Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 58 de 18/5/2002

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Otros. AYUNTAMIENTO DE ALGECIRAS

ANUNCIO de bases.

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1.º Objeto de la convocatoria.

Es objeto de la presente convocatoria la provisión en propiedad, por el procedimiento de concurso-oposición libre, de una plaza de Diplomado en Empresariales, vacante en la plantilla de funcionarios, y que figura en el Anexo que acompaña a estas bases.

La plaza objeto de esta convocatoria está dotada económicamente con las retribuciones básicas correspondientes al Grupo de clasificación en que se incluye, según determina el art. 25 de la Ley 30/84, de 2 de agosto.

2.º Normas generales.

La plaza que se convoca se ajustará a lo establecido en la Ley

7/1985, de 2 de abril; en el Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local; la Ley 30/1984, de 2 de agosto; Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de funcionarios de Administración Local; Real Decreto

364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado. Y por cualesquiera otras disposiciones aplicables.

3.º Requisitos de los aspirantes.

Para ser admitidos a las pruebas selectivas, los solicitantes deberán reunir, en la fecha en que finalice el plazo de presentación de instancias, los siguientes requisitos:

a) Ser español.

b) Tener cumplidos dieciocho años y no exceder de aquélla en que falten menos de diez años para la jubilación forzosa por edad determinada por la legislación básica en materia de función pública.

c) Estar en posesión del título exigible, o en condición de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de instancias, en cada caso.

d) No padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de las correspondientes funciones.

e) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio al Estado, a las Comunidades Autónomas o a las Entidades Locales, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.

4.º Solicitudes.

Quienes deseen tomar parte en la selección deberán hacerlo constar en instancia con los requisitos del art. 18.2 del R.D.

364/1995, de 10 de marzo, debiendo constar en la misma la denominación de la vacante, el sistema selectivo exigido y la denominación expresa de que reúne todos y cada uno de los requisitos de la convocatoria.

Las solicitudes se dirigirán a Ilmo. Sr. Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Algeciras y se entregarán en el Registro de Entrada del Excmo. Ayuntamiento o en cualquiera de las formas contempladas en el art. 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de 20 días naturales, contados a partir del día siguiente a la publicación del extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.

Los derechos de examen son de 21,04 euros, a excepción de las personas afectadas por el artículo 18, apartado cinco, de la Ley 66/1997, de 30 de diciembre. El abono de las respectivas cuantías se efectuará dentro del plazo de presentación de instancias, mediante ingreso en metálico en la Tesorería Municipal, giro postal o telegráfico, dirigido a dicha

dependencia municipal, haciendo constar en este caso, y en la solicitud, el número de libranza del giro, fecha y lugar de la imposición, y que se refiere a la satisfacción de los derechos de examen para la convocatoria de la plaza a la que se

concurra.

Los aspirantes deberán acompañar a la solicitud para tomar parte en la convocatoria currículum vitae y los documentos acreditativos de los méritos que aleguen, mediante originales o fotocopias compulsadas de los mismos.

5.º Admisión de candidatos.

Terminado el plazo de presentación de instancias, el Alcalde- Presidente dictará resolución declarando aprobada la lista de admitidos y excluidos, en su caso. En dicha resolución, que se publicará en el Boletín de la Provincia, se indicará la causa de la exclusión, concediéndose un plazo de 10 días para la presentación de reclamaciones y subsanación de errores por los interesados legítimos, de conformidad con lo dispuesto en el art. 71 de la Ley 30/1992.

6.º Tribunales.

El Tribunal que calificará las pruebas selectivas estará compuesto por los siguientes miembros:

Presidente: El de la Corporación o miembro de la misma en quien delegue.

Secretario: El de la Corporación o funcionario de la misma en quien delegue.

Vocales: Un representante de la Junta de Andalucía. El

Interventor de Fondos de la Corporación. Un funcionario nombrado por la Alcaldía-Presidencia a propuesta de la Junta de Personal.

La designación del Tribunal incluirá la de sus respectivos suplentes.

Podrán asistir a las actuaciones del Tribunal Calificador, en calidad de observadores, un representante de cada uno de los Grupos Políticos con representación municipal.

Los vocales poseerán igual o superior titulación o

especialización a las exigidas para el acceso a la plaza convocada.

Los miembros del Tribunal deberán de abstenerse de intervenir, y los aspirantes podrán recursarlos, cuando concurran las circunstancias previstas en el art. 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de más de la mitad de sus miembros, titulares o suplentes, indistintamente.

7.º Comienzo y desarrollo de los ejercicios.

En la misma resolución que aprueba las listas de admitidos y excluidos se indicará composición nominal del Tribunal y el día de comienzo de las pruebas. Los sucesivos anuncios para la celebración de las restantes pruebas se harán públicos en el tablón de anuncios del Ayuntamiento con doce horas de

antelación del comienzo de las mismas si se trata del mismo ejercicio, o de cuarenta y ocho horas si se trata de un nuevo ejercicio.

En cualquier momento del proceso selectivo, si los Tribunales tuvieran conocimiento de que alguno de los aspirantes no posee la totalidad de los requisitos exigidos por la convocatoria, previa audiencia del interesado, deberá proponer su exclusión al Presidente del Tribunal.

8.º Procedimiento de selección.

El procedimiento de selección de los aspirantes constará de las siguientes fases, según se especifica en el Anexo.

1. Concurso.

2. Oposición.

1. Concurso.

En la fase de concurso se valorarán los siguientes méritos, si bien en ningún caso serán valorados los servicios prestados en puestos de trabajo reservados a personal eventual o de empleo, ni aquellos méritos contraidos con posterioridad al último día de plazo de presentación de solicitudes:

A) Méritos profesionales.

1.a. Por cada año completo de servicios prestados en Entidades Locales de más de 100.000 habitantes o sus Organismos Autónomos en plaza de igual o similar contenido a la que se opta: 0,50 puntos.

1.b. cada año completo de servicios prestados en otras

Administraciones Públicas en plaza de igual o similar contenido a la que se opta: 0,10 puntos.

1.c. Por cada año completo de servicios prestados en empresas privadas en plaza de igual o similar contenido a la que se opta: 0,10 puntos.

A estos efectos no se computarán servicios que hubieran sido prestados simultáneamente con otros igualmente alegados y se reducirán proporcionalmente los prestados a tiempo parcial.

Se establecen los siguientes límites de puntuación para los méritos profesionales alegados: Para los del apartado 1.a, 4 puntos; para los del apartado 1.b, 1 punto, y para los del apartado 1.c, 0,50 puntos.

B) Cursos, seminarios, congresos y jornadas.

B.1. Siempre que se encuentren relacionados con la plaza a que se opta:

De 10 a 60 horas de duración: 0,20 puntos.

De 61 a 100 horas de duración: 0,30 puntos.

Otras jornadas y cursos de duración no justificada: 0,10 puntos.

El límite de puntos a obtener por los méritos alegados por la asistencia a cursos, seminarios, congresos y jornadas se establece en: 2 puntos.

B.2. Por experiencia y conocimientos acreditados en relación a la Tesorería de Fondos: 3 puntos.

C) Entrevista curricular.

Valorándose por el Tribunal con un máximo de 2 puntos.

En ningún caso, la puntuación obtenida en el concurso podrá exceder de 10 puntos.

2. Fase de oposición.

Primer ejercicio: Consistirá en desarrollar, por escrito, durante un período máximo de dos horas, dos temas de carácter general, determinados por el Tribunal inmediatamente antes de celebrarse el ejercicio y relacionado con el programa, aunque no se atenga a epígrafe concreto del mismo.

Segundo ejercicio: Consistirá en la realización de un supuesto práctico que planteará el Tribunal inmediatamente antes de su comienzo, disponiendo los aspirantes de un tiempo máximo de dos horas para su realización.

