angel Navia Pajuelo, Alcalde-Presidente del Ilmo. Ayuntamiento de Tocina (Sevilla).

Hace saber: Que por Resolución de la Alcaldía núm. 202, de 19 de marzo de 2002, se han aprobado las bases que han de regir el proceso selectivo para la provisión en propiedad de un puesto de Arquitecto Técnico, vacante en la plantilla de funcionarios de este Ayuntamiento.

En la citada Resolución se resuelve proceder a la convocatoria del proceso selectivo con arreglo a las citadas bases, que a continuación se detallan:

BASES PARA LA SELECCION MEDIANTE CONCURSO-OPOSICION LIBRE DE LA PLAZA DE ARQUITECTO TECNICO MUNICIPAL

Primero. Objeto de la convocatoria.

Es objeto de esta convocatoria la provisión mediante concurso- oposición de una plaza de funcionario con la categoría de Arquitecto Técnico, vacante en la plantilla de personal funcionario de este Ayuntamiento, perteneciente al grupo B, correspondiente a la Oferta de Empleo Público del año 2000.

Segunda. Requisitos que han de reunir los/as aspirantes:

a) Se español/a o ser nacional de los demás Estados miembros de la Comunidad Europea.

b) Tener cumplida la edad de 18 años.

c) Estar en posesión del título de Arquitecto Técnico o en condiciones de obtenerlo en la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias.

d) No padecer enfermedad o defecto físico alguno que le impida el desempeño de las funciones correspondientes. e) No haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio al Estado, a las Comunidades Autónomas o las Entidades Locales, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.

Tercera. Instancias y documentos a presentar. Las instancias para tomar parte en la convocatoria se dirigirán al Alcalde-Presidente del Ayuntamiento, debiendo manifestar que se cumplen todos y cada uno de los requisitos exigidos en la base segunda de la convocatoria.

Si concurriesen aspirantes con alguna discapacidad, deberán indicarlo en la solicitud precisando las adaptaciones de tiempo y medios para la realización de las pruebas, debiendo acompañar certificado de discapacidad expedido por la Administración correspondiente, donde deberá expresar que la misma no le incapacita para el desempeño del puesto de trabajo de Arquitecto Técnico (artículo 19 del Real Decreto 364/1995, de

10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de ingreso de personal al servicio de la Administración General del Estado).

Se deberán adjuntar fotocopias, debidamente compulsadas, de los documentos que acrediten que efectivamente se cumplen los requisitos, a excepción de los reseñados en los apartados d) y

e), que deberán acreditarse posteriormente.

Los documentos que se han de presentar para acreditar que se cumplen los requisitos señalados en los apartados a), b) y c) serán los siguientes:

1. Fotocopia del Documento Naciones de Identidad. 2. Fotocopia del título académico o del resguardo de haber abonado los derechos para su expedición.

A las instancias deberán acompañar las certificaciones y documentos justificativos de los méritos alegados por los interesados/as conforme se determina en la base séptima. No serán tenidos en cuenta aquellos méritos no justificados ni presentados fuera del plazo de presentación de instancias.

Cuarta. Plazo y forma de presentación de documentos.

Las instancias y documentos se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento de Tocina, o por los medios previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común, dentro del plazo de 20 días naturales, a contar desde el siguiente en que aparezca el extracto del anuncio de la convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado¯, prorrogándose hasta el primer día hábil siguiente si el plazo terminase en un día inhábil. En el supuesto de presentación de instancias en Administración distinta, deberá comunicarse por fax al Ayuntamiento de Tocina en el plazo de presentación de instancias.

Quinta. Derechos de examen.

Se exime de la necesidad de abonar derechos de examen.

Sexta. Lista de admitidos/as y excluidos/as.

Terminado el plazo de presentación de instancias, el Sr. Alcalde-Presidente dictará Resolución declarando aprobada la lista de admitidos/as y excluidos/as, en su caso. En dicha Resolución, que se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia, se indicará el plazo de subsanación, que en los términos del artículo 71 de la Ley 30/1992, se concederá a los aspirantes excluidos.

La fecha de publicación de la indicada Resolución será determinante para el cómputo de los plazos a los efectos de las posibles impugnaciones o recursos sobre la misma.

Asimismo, el Alcalde-Presidente procederá al nombramiento del Tribunal, que se hará público junto con la referida lista en el Boletín Oficial de la Provincia, a los efectos de recusación previstos en el artículo 29 de la Ley 30/1992.

Séptima. Procedimiento de selección de los/as aspirantes. La selección constará de dos fases: Una de concurso y otra de oposición.

La fase de concurso será previa a la oposición.

Los puntos obtenidos en la fase de concurso se sumarán a la puntuación obtenida en la fase de oposición a los efectos de establecer el aspirante seleccionado. Estos puntos no podrán ser aplicados para superar la fase de oposición. En ningún caso superará la valoración de los méritos el 50% de la nota máxima prevista en la fase de oposición.

1. Fase de concurso.

I. Cursos y seminarios.

Por cada curso relacionado con el puesto a cubrir, impartido por Instituciones Públicas o Privadas reconocidas oficialmente:

- Hasta 14 horas: 0,2 puntos.

- De 15 a 20 horas: 0,5 puntos.

- De 21 a 40 horas: 0,75 puntos.

- De 41 a 100 horas: 1 punto.

- De 101 horas en adelante: 1,5 puntos.

La máxima puntuación alcanzable por el apartado de cursos y seminarios será de 5 puntos.

II. Experiencia profesional.

Por haber desempeñado puesto de trabajo o haber contratado los servicios de Arquitecto Técnico:

- Con Corporaciones Locales: 0,1 puntos por mes.

- Con otras Administraciones Públicas: 0,05 puntos por mes. - Con empresas privadas: 0,03 puntos por mes.

La máxima puntuación alcanzable por el apartado de experiencia profesional será de 5 puntos.

A) Acreditación de la experiencia profesional.

Certificación expedida por la Administración correspondiente, en la que se acrediten los servicios prestados.

Contrato de trabajo o nóminas o cualquier otro documento con fuerza probatoria.

B) Acreditación de Cursos, Seminarios, Congresos o Jornadas. Para la acreditación de estos méritos habrá de aportarse certificación o diploma expedido por la entidad organizadora, cuando la organización hubiese estado a cargo de entidad privada en colaboración con las Administraciones Públicas, deberá constar expresamente tal condición.

2. Fase de oposición.

Primer ejercicio: Consistirá en desarrollar por escrito, en el plazo máximo de tres horas, tres temas extraídos al azar, en relación con los contenidos en el programa que figura en el Anexo (programa de materias para el primer ejercicio). Uno de cada uno de los grupos I, II y III.

Segundo ejercicio: De carácter práctico, consistirá en el desarrollo de mediciones sobre un proyecto básico, precios descompuestos de algunos conceptos y desarrollo de detalles constructivos, con los datos que le sean facilitados por el Tribunal, y que se desarrollará en el plazo de tres horas como máximo.

El sistema de calificación de los ejercicios será el siguiente: Todos los ejercicios serán calificados hasta un máximo de 10 puntos, siendo eliminados aquellos que no alcancen un mínimo de

5 puntos. Cada miembro del Tribunal otorgará de 0 a 10 puntos, adoptándose las calificaciones sumando las otorgadas y

dividiéndolas por el número de los miembros del Tribunal.

Octava. Desarrollo de los ejercicios.

En la Resolución en que se apruebe la lista de aspirantes admitidos/as y excluidos/as se determinará el lugar, día y hora de constitución del Tribunal para la baremación de los méritos alegados por los aspirantes.

Los anuncios de las siguientes fases del proceso selectivo se harán públicos en el tablón de anuncios de la Corporación o en el lugar en que se hubieren celebrado las anteriores fases.

Desde la terminación de una prueba y el comienzo de la siguiente deberá transcurrir un mínimo de 72 horas.

