Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 68 de 11/06/2002

3. Otras disposiciones

Consejería de Salud

RESOLUCION de 16 de mayo de 2002, del Servicio Andaluz de Salud, sobre asignación de funciones en materia de gestión ambiental en el ámbito de competencias del Organismo.

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Mediante la Resolución de 21 de junio de 2001, el Servicio Andaluz de Salud declaró su intención de extender su ámbito de actuación en materia de gestión ambiental más allá de la gestión de los residuos sanitarios peligrosos. Era necesario, se decía, abarcar otros aspectos susceptibles de generar impacto ambiental, de manera que se articulara un Plan de Gestión Ambiental en todos sus Centros sanitarios, dentro, en cualquier caso, del ámbito de competencias asignadas en este Organismo y en consonancia con lo establecido en el Plan de Calidad y Eficiencia de la Consejería de Salud.

A fin de integrar y dar coherencia al conjunto de iniciativas surgidas desde los distintos Centros Directivos del Servicio Andaluz de Salud, se entiende conveniente reagruparlas y someterlas a un único criterio de gestión, situando bajo la responsabilidad de la Dirección General de Asistencia Sanitaria las competencias y los recursos actualmente asignados a estas funciones y tareas.

A tal efecto, y en uso de las atribuciones conferidas por el Decreto 245/2000, de 31 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Consejería de Salud y el Servicio Andaluz de Salud, y demás normas concordantes, esta Dirección Gerencia

R E S U E L V E

Primero. Asignar las funciones de dirección y coordinación de iniciativas en materia de gestión ambiental, en el ámbito de competencias de este Organismo, a la Dirección General de Asistencia Sanitaria.

Segundo. Las referencias a la Dirección General de Gestión Económica, o a su titular, que se hacen en las Resoluciones de

21 de junio de 2001, por la que se crea la Comisión Consultiva de Gestión Ambiental y por la que se designan vicepresidentes, secretario y vocales de la misma, habrán de entenderse realizadas a la Dirección General de Asistencia Sanitaria o, en su caso, a su titular.

Tercero. Quedan sin efecto cuantas instrucciones se opongan a lo establecido en la presente Resolución, que será efectiva el día de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 16 de mayo de 2002.- El Director Gerente, Juan Carlos Castro Alvarez.

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