Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 65 de 04/06/2002

4. Administración de justicia

Otros. JUZGADO DE 1ª INSTANCIA E INSTR. Nº 2 DE FUENGIROLA

EDICTO dimanante del procedimiento verbal núm. 246/2001. (PD. 1576/2002).

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C/ Párroco Juan A. Jiménez Higuero, 31.

Fax. Tel.: 95/247.91.58, 95/247.92.16.

NIG: 2905441C20012000521.

Procedimiento: J. Verbal (N) 246/2001. Negociado: MT. Sobre: Reclamación de cantidad.

De: C.P. Rancho Miraflores Sección «A¯.

Procurador: Sr. López Alvarez, Antonio.

Letrado/a: Sr./a.

Contra: I.S. International Japan Co.

E D I C T O

CEDULA DE NOTIFICACION

En el procedimiento J. Verbal (N) 246/2001, seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Dos de Fuengirola a instancia de C.P. Rancho Miraflores Sección «A¯ contra I.S. International Japan Co., sobre reclamación de cantidad, se ha dictado la sentencia que, copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

«En la ciudad de Fuengirola (Málaga), a 9 de abril de 2002, la Ilma. Sra. Magistrado-Juez Titular de este Juzgado, doña Esperanza Brox Martorell, ha visto los presentes autos de Juicio Verbal (reclamación de cantidad), seguidos bajo el número 246/01, en virtud de demanda de Comunidad de Propietarios Rancho Miraflores, Sección A, representada por el Procurador don Antonio López Alvarez, bajo la defensa de la Letrada doña Angela Morcillo Campaña, contra la entidad I.S. International Japan, Co.

F A L L O

Que estimando como estimo la demanda formulada por la representación procesal de la Comunidad de Propietarios Rancho Miradores, Sección A, frente a la sociedad I.S. International Japan Co., debo condenar y condeno a dicha demandada a que abone a la actora la suma de 1.794,80 euros, más los intereses devengados a partir del 30 de diciembre de 2000, hasta su completo pago, a razón del 2% mensual, y al pago de las costas procesales.

Líbrese y únase certificación literal de esta resolución a las actuaciones, con inclusión de la original en el Libro de Sentencias.

Contra esta resolución cabe recurso de apelación, que se interpondrá por escrito ante este Juzgado en término de cinco días.

Así, por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en la primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.¯

Y con el fin de que sirva de notificación en forma al demandado I.S. International Japam Co., extiendo y firmo la presente en Fuengirola, a diecisiete de abril de dos mil dos.- El/La Secretario.

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