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NIG: 1103341C20011000145.
Procedimiento: Pieza separada 218/2001. Negociado: E. Sobre: Separación contenciosa 218/01.
De: Doña Trinidad Marla Sánchez Collado.
Procurador: Sr. Abelardo García Pérez de la Blanca. Letrada: Sra. Patricia del Pino Rodríguez. Contra: Don Ahmed Chalh.
E D I C T O
CEDULA DE NOTIFICACION
En el procedimiento Pieza separada de Medidas Provisionales
218BIS/2001 seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Uno de San Roque a instancia de Trinidad María Sánchez Collado contra Ahmed Chalh sobre separación contenciosa, se ha dictado el auto que copiado en su encabezamiento y parte dispositiva, es como sigue:
A U T O
En San Roque (Cádiz), a 27 de marzo de 2002. Vistos los preceptos legales y demás de general y pertinente aplicación,
PARTE DISPOSITIVA
S.S.ª acuerda: La adopción de las siguientes Medidas Provisionales:
I. Se autoriza a los cónyuges a vivir separados, cesando la presunción de convivencia conyugal y quedando revocados los consentimientos y poderes que cualquiera de ellos hubiere otorgado al otro.
II. Se determina, en interés de la hija menor, Chakira Chalh Sánchez, que la guardia y custodia de la misma la ejerza su madre doña María Trinidad Sánchez Collado, siendo compartida la patria potestad.
Respecto a la forma en que el padre podrá comunicar con su hija y tenerla en su compañía, no se opone la parte demandante a que la comunicación entre padre e hija se produzca con la mayor fluidez posible, fijándose como régimen mínimo: Lunes, miércoles y viernes, desde las 18 horas hasta las 20 horas de la tarde, debiendo estar presente la madre.
III. En concepto de pensión alimenticia a favor de la hija menor de edad, se fija la cantidad de veinticinco mil pesetas (25.000 ptas. o 150,25 euros), que deberá hacerse efectiva por el padre entre los días uno y cinco de cada mes en la cuenta bancaria que a tal efecto se señale, suma que será revisada anualmente de acuerdo al IPC.
Notifíquese esta resolución a las partes y al Ministerio Fiscal.
Así lo acuerda, manda y firma doña María José Llave Barranco, Juez del Juzgado de Primera Instancia número Uno de esta ciudad y su partido judicial. Doy fe.
Y con el fin de que sirva de notificación en forma al demandado Ahmed Chalh, extiendo y firmo la presente en San Roque a 17 de abril de 2002.- El/La Secretario.
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