Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 66 de 06/06/2002

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Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico

ANUNCIO de la Delegación Provincial de Sevilla, sobre notificación de Resolución de 5 de abril de 2002, recurso ordinario interpuesto por don Francisco Sánchez Moya.

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La Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico en Sevilla, ha dictado con fecha 8 de mayo de 2002, el siguiente acto:

«Visto el recurso ordinario interpuesto por don Francisco Sánchez Moya, contra resolución de la Delegación Provincial de la Consejería de Trabajo e Industria en Sevilla, de fecha 13 de noviembre de 1998, recaída en expediente de reclamación núm.

8181/98, instruido a la empresa EMASESA.

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. La resolución acordó:

No rehacer la facturación, ya que tras la verificación del contador correspondiente al suministro núm. 0100577780, marca Zenner 13 MM, núm. 96082491, éste funciona con un error de:

- -2% para Qmin < Q < Qt.

- -0,5% para Qt < Q < Qmáx.

Que está dentro de los límites establecidos por el Reglamento del Suministro Domiciliario de Agua, aprobado por Decreto

120/1991, de 11 de junio.

Segundo. Contra dicha resolución interpuso en tiempo y forma recurso ordinario don Francisco Sánchez Moya, cuyos argumentos a efectos de rebatir la resolución impugnada, damos por reproducidos en aras de la economía del procedimiento.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. Que esta Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico, es competente para conocer y resolver el presente recurso, a tenor de lo dispuesto en el artículo 114.1 de la Ley

30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; artículo 39.8.º de la Ley 6/1983, de 21 de julio, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía; Decreto del Presidente 6/2000, de 28 de abril, sobre Reestructuración de Consejerías y Decreto 244/2000, de 31 de mayo, por el que se regula la Estructura Orgánica de la Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico, habiendo sido observadas en la tramitación las prescripciones legales y reglamentarias de aplicación.

Segundo. A la vista del recurso ordinario interpuesto hemos de manifestar que los argumentos utilizados por el dicente no refutan la resolución impugnada ya que ha quedado acreditado en el expediente que el contador tras una verificación adecuadamente realizada funciona con un margen de error inferior a los máximos tolerados, según el artículo 34 del Reglamento del Suministro Domiciliario de Agua, aprobado por Decreto 120/1991, de 11 de junio, por el que se aprueba el Reglamento del Suministro Domiciliario de Agua.

Vistos los preceptos legales citados y demás de general aplicación, esta Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico.

R E S U E L V E

Desestimar el recurso ordinario interpuesto por don Francisco Sánchez Moya, contra resolución de la Delegación Provincial de la Consejería de Trabajo e Industria en Sevilla, de fecha referenciada, confirmando la misma en todos sus términos.

Contra la presente resolución que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso- administrativo, a elección del recurrente, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Sevilla, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 46.1 de la Ley

29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción

Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 5 de abril de 2002. El Consejero, P.D.: El Secretario General de Industria y Desarrollo Tecnológico (Orden de 3 de octubre de 2000). Fdo.: Manuel López Casero.

Mediante la presente, se le notifica la repetida Resolución como interesado en el expediente núm. 437/97/DE y se le emplaza para que pueda comparecer y personarse en el Recurso

Contencioso-Administrativo núm. 287/2001, del que se ha hecho anterior mención, en el plazo de nueve días. El Delegado Provincial. Fdo.: Antonio Rivas Sánchez.¯

Y ello para que sirva de notificación a don Francisco Sánchez Moya, al no haberse podido llevar a cabo en el domicilio constante en el expediente C/ La Luisiana núm. 3, de Sevilla, de acuerdo con lo previsto en el artículo 59.4 de la Ley

30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Sevilla, 20 de mayo de 2002.- El Delegado, Antonio Rivas Sánchez.