Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 68 de 11/06/2002

1. Disposiciones generales

Consejería de Salud

ORDEN de 13 de mayo de 2002, de supresión, modificación y creación de ficheros de datos de carácter personal.

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

El art. 20 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal (LOPD) establece que la creación, modificación o supresión de los ficheros de las Administraciones Públicas sólo podrá hacerse por medio de disposición general publicada en el diario oficial correspondiente.

La Orden de 25 de julio de 1994 publicó la primera relación de ficheros de tratamiento automatizado de datos de esta Consejería, en aplicación de lo dispuesto en la, entonces vigente, Ley Orgánica 5/1992, de 29 de octubre, de Regulación del Tratamiento Automatizado de los Datos de Carácter Personal. La Orden de 21 de enero de 1998 amplió los ficheros contenidos en la Orden de 25 de julio de 1994, referidos a la Secretaría General Técnica, y, posteriormente, la Orden de 9 de febrero de

2000 suprimió algunos de los mismos.

Para posibilitar la adecuada gestión de las competencias atribuidas a la Secretaría General Técnica de esta Consejería resulta necesaria la creación de nuevos ficheros de datos de carácter personal.

Por otra parte, deben adaptarse los ficheros a lo dispuesto en el artículo 20.2 de la LOPD indicando el nivel de las medidas de seguridad correspondiente a cada uno de estos ficheros, en aplicación del Real Decreto 994/1999, de 11 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de medidas de seguridad de los ficheros automatizados que contengan datos de carácter personal.

Finalmente, en virtud del Decreto del Presidente 148/1994, de 2 de agosto, sobre reestructuración de Consejerías, se atribuyeron las competencias en materia de consumo a la Consejería de Industria, Comercio y Turismo, dejando de utilizarse por esta Secretaría General Técnica el fichero denominado «Recursos Consumo¯, por lo que se procede a su supresión.

En su virtud, de acuerdo con las atribuciones conferidas a esta Consejería por el art. 44.4 de la Ley de Gobierno y Administración de la Comunidad Autónoma y a fin de dar cumplimiento al mandato del citado art. 20 de la Ley Orgánica

15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal,

DISPONGO

Primero. Creación de ficheros.

Se amplia la relación de ficheros de datos de carácter personal referidos a la Secretaría General Técnica, regulada en la Orden de 25 de julio de 1994 y modificada por la Orden de 21 de enero de 1998 y la Orden de 9 de febrero de 2000, con la inclusión de siete nuevos ficheros que se describen en el Anexo I de la presente Orden.

Segundo. Supresión de ficheros.

Se suprime el fichero de datos de carácter personal núm. 4 denominado, «Recursos Consumo¯, regulado por la Orden de 25 de julio de 1994, cuyo órgano responsable es la Secretaría General Técnica. Los datos personales que figuren en los archivos informáticos serán borrados, destruyéndose los soportes en los que aquellos figuren y sin que se guarden en ningún tipo de registro.

Tercero. Modificación de ficheros.

Se introducen las modificaciones y adaptaciones en los ficheros de datos de carácter personal, cuyo órgano responsable es la Secretaría General Técnica, regulados por la Orden de 25 de julio de 1994 y por la Orden de 21 de enero de 1998, que se recogen en el Anexo II.

Cuarto. Cesión de datos.

Los datos de carácter personal contenidos en los ficheros creados por esta Orden sólo podrán ser cedidos en los términos previstos en los artículos 11 y 21 de la LOPD.

Quinto. Derechos de acceso, rectificación y cancelación. Los afectados por estos ficheros de datos de carácter personal pueden ejercitar sus derechos de acceso, rectificación y cancelación de datos cuando proceda, ante el órgano que para cada fichero se concreta en el Anexo I de esta Orden.

Sexto. Entrada en vigor.

La presente Orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 13 de mayo de 2002

FRANCISCO VALLEJO SERRANO

Consejero de Salud

ANEXO I

FICHEROS DE NUEVA CREACION

1. Control de presencia.

a) Finalidad del fichero: Control de la asistencia al trabajo del personal de la Consejería de Salud.

b) Personas o colectivos sobre los que se pretende obtener datos de carácter personal: Trabajadores de los servicios centrales de la Consejería de Salud de la Junta de Andalucía.

c) Procedimiento de recogida de datos: Formularios diversos de petición de permisos o de comunicación de incidencias de asistencia.

d) Estructura básica del fichero: El fichero es una base de datos asociada a un reloj de control temporal.

e) Descripción de los datos de carácter personal incluidos en el mismo:

- Nombre y apellidos.

- DNI.

- Tipo de jornada del personal.

- Hora de entrada y salida.

- Tipo de personal: Funcionario, laboral, comisión de

servicios.

- Incidencias: Bajas por enfermedad, ausencias por enfermedad, permisos, licencias y vacaciones.

f) Cesiones de datos personales previstas: Dirección General de Organización, Inspección y Calidad de los Servicios.

g) Organo responsable del fichero: Secretaría General Técnica de la Consejería de Salud.

h) Servicio ante el que pueden ejercitarse los derechos de acceso, cancelación y rectificación: Servicio de Administración General y Personal. Secretaría General Técnica de la Consejería de Salud, Avda. de la Innovación, s/n, 41071, Sevilla.

i) Medidas de seguridad: Las correspondientes al nivel básico de acuerdo con la normativa vigente.

2. Gracur.

a) Finalidad del fichero: Gestión ante el IAAP de la

inscripción de los cursos realizados por personal de la Consejería de Salud.

b) Personas o colectivos sobre los que se pretende obtener datos de carácter personal: Trabajadores de los servicios centrales y periféricos de la Consejería de Salud de la Junta de Andalucía.

c) Procedimiento de recogida de datos: Formularios de petición de actividades formativas del plan de la Consejería de Salud.

d) Estructura básica del fichero: Base de datos.

e) Descripción de los datos de carácter personal incluidos en el mismo:

- Nombre y apellidos.

- DNI.

- Puesto de trabajo que ocupan.

- Grupo de pertenencia.

- Situación administrativa.

- Curso realizado.

f) Cesiones de datos personales previstas: Instituto Andaluz de Administración Pública.

g) Organo responsable del fichero: Secretaría General Técnica de la Consejería de Salud.

h) Servicio ante el que pueden ejercitarse los derechos de acceso, cancelación y rectificación: Servicio de Administración General y Personal. Secretaría General Técnica de la Consejería de Salud, Avda. de la Innovación, s/n, 41071, Sevilla.

i) Medidas de seguridad: Las correspondientes al nivel básico de acuerdo con la normativa vigente.

3. Cursos.

a) Finalidad del fichero: Gestión de los cursos impartidos por la Consejería de Salud.

b) Personas o colectivos sobre los que se pretende obtener datos de carácter personal: Trabajadores de los servicios centrales y periféricos de la Consejería de Salud de la Junta de Andalucía.

c) Procedimiento de recogida de datos: Formularios de petición de actividades formativas del plan de la Consejería de Salud.

d) Estructura básica del fichero: Base de datos.

e) Descripción de los datos de carácter personal incluidos en el mismo:

- Nombre y apellidos.

- DNI.

- Grupo de pertenencia.

- Adscripción: Funcionario, laboral, eventual, otros.

- Nombre del curso.

f) Cesiones de datos personales previstas: Ninguna.

g) Organo responsable del fichero: Secretaría General Técnica de la Consejería de Salud.

h) Servicio ante el que pueden ejercitarse los derechos de acceso, cancelación y rectificación: Servicio de Administración General y Personal. Secretaría General Técnica de la Consejería de Salud, Avda. de la Innovación, s/n, 41071, Sevilla.

i) Medidas de seguridad: Las correspondientes al nivel básico de acuerdo con la normativa vigente.

4. Productividad.

a) Finalidad del fichero: Valoración de la productividad del personal de los Servicios Centrales.

b) Personas o colectivos sobre los que se pretende obtener datos: Personal funcionario e interino de los servicios centrales de la Consejería de Salud de la Junta de Andalucía.

c) Procedimiento de recogida de datos: Los datos proceden del archivo de personal y de las valoraciones de los jefes de servicio, que se realizan mediante un formulario informático de recogida de datos.

d) Estructura básica del fichero: Base de datos.

e) Descripción de los datos de carácter personal incluidos en el mismo:

- Nombre y apellidos.

- DNI.

- Autonomía con que se desarrolla el trabajo, asistencia horaria y absentismo, disponibilidad y actitud positiva ante actitudes extraordinarias y trabajo en equipo y nivel de información y actitud autoformativa respecto a su puesto de trabajo en relación con los objetivos del servicio.

- Importe de la productividad.

f) Cesiones de datos personales previstas: Registro General de Personal de la Junta de Andalucía.

g) Organo responsable del fichero: Secretaría General Técnica de la Consejería de Salud.

h) Servicio ante el que pueden ejercitarse los derechos de acceso, cancelación y rectificación: Servicio de Administración General y Personal. Secretaría General Técnica de la Consejería de Salud, Avda. de la Innovación, s/n, 41071, Sevilla.

i) Medidas de seguridad: Las correspondientes al nivel básico de acuerdo con la normativa vigente.

5. Gestión de telefonía.

a) Finalidad del fichero: Listín actualizado de las

extensiones telefónicas del personal de la Consejería.

b) Personas o colectivos sobre los que se pretende obtener datos: Personal de la Consejería.

c) Procedimiento de recogida de datos: Los datos provienen del archivo de personal.

d) Estructura básica del fichero: Base de datos.

e) Descripción de los datos de carácter personal incluidos en el mismo:

- Nombre y apellidos.

- Dependencia en la que trabaja.

- Puesto de trabajo.

f) Cesiones de datos personales previstas: Sociedad Andaluza para el Desarrollo de la Sociedad de la Información (SADESI, S.A.).

g) Organo responsable del fichero: Secretaría General Técnica de la Consejería de Salud.

h) Servicio ante el que pueden ejercitarse los derechos de acceso, cancelación y rectificación: Servicio de Documentación y Ordenación Administrativa. Secretaría General Técnica de la Consejería de Salud, Avda. de la Innovación, s/n, 41071, Sevilla.

i) Medidas de seguridad: Las correspondientes al nivel básico de acuerdo con la normativa vigente.

6. Control de visitas.

a) Finalidad del fichero: Control de accesos de visitas a la Consejería de Salud de la Junta de Andalucía.

b) Personas o colectivos sobre los que se pretende obtener datos: Ciudadanos que vayan a realizar cualquier gestión en la misma.

C) Procedimiento de recogida de datos: Entrevista a las personas que pretendan acceder a la misma.

d) Estructura básica del fichero: Base de datos.

e) Descripción de los datos de carácter personal incluidos en el mismo: Nombre, apellidos y DNI de las personas que visitan la Consejería.

f) Cesiones de datos personales previstas: No se prevén.

g) Organo responsable del fichero: Secretaría General Técnica de la Consejería de Salud.

h) Servicio ante el que pueden ejercitarse los derechos de acceso, cancelación y rectificación: Servicio de Documentación y Ordenación Administrativa. Secretaría General Técnica de la Consejería de Salud, Avda. de la Innovación, s/n, 41071, Sevilla.

i) Medidas de seguridad: Las correspondientes al nivel básico de acuerdo con la normativa vigente.

7. Control de vehículos.

a) Finalidad del fichero: Control de accesos de vehículos a la Consejería de Salud de la Junta de Andalucía.

b) Personas o colectivos sobre los que se pretende obtener datos: Personal funcionario de los servicios centrales de la Consejería de Salud de la Junta de Andalucía.

c) Procedimiento de recogida de datos: Formulario que deben cumplimentar los funcionarios que deseen utilizar el

aparcamiento de la Consejería de Salud.

d) Estructura básica del fichero: Base de datos.

f) Descripción de los datos de carácter personal incluidos en el mismo:

- Nombre y apellidos.

- Dependencia en la que trabaja.

- Matrícula y modelo de los coches que conduce el funcionario.

e) Cesiones de datos personales previstas: No se prevén.

f) Organo responsable del fichero: Secretaría General Técnica de la Consejería de Salud.

g) Servicio ante el que pueden ejercitarse los derechos de acceso, cancelación y rectificación: Servicio de Documentación y Ordenación Administrativa. Secretaría General Técnica de la Consejería de Salud, Avda. de la Innovación, s/n, 41071, Sevilla.

h) Medidas de seguridad: Las correspondientes al nivel básico de acuerdo con la normativa vigente.

ANEXO II

FICHEROS MODIFICADOS

A) En el fichero núm. 1 «Registro Entrada/Salida¯, recogido en el Anexo de la Orden de 25 de julio de 1994, se añade un apartado 11 así descrito: «11. Medidas de seguridad: Nivel básico¯.

B) El fichero núm. 5 «Clientes distribución de biblioteca¯, recogido en el Anexo de la Orden de 21 de enero de 1998, se modifica de la siguiente manera: El servicio o unidad ante el que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación y cancelación pasa a ser el «Servicio de Documentación y

Ordenación Administrativa de la Secretaría General Técnica¯ y se añade un apartado de «Medidas de seguridad: Nivel básico¯.

C) El fichero núm. 6 «Petición de revistas (PETIREVI)¯, recogido en el Anexo de la Orden de 21 de enero de 1998, se modifica de la siguiente manera: Se amplían los datos del solicitante incluyendo el «domicilio y teléfono¯; el servicio o unidad ante el que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación y cancelación pasa a ser el «Servicio de

Documentación y Ordenación Administrativa de la Secretaría General Técnica¯ y se añade un apartado de «Medidas de

seguridad: Nivel básico¯.

D) El fichero núm. 7 «Entrada de lectores y préstamos¯, recogido en el Anexo de la Orden de 21 de enero de 1998, se modifica de la siguiente manera: El servicio o unidad ante el que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación y cancelación pasa a ser el «Servicio de Documentación y

Ordenación Administrativa de la Secretaría General Técnica¯ y se añade un apartado de «Medidas de seguridad: Nivel básico¯.

Descargar PDF