Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 62 de 28/05/2002

5. Anuncios5.2 Otros anuncios

Otros. AYUNTAMIENTO DE RINCON DE LA VICTORIA

ANUNCIO de rectificación de bases (BOJA núm. 35, de 23.3.2002).

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

Por Decreto de la Alcaldía de fecha veinticinco de abril actual y en cumplimiento del requerimiento efectuado de conformidad con el artículo 65 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, por la Delegación del Gobierno en Málaga de la Junta de Andalucía, en relación con el contenido de ciertas Bases de la Convocatoria para la Provisión de diez plazas de Policía del Cuerpo de Policía Local, 8 mediante el sistema de oposición libre y 2 mediante movilidad (concurso de méritos), vacantes en la plantilla de funcionarios de este Ayuntamiento, publicadas en el BOJA número 35, de 23 de marzo, y BOP número 59, de 27 de marzo, rectificando el contenido de las Bases que a continuación se indican, las que quedan redactadas de la siguiente forma:

1. En lo que a la denominación de las Bases se refiere, deberá contenerse las siguientes: Bases para la provisión de Diez Plazas de Policía del Cuerpo de la Policía Local , 8 mediante el sistema de oposición libre y 2 mediante Movilidad (Concurso de Méritos), vacantes en la plantilla de Funcionarios de este Ayuntamiento.

2. La Base 4. Instancias y presentación tendrá la siguiente redacción:

A) Los aspirantes deberán presentar instancia, solicitando participar en la convocatoria, especificando a la plaza que se opta «Oposición Libre o Movilidad¯, se dirigirán al Alcalde- Presidente de la Corporación y en la misma se declararán por los solicitantes que reúnen todos los requisitos exigidos en la convocatoria.

3. Base 7. Comienzo y desarrollo de la oposición, queda modificada la redacción de los apartados a) y e) en los siguientes términos:

a) La fecha, hora y lugar en que darán comienzo los ejercicios de la oposición serán publicados, al menos, con quince días de antelación en el BOP y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento. Una vez comenzadas las pruebas selectivas no será obligatoria la publicación de los sucesivos anuncios de la celebración de las respectivas pruebas en el BOP, debiendo hacerse públicos por el Tribunal en el tablón de anuncios de la Corporación, con doce horas, al menos, de antelación al comienzo de éste, si se trata del mismo ejercicio o de 24 horas si se trata de uno nuevo. Desde la total conclusión de un ejercicio o prueba hasta el comienzo del siguiente debe transcurrir un plazo mínimo de setenta y dos horas y máximo de cuarenta y cinco día naturales.

e) Los ejercicios de la prueba cuarta de la oposición serán calificados por cada miembro del Tribunal, otorgando una puntuación de 0 a 10 puntos, siendo necesarios para aprobar obtener 5 puntos en las contestaciones y otros 5 en la resolución práctica. La calificación final será la suma dividida por 2. Para su realización se dispondrá de 3 horas, como mínimo.

En el supuesto de que se produzca un empate en la puntuación obtenida por los aspirantes, se seguirán los siguientes criterios para resolverlo, por orden de preferencia.

- Mayor puntuación obtenida por los candidatos en el ejercicio práctico.

- Mayor edad de los aspirantes.

4. Base 8.2. Fase de oposición. Constará de los siguientes ejercicios eliminatorios:

A) Primer ejercicio. Superación de las pruebas físicas

obligatorias y opcional (natación), para la categoría de Policía Local, recogidas en la Orden de la Consejería de Gobernación de la Junta de Andalucía de 14 de noviembre de

2000, por la que se establecen las pruebas de acceso a las distintas categorías de los Cuerpos de Policía Local de Andalucía (BOJA núm. 144, de fecha 14 de diciembre de 2000).

Para la realización de las pruebas de aptitud física, los aspirantes deberán entregar al Tribunal Calificador, antes de efectuarse el reconocimiento facultativo, un certificado médico en el que se haga constar que el aspirante reúne las

condiciones físicas precisas para realizar las pruebas

deportivas.

La calificación será de apto o no apto.

Si alguna de las aspirantes a la fecha de celebración de las pruebas físicas se encontrara en estado de embarazo, parto o puerperio, debidamente acreditado, realizará el resto de pruebas, quedando la calificación, en el caso de que superase todas las demás, condicionada a la superación de las pruebas de aptitud física, en la fecha en que el Tribunal determine al efecto, una vez desaparecidas las causas que motivaron el aplazamiento, circunstancia que la aspirante deberá comunicar inmediatamente al Tribunal. Dicho plazo no podrá superar los 6 meses de duración, desde el comienzo de las pruebas selectivas, salvo que se acredite con certificación médica que persisten las causas, en cuyo caso se podrá ampliar dicho plazo otros 6 meses. Cuando las plazas convocadas sean más que las aspirantes que se han acogido al anterior derecho, esta circunstancia no afectará al desarrollo del procedimiento selectivo en los demás casos.

5. Nueva redacción de la Base 11. Punto 11.2.

Una vez nombrados Funcionarios en prácticas, deberán realizar y superar con aprovechamiento el curso correspondiente en la Escuela de Seguridad Pública de Andalucía, o de cualquier otro municipio que esté concertada con la misma.

Estarán exentos de realizar los cursos de ingreso o de

capacitación quienes ya hubieran superado el correspondiente a la misma categoría a la que aspiran en la Escuela de Seguridad Pública de Andalucía o escuelas concertadas; en el caso de las Escuelas Municipales de Policía Local, los cursos necesitarán la homologación de la Escuela de Seguridad Pública de

Andalucía. Esta exención tendrá una duración de cinco años a contar desde la superación del curso realizado, hasta la fecha de terminación de las fases de oposición, concurso-oposición o concurso.

Los alumnos de los cursos cuya superación sea precisa para el ingreso en los Cuerpos de la Policía Local tendrán la

consideración de funcionarios en prácticas durante la

realización de los mismos.

Dichas rectificaciones deberán publicarse en los periódicos oficiales correspondientes y en el tablón de anuncios de la Casa Consistorial, bien entendido que el resto de las Bases no sufren alteración alguna.

Con traslado de la presente Resolución a la Delegación del Gobierno en Málaga de la Junta de Andalucía.

Rincón de la Victoria, 25 de abril de 2002.- El Alcalde, José María Gómez Muñoz.

Descargar PDF