En cualquier momento el Tribunal podrá requerir a los aspirante para que acrediten su personalidad.

La duración máxima entre los ejercicios de la fase de oposición no podrá superar los 45 días.

Hasta la fecha de terminación de la fase de oposición los opositores podrán pedir al Tribunal que revise la fase de concurso.

Novena. Tribunal Calificador.

Presidente: El Alcalde o Concejal en quien delegue.

Vocales:

- Un representante de la Junta de Andalucía.

- Un representante designado por la Diputación Provincial. - Un representante sindical, nombrado por los representantes de las secciones sindicales constituidas en este Ayuntamiento. - El Sr. Arquitecto Municipal.

Secretario: El de la Corporación o funcionario en quien delegue, que actuará con voz pero sin voto.

La designación de los miembros del Tribunal incluirá la de sus respectivos suplentes.

El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de al menos la mitad más uno de los miembros, titulares o suplentes, indistintamente. En todo caso deben estar presentes el Presidente y el Secretario.

Los Vocales deberán estar en posesión de titulación académica de igual o superior nivel al exigido para el acceso a la plaza convocada.

La composición del Tribunal habrá de ser predominantemente técnico.

Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de formar parte del mismo cuando concurran algunas de las circunstancias previstas en el artículo 28 de la Ley 30/1992. En lo no dispuesto en las presentes bases, el Tribunal funcionará conforme al Capítulo II del Título II de la Ley 30/92,

mencionada.

Décima. Presentación de documentos.

El aspirante propuesto presentará ante la Corporación, dentro del plazo de veinte días naturales, desde que se haga pública la relación de aprobados, los documentos acreditativos de las condiciones que para tomar parte en la selección se exija en la convocatoria y, en concreto:

- Declaración jurada o promesa personal de no haber sido separado del servicio de ninguna de las Administraciones Públicas, no hallarse inhabilitado para el ejercicio de la Función Pública.

- Certificado Médico Oficial acreditativo de no padecer enfermedad o defecto físico que le imposibilite para el servicio. A estos efectos, los aspirantes seleccionados podrán ser sometidos a reconocimiento médico por los servicios médicos que determine este Ayuntamiento.

Quienes tuvieran la condición de funcionarios estarán exentos de justificar las condiciones y requisitos ya acreditados para obtener su anterior nombramiento, debiendo presentar únicamente fotocopia debidamente compulsada del título académico oficial exigido en la convocatoria y certificación de la Administración Pública de quien dependan, acreditando la condición y demás circunstancias que constan en su expediente personal.

Decimoprimera. Nombramiento y toma de posesión.

Concluido el proceso selectivo y aportados los documentos a que se refiere la base anterior, el Alcalde-Presidente, de acuerdo con la propuesta del Tribunal Calificador procederá a nombrar funcionario/a al/a la candidato/a propuesto/a, el/la cual deberá tomar posesión en el plazo de treinta días, a contar del siguiente en que le sea notificado el nombramiento, debiendo previamente prestar juramento o promesa de conformidad con lo establecido en el Real Decreto 707/1979, de 5 de abril.

Quien sin causa justificada no presente la documentación, no reuniera los requisitos exigidos, o no tome posesión en el plazo señalado, quedarán anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de las responsabilidades en que pudiera haber incurrido, con la pérdida de todos los derechos derivados de la convocatoria y del nombramiento conferido en su caso.

Decimosegunda. Publicidad de la convocatoria.

Las presentes bases, junto con la convocatoria, se publicarán íntegramente en el BOP y en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. Además y de acuerdo con el artículo 6.2 del R.D.

896/1991, de 17 de junio, un anuncio de esta convocatoria se publicará en el BOE con el contenido que indica el citado precepto.

Las presentes bases están a disposición de los interesados y público en general en las dependencias municipales para su consulta.

Decimotercera. Impugnación.

Las bases de la convocatoria y cuantos actos administrativos se deriven de éstas y de las actuaciones del Tribunal, podrán ser impugnadas por los interesados en los casos, plazos y en la forma establecida en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

A N E X O

Grupo I. Parte general.

