Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 68 de 11/06/2002

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Otros. AYUNTAMIENTO DE UTRERA

ANUNCIO de bases.

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Vistas las plazas vacantes en la actualidad en la plantilla de este Ayuntamiento y de conformidad con lo previsto en el art. 21.1.g) de la Ley 7/85, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, en su nueva redacción dada por la Ley

4/99, de 13 de enero, y vistos los informes técnicos correspondientes, vengo en Decretar: Aprobar las bases que regirán la provisión de las siguientes plazas.

BASES GENERALES QUE REGIRAN LA CONVOCATORIA PARA CUBRIR UNA PLAZA DE TELEFONISTA VACANTE EN LA PLANTILLA LABORAL DE ESTE AYUNTAMIENTO

Primera. La presente convocatoria tiene por objeto cubrir una plaza de Telefonista, Grupo E, con las retribuciones correspondientes a dicho Grupo, de acuerdo con el Convenio Colectivo de este Ayuntamiento y vacante en la plantilla laboral de esta Corporación, mediante Oposición Libre reservada a personas que padezcan algún tipo de minusvalía.

Segunda. La realización de estas pruebas se regirá por lo dispuesto en estas bases. En su defecto, se estará a lo establecido en el Real Decreto Legislativo 781/86, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales en materia de Régimen Local, en el Real Decreto 364/95, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración del Estado y demás disposiciones aplicables en la materia.

REQUISITOS DE LOS/AS ASPIRANTES

Tercera. Para ser admitido/a a la realización de las pruebas selectivas, los/as aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Ser español/a o ciudadano/a de algún Estado miembro de la Unión Europea, en los términos recogidos en la Ley 17/1993, de

23 de diciembre y el R.D. 543/2001, de 18 de mayo.

b) Tener cumplidos 18 años de edad.

c) No haber sido separado/a, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas.

d) No hallarse incurso/a en ninguno de los supuestos de incapacidad o incompatibilidad establecidos por la legislación vigente.

e) Estar en posesión del Certificado de Escolaridad, o equivalente.

f) Ser minusválido/a en un grado mínimo del 33%. Los/as aspirantes deberán presentar, junto con la instancia, los documentos que acrediten la compatibilidad con el desempeño de las funciones propias de la plaza objeto de esta convocatoria, así como el grado de invalidez, todo ello otorgado por el Instituto Andaluz de Servicios Sociales u otro órgano competente.

SOLICITUDES

Cuarta. Quienes deseen tomar parte en esta convocatoria deberán hacerlo constar en instancia que les será facilitada en la Oficina de Registro General del Ayuntamiento de Utrera, dirigida al señor Alcalde. Las instancias deberán ser presentadas en la citada oficina de Registro General, acompañadas del justificante de ingreso de los derechos de examen por importe de 1.000 pesetas/6,01 euros en la cuenta que este Ayuntamiento mantiene en la sucