Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 60 de 23/05/2002

5. Anuncios5.2 Otros anuncios

Consejería de Cultura

ANUNCIO de la Delegación Provincial de Cádiz, por el que se somete a información pública el expediente para la declaración de Bien de Interés Cultural, categoría Conjunto Histórico, del Conjunto Histórico de Tarifa (Cádiz).

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Encontrándose en tramitación el procedimiento para la declaración de Bien de Interés Cultural, categoría Conjunto Histórico, del Conjunto Histórico de Tarifa (Cádiz) (cuya descripción y delimitación literal y gráfica figuran en el Anexo al presente anuncio), y atendiendo al estado en que se encuentran las actuaciones, se anuncia la apertura de período de información pública del expediente, de conformidad con los artículos 9.2 de la Ley 16/85, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español; 13.1 de su reglamento de desarrollo, Real Decreto 111/1986, de 10 de enero; 86 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y apartado 13.2 de la Resolución de 1 de junio de 1999, de la Dirección General de Bienes Culturales, por la que se delegan en los Delegados Provinciales de la Consejería determinadas competencias en materia de Patrimonio Histórico (BOJA núm. 73, de 26 de junio).

A tal efecto, el expediente en cuestión estará de manifiesto por plazo de veinte días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio, para que cuantos tengan interés en el mismo puedan, en el plazo citado, examinarlo y formular las alegaciones que estimen pertinentes.

El lugar de exhibición es la Delegación Provincial de Cultura de Cádiz, Departamento de Protección del Patrimonio Histórico, C/ Cánovas del Castillo, núm. 35, planta baja, de nueve a catorce horas.

Cádiz, 18 de abril de 2002.- La Delegada, Josefa Caro Gamaza.

ANEXO

I. JUSTIFICACION DE LA DELIMITACION

Tarifa conserva una serie de valores históricos, urbanísticos, arquitectónicos y artísticos que justifican su protección y declaración como Conjunto Histórico.

Desde un punto de vista histórico, su posición, junto con otros pueblos de la zona, en la frontera del reino nazarí de Granada, le señaló como puesto estratégico cuyo elemento esencial, el Castillo, favoreció la creación de un núcleo urbano que se desarrolló al amparo de aquél. La ciudad surge como punto estratégico avanzado de vigilancia costera. Existiendo indicios de una posible ubicación de la ciudad romana Julia Traductan, no es hasta la invasión islámica cuando se inicia una evolución urbana clara e ininterrumpida hasta hoy. La trama urbana se ha vinculado con el Castillo a través de la expansión de su recinto amurallado, creando un asentamiento, que se revaloriza tanto por la gran riqueza de la propia trama urbana como por las tipologías edificatorias y los espacios intersticios urbanos que se crean como consecuencia de la gran ocupación del recinto amurallado.

Urbanísticamente conserva los paramentos de una trama histórica que se ha mantenido desde el momento de su formación. La trama actual se encontraba ya formada durante el siglo XIV, sobre ella se observan pocas intervenciones que lejos de desvirtuar su valor lo incrementan, surgen así: Calles estrechas, manzanas irregulares, plazuelas; en suma, un urbanismo orgánico vinculado a necesidades de crecimiento y de comunicación que se plantean a medida que avanza el tiempo.

La arquitectura, por su parte, y en relación con ella sus valores artísticos, es también un elemento importante a considerar destacando el conjunto de las Murallas, el Castillo de Guzmán el Bueno, la Iglesia Mayor de San Mateo, la Puerta de Jerez, la Iglesia de San Francisco, la Capilla del Asilo de San José y otros inmuebles de interés y particular relevancia.

II. DESCRIPCION LITERAL DE LA DELIMITACION

La delimitación para la declaración de Bien de Interés

Cultural del Conjunto Histórico de Tarifa comprende las parcelas, inmuebles, elementos y espacios públicos y privados comprendidos dentro de la línea de delimitación que figura en el plano del presente Anexo. A continuación se establece una relación de las manzanas y parcelas catastrales que constituyen el límite del mismo.

Comienza por la Torre de Guzmán el Bueno, correspondiéndose a la manzana catastral 55854, parcelas 12, 13, 14 y 15. A partir de este punto, la línea continúa siguiendo el trazado de la muralla que limita interiormente la Plaza Miramar y la calle Jesús. Rodea la Torre de los Maderos y discurre por la muralla recorriendo las traseras de la Iglesia de Jesús y de las parcelas: Manzana 57865, parcela 01; manzana 57877, parcelas

16, 12, 08, 04, 03, 02, 01, 17; manzana 56876 parcelas 15, 11,

13, 14; manzana 56874 parcelas 05, 04, 03, 02. Cruza la calle General Copons, en la llamada Puerta del Retiro, para continuar por la muralla con las traseras de las siguientes parcelas: Manzana 56886 parcela 01; manzana 56883 parcelas 02, 03, 04,

05, 06; manzana 55898 parcelas 02, 03, 04, 05, 09, 01. Rodea la Torre del Corchuelo continuando por las fachadas de las parcelas: Manzana 54884 parcelas 08, 07, 06, 05, 04, 19, 03,

02, 01, 22. Cruza por la Puerta de Jerez continuando por las fachadas de las siguientes parcelas: Manzana 53874 parcelas 05,

06, 07, 04, 03, 02, 01, 10. Bordea la Torre de los Pintores continuando dentro de la misma manzana por las parcelas 16, 15,

10, 13, 14; continúa por la manzana 53865 parcelas 16, 01, 02,

03, 04, 05, 06, 07, 08, 09, 10, 11, 12, 13, 14, 15. A partir de este punto la línea cruza la calle Sancho IV el Bravo hasta su encuentro con la Torre de Guzmán el Bueno, donde comenzamos con la descripción literal.

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