Tema 1. La Constitución de 1978. Principios generales.

Características y estructura.

Tema 2. Derechos y deberes fundamentales de los españoles. Tema 3. El Estatuto de Autonomía para Andalucía y su

desarrollo. Disposiciones generales y competencias recogidas en el Estatuto. El Parlamento de Andalucía.

Tema 4. Sometimiento de la Administración a la Ley y al Derecho. Fuentes del Derecho Público. La Ley: Clases de Leyes. Tema 5. Los Derechos de los ciudadanos ante la Administración Pública. Especial consideración del interesado. Colaboración y participación de los ciudadanos con la Administración.

Tema 6. El Acto Administrativo: Concepto, eficacia y validez. El Procedimiento Administrativo Local. Sus fases: El silencio administrativo.

Tema 7. Régimen Local español: Principios constitucionales y regulación jurídica.

Tema 8. Personal al Servicio de la Entidad Local. La Función Pública Local.

Tema 9. Derechos y deberes del Personal al Servicio de los Entes Locales. Responsabilidad. Régimen Disciplinario. El Sistema de la Seguridad Social de Personal al Servicio de las Entidades Locales.

Tema 10. Funcionamiento de los Organos Colegiados Locales: Convocatoria, orden del día y requisitos de constitución: Votaciones. Actas y Certificados de Acuerdos.

Tema 11. Los recursos de las Haciendas Locales.

Tema 12. El Presupuesto Local. Elaboración, aprobación y ejecución presupuestaria. La fiscalización del Presupuesto Local.

Materias específicas.

Grupo II. Planeamiento y urbanización.

Tema 1. Evolución histórica de la legislación urbanística española. La Ley del Suelo de 1956 y sus reformas. El marco constitucional del urbanismo. La Sentencia 61/1997 del Tribunal Constitucional. Competencias del Estado, de las Comunidades Autónomas y de las Entidades Locales.

Tema 2. Régimen urbanístico de la propiedad del suelo: Principios generales. Clasificación. Régimen del suelo no urbanizable en la legislación estatal y autonómica. Criterios de valoración de esta clase de suelo.

Tema 3. Régimen del suelo urbano: Derechos y deberes de los propietarios en suelo urbano consolidado y no consolidado. Tema 4. Régimen del suelo urbanizable: Derechos y deberes de los propietarios. Criterios de valoración.

Tema 5. Instrumentos de planeamiento general: Planes generales y normas subsidiarias y complementarias. Municipios sin ordenación: Proyectos de delimitación del suelo urbano y normas de aplicación directa.

Tema 6. Planeamiento de desarrollo. Planes parciales. Estudios de detalle. El planeamiento especial. Clases y régimen

jurídico.

Tema 7. Elaboración y aprobación de planes. Competencia y procedimiento. Efectos de la aprobación. Iniciativa y

colaboración de los particulares. Publicidad. Modificación y revisión de planes.

Tema 8. Ejecución del planeamiento. Presupuestos de la ejecución. El principio de equidistribución y sus técnicas. Sistemas de actuación: Elección del sistema. El proyecto de urbanización.

Tema 9. El Sistema de compensación. Estatutos y bases de actuación de la Junta de Compensación. Sistema de cooperación. La reparcelación. Sistema de expropiación.

Tema 10. Otros Sistemas de ejecución urbanística. Excepciones de la actuación mediante unidades de ejecución: Actuaciones asistemáticas. Obtención de terrenos dotacionales. Los

convenios urbanísticos.

Tema 11. Supuestos indemnizatorios. Peculiaridades de las expropiaciones urbanísticas.

Tema 12. Instrumentos de intervención en el mercado del suelo. El patrimonio municipal del suelo. Constitución, bienes que lo integran y destino. El derecho de superficie.

Tema 13. Intervención administrativa en la edificación o uso del suelo. La licencia urbanística: Actos sujetos, naturaleza y régimen jurídico. Las órdenes de ejecución. Licencias

urbanísticas en suelo no urbanizable.