9.º Acreditación de los méritos alegados.

1) Profesionales.

1.a) En la Administración: Certificación expedida por el Organo de la Administración con competencia en materia de personal, donde constará la denominación de la plaza que ocupa o haya ocupado, con expresión del tiempo que la haya venido

desempeñando y relación jurídica que haya mantenido o mantenga en el desempeño del mismo.

1.b) Fuera del ámbito de la Administración Pública, mediante el contrato de trabajo y certificación de la empresa

correspondiente o certificado de período de cotizaciones de la Seguridad Social, donde conste el período y grupo de

cotización.

2) Cursos, seminarios, congresos y jornadas.

Con certificado o diploma de asistencia y programa oficial del curso con indicación de horas lectivas.

3) Entrevista curricular.

Currículum vitae del aspirante.

4) Académicos.

Las titulaciones académicas se justificarán con el

correspondiente título o resguardo de solicitud del mismo.

Los méritos alegados y no justificados con la documentación determinada en este apartado no se valorarán.

10.º Sistema de calificación.

1.º Fase de concurso.

Los méritos alegados por los aspirantes serán valorados por el Tribunal conforme al baremo establecido en la base 8.ª, apartado 1, obteniéndose la media aritmética de las

puntuaciones otorgadas por los miembros del Tribunal.

2.º Fase de oposición.

Los miembros del Tribunal, para las plazas cuyo sistema sea el concurso-oposición, puntuarán cada ejercicio de la fase de oposición con un máximo de 10 puntos.

La puntuación de cada aspirante en los diferentes ejercicios será la media aritmética de las calificaciones de los miembros del Tribunal, siendo la calificación final la suma de las puntuaciones obtenidas en cada ejercicio. Todos los ejercicios de esta fase serán eliminatorios, siendo necesario para superar cada uno de ellos obtener un mínimo de cinco puntos. La puntuación total de la fase de oposición será la suma de las puntuaciones obtenidas en cada ejercicio.

La fase de concurso, que será previa a la oposición, no tendrá carácter eliminatorio ni podrá tenerse en cuenta para superar las pruebas de la fase de oposición. La puntuación definitiva y el orden de calificación estarán determinados por la suma de las puntuaciones obtenidas en las dos fases.

11.º Propuesta de selección.

Concluidas las pruebas, el Tribunal publicará en el tablón de anuncios de la Corporación la relación de aprobados por orden de puntuación, no pudiendo rebasar éstos el número de plazas convocadas, y elevará dicha relación al Organo Municipal competente.

Cualquier propuesta de aprobados que contravenga lo

anteriormente establecido será nula de pleno derecho.

12.º Presentación de documentos.

El aspirante propuesto deberá aportar al Departamento de Personal de este Excmo. Ayuntamiento, en el plazo de 20 días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación de la lista de aprobados en el tablón de anuncios del

Departamento de Personal, sito en C/ San Antonio (Edificio la Escuela), los siguientes documentos acreditativos de que poseen las condiciones de capacidad y los requisitos exigidos en las convocatorias:

a) Fotocopia compulsada del DNI.

b) Copia autentificada o fotocopia (acompañada de original para su compulsa) del título exigido en la respectiva convocatoria, o justificante de haber abonado los derechos para su

expedición.

c) Certificado médico de no padecer enfermedad o defecto físico que imposibilite el normal ejercicio de la función.

d) Declaración jurada de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de ninguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de

funciones públicas.

e) Tres fotografías tamaño carné.

Conforme a lo dispuesto en el art. 23 del R.D. 364/1995, del Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado, quien dentro del plazo indicado, y salvo caso de fuerza mayor, no presentase su documentación, o no reuniera los requisitos exigidos, no podrá ser nombrado y quedarán anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubiera podido incurrir por falsedad en la instancia por solicitar la admisión a las pruebas selectivas.

13.º Nombramiento y toma de posesión.

Una vez presentada la documentación, el Organo Municipal competente nombrará como funcionario al candidato seleccionado, debiendo tomar posesión de su cargo en el plazo de treinta días naturales, a contar del siguiente en que se le notifique el nombramiento. Quien, sin causa justificada, no tomara posesión en el plazo indicado perderá todos los derechos derivados de las pruebas selectivas y del nombramiento conferido.

14.º Incidencias.

El Tribunal Calificador queda facultado para resolver las dudas e incidencias que se presenten y adoptar los acuerdos

necesarios para el correcto desarrollo de los procesos

selectivos.

15.º Norma final.

La presente convocatoria y sus bases y cuantos actos

administrativos se deriven de ella y de las actuaciones de los Tribunales Calificadores podrán ser impugnados por los

interesados en los casos y en la forma establecidos por la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

A N E X O

Número de plazas convocadas: Una.

Escala: Administración Especial.

Subescala: Técnica.

Denominación: Diplomado en Empresariales.

Grupo: B.

Derechos de examen: 21,04 euros.

Sistema de selección: Concurso-oposición libre.

Titulación exigida: Diplomado en Empresariales.

Fase de concurso: La descrita en la base 8.ª, apartado 1, de las bases generales.

Fase de oposición: La descrita en la base 8.ª, apartado 2, de las bases generales, ateniéndose al siguiente:

P R O G R A M A

Tema 1. La Constitución Española de 1978: Significado,

estructura y contenido. Principios generales.

Tema 2. Los derechos y los deberes fundamentales de los ciudadanos.

Tema 3. La Corona. El Poder Legislativo, el Poder Ejecutivo y el Poder Judicial.

Tema 4. Organización Territorial del Estado. Las Comunidades Autónomas y sus Estatutos.

Tema 5. El Estatuto de Autonomía de Andalucía. Bandera y organización territorial.

Tema 6. La Junta de Andalucía: Organización y competencias. El Parlamento: Competencias y funciones. El Consejo Ejecutivo: Composición y funciones.

Tema 7. El Municipio. Organización municipal, competencias y funcionamiento.

Tema 8. Organos de Gobierno Municipal. El Alcalde. El Pleno: Composición y funciones. Organos complementarios.

Tema 9. Organización y funcionamiento del Ayuntamiento de Algeciras.

Tema 10. La función pública local y su organización.

Tema 11. Derechos y deberes del personal al servicio de la Administración Local.

Tema 12. El acto administrativo: Principios generales y fases del procedimiento administrativo general.

Tema 13. Las competencias de la Administración Local desde una perspectiva económica: Naturaleza y magnitud en relación a la restricción de los recursos disponibles.

Tema 14. Las actividades de las Entidades Locales en el ámbito de la promoción económica.

Tema 15. Los diferentes modelos de gestión de los servicios y actividades públicas locales. Ventajas e inconvenientes. El régimen económico y financiero.

Tema 16. Problemática de los servicios supramunicipales y las Entidades Locales intermedias.

Tema 17. La Unión Europea. El euro.

Tema 18. Formas de gestión de los servicios públicos.

Tema 19. Fiscalidad y medio ambiente. Impuestos

medioambientales. La intervención mediante subsidios.

Tema 20. El presupuesto público. Concepto y clases. Principios presupuestarios. Presupuesto y actividad económica.

Tema 21. La racionalización del gasto público. El presupuesto por programas. Concepto y técnica.

Tema 22. El presupuesto de base cero. Concepto y técnica.

Tema 23. Evaluación y selección de inversiones públicas. Técnicas más usuales. La determinación de los costes y

beneficios sociales. Relación con la programación financiera.

Tema 24. El seguimiento de los programas: Los indicadores de gestión y los costes como instrumento de análisis.

Tema 25. Indicadores de necesidades sociales. Indicadores demográficos. Indicadores socioeconómicos. Otros indicadores.

Tema 26. Las técnicas contables en la administración pública. Contabilidad pública. El Plan General de Contabilidad Pública. Funcionamiento del modelo contable del PGCP.

Tema 27. La contabilidad de costes. Métodos de asignación de costes. La aplicación de la contabilidad analítica en el sector público.

Tema 28. Los costes estándard: Importancia en el control de gestión.

Tema 29. La contabilidad analítica y el presupuesto por programas.

Tema 30. Federalismo fiscal. Concepto y ámbito del federalismo fiscal.

Tema 31. Provisión de bienes públicos locales. Naturaleza y demanda de bienes públicos. Teorema de la descentralización.

Tema 32. La Hacienda territorial en España. Consecuencias del modelo de Estado en la Constitución y los Estatutos de

Autonomía.

Tema 33. Financiación autonómica en España: Régimen general.

Tema 34. Financiación autonómica en España: Régimen foral.

Tema 35. Las finanzas locales. Principios básicos y fuentes normativas. Volumen e importancia en el sector público.

Tema 36. Las finanzas de las Diputaciones: Fuentes de ingresos. Estructura y evolución.

Tema 37. La imposición municipal. Imposición directa e

indirecta.

Tema 38. El endeudamiento municipal. Modalidades y su

regulación.

Tema 39. Las subvenciones y las transferencias del Gobierno central a las finanzas locales. Clases y efectos. El caso español.

Tema 40. Análisis comparativo de la financiación de la

Administración Local en Europa.

Tema 41. Gestión de los tributos locales: Liquidación e inspección, recaudación en período voluntario, la recaudación en período ejecutivo.

Tema 42. El Impuesto sobre Bienes Inmuebles: El hecho

imponible, sujeto pasivo, exenciones.

Tema 43. El Impuesto sobre Bienes Inmuebles: La base imponible, cuotas, recargos, gestión.

Tema 44. El Impuesto sobre Actividades Económicas: Objeto, hecho imponible, sujeto pasivo, cuotas tributarias, recargo provincial, gestión.

Tema 45. Precios públicos y precios políticos. Precios privados y casi privados. Contribuciones especiales.

Tema 46. El presupuesto en las Corporaciones Locales.

Regulaciones presupuestarias de las Corporaciones Locales. La Ley General Presupuestaria: Principios generales.

Tema 47. Estructura y formación del presupuesto en las

Corporaciones Locales. Elaboración, tramitación y aprobación.

Tema 48. El presupuesto de las Corporaciones Locales: Bases de ejecución, niveles de vinculación y las modificaciones de crédito.

Tema 49. Régimen jurídico del gasto público local del Estado español. La regulación legal y los límites del gasto público local. El interventor de fondos. La ordenación del gasto. El depositario de fondos. La ordenación de pagos.

Tema 50. La instrucción de contabilidad por la Administración Local. Ambito de aplicación, contenidos y objetivos.

Contabilidad presupuestaria y contabilidad financiera.

Tema 51. La contabilidad presupuestaria y de gestión: El presupuesto de ingresos.

Tema 52. La contabilidad presupuestaria y de gestión: El presupuesto de gastos.

Tema 53. Lectura de los resultados económicos y financieros de la Administración Local. El Remanente de Tesorería. El

Resultado Presupuestario. El Resultado Contable.

Tema 54. La cuenta general de la Administración Local.

Tema 55. Análisis de los estados financieros: Estructura patrimonial y resultados.

Tema 56. El control de la actividad financiera de las

Administraciones Locales. El control interno. El Tribunal de Cuentas y los órganos de fiscalización de las Comunidades Autónomas.

Tema 57. El control interno en la Administración Local. Sistemas y clases de control. Análisis de la normativa vigente.

Tema 58. Control interno de la gestión financiera en España. Procedimientos y ámbitos de aplicación. La función

interventora.

Tema 59. Control de carácter financiero. Normas de auditoría en el sector público. Otros tipos de control.

Tema 60. Circuito en la tramitación del gasto: Procedimiento administrativo y control interno.

Algeciras, 18 de abril de 2002.- El Alcalde, Patricio

González García.

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