Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 63 de 30/05/2002

3. Otras disposiciones

Consejería de la Presidencia

RESOLUCION de 27 de marzo de 2002, del Instituto Andaluz de la Juventud, por la que se hace pública la relación de beneficiarios de ayudas a estudiantes andaluces para la adquisición de equipos informáticos establecidas en el convenio de colaboración entre la Junta de Andalucía, las Universidades de Andalucía, las empresas del Sector Informático y las Entidades Financieras operantes en Andalucía, en virtud de la norma que se cita.

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La Orden de la Consejería de la Presidencia de 12 de marzo de 2001, mantiene la vigencia durante 2001 de la de 29 de diciembre de 1999 por la que se convoca y regula la concesión de ayudas a estudiantes andaluces para la adquisición de equipos informáticos establecidos en el Convenio de Colaboración firmado entre la Junta de Andalucía, las Universidades, las empresas del Sector Informático y las Entidades Financieras operantes en Andalucía.

El artículo 1 de la citada Orden mantiene la vigencia de la Orden de la Consejería de la Presidencia de 29 de diciembre de

1999 hasta el 31 de diciembre de 2001.

Según lo dispuesto en el artículo 4.1 de dicha Orden, la competencia para resolver corresponde al Director General del Instituto Andaluz de la Juventud, como Organismo Autónomo adscrito a la Consejería de la Presidencia.

La financiación de las subvenciones reguladas en la citada Orden se realizará con cargo a los créditos consignados en el concepto presupuestario 01.01.32.01.00.485.04.22D.0.

En uso de las atribuciones conferidas en el artículo 4.1 de la Orden de 12 de marzo de 2001, así como en su Disposición Final Primera, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 109 de la Ley 5/1983, de 19 de julio, de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía,

D I S P O N G O

1. De conformidad con lo establecido en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, resulta procedente hacer pública la relación de beneficiarios de dichas ayudas que figura en el Anexo de la presente Resolución y que sustituye a la notificación surtiendo sus mismos efectos. Asimismo, dicha relación se publicará en los tablones de anuncios del Instituto Andaluz de la Juventud y sus Direcciones Provinciales.

2. Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, cabe interponer recurso de reposición, con carácter potestativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con los artículos

116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con lo previsto en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 27 de marzo de 2002.- El Director General, Joaquín Dobladez Soriano.

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