Tema 14. Protección de la legalidad urbanística. Obras sin licencia o contrarias a sus condiciones.

Tema 15. Deberes de conservación y régimen de la declaración de ruina.

Tema 16. La Ley de ordenación de la edificación 38/1999. Objeto y ámbito de aplicación. Responsabilidades derivadas de los actos de edificación.

Tema 17. Normativa sobre seguridad y salud. R.D. 1627/1997. Estudio de seguridad y salud. Estudio básico. Plan de seguridad y salud.

Tema 18. La accesibilidad y eliminación de barreras

arquitectónicas urbanísticas. Normativa aplicable. Ambito de aplicación y definiciones.

Tema 19. Contratos de las Administraciones Públicas. Clases y régimen jurídico. El contratista: Requisitos. Procedimientos y formas de selección del contratista.

Tema 20. La contratación en la Administración Local. Organos competentes.

Tema 21. Contrato de obras. Clases de obras. El Proyecto de obras. Especial referencia a su regulación en la Ley 13/1995, de Contratos de las Administraciones Públicas.

Tema 22. Los Pliegos: El Pliego de Cláusulas Administrativas Generales. Pliegos de Cláusulas Administrativas Particulares. Pliegos de Prescripciones Técnicas.

Tema 23. Los precios de las obras oficiales. Precios

contradictorios. Actualización.

Tema 24. Mediciones en las obras. Mediciones durante la ejecución. Medición final.

Tema 25. Plazos de ejecución de las Administraciones Públicas. Programas de trabajo. Modificaciones y prórrogas en los plazos. Tema 26. Abono de las obras de la Administración Pública. Certificaciones de obra. Abonos a cuenta.

Tema 27. Comprobación y replanteo de las obras. Su

trascendencia.

Tema 28. Patrimonio Histórico Artístico. Legislación aplicable: Estatal y andaluza. Titularidad de los bienes, Régimen

Jurídico. Modelos de protección de Patrimonio Histórico. Tema 29. Ley Andaluza de Protección Ambiental. Reglamentos de Evaluación de Impacto, Informe y Calificación Ambiental. Tema 30. Normativa aplicable a los bienes de las Entidades Locales Andaluzas. Adquisición y enajenación. Utilización de los bienes de dominio público y de los Patrimoniales.

Tema 31. Tasaciones Inmobiliarias.

Grupo III. Edificación.

Tema 1. Movimiento de tierras y cimentaciones. Cimentaciones especiales.

Tema 2. Estructuras de hormigón. Estructuras metálicas. Estructuras especiales.

Tema 3. Muros de contención. Clasificación. Evaluación de riesgos y medidas de seguridad.

Tema 4. Cubiertas. Clases y normativa de aplicación.

Tema 5. Materiales pétreos. Materiales cerámicos. Aglomerantes y hormigón armado.

Tema 6. Metales y madera. Vidrio. Aislamientos térmicos, acústicos e impermeabilizaciones.

Tema 7. Revestimientos y acabados. Pinturas.

Tema 8. Instalaciones de agua. Instalación de saneamiento. Instalación de electricidad. Instalaciones especiales.

Tema 9. Protección contra incendios. Normativa reguladora. Tema 10. Carpintería de madera. Carpintería metálica.

Carpintería de PVC y especiales.

Tema 11. Obras de urbanización. Instalaciones en

urbanizaciones.

Tema 12. Rehabilitación de viviendas, rehabilitación de fachadas.

Tema 13. Conservación de edificios. Patología. Descripción de los síntomas de vejez de un edificio. Redacción de informe al respecto.

Tema 14. Apeos y apuntalamientos. Modos de asegurar un edificio en ruina.

Tema 15. Ensayos geotécnico. Suelos. Areas de acondicionamiento de terrenos y firmes.

Tema 16. Resistencia de materiales. Control de calidad. Tema 17. Normativa sobre ruidos. Calidad del aire.

Lo que se hace público para general conocimiento en Tocina a 20 de marzo de 2002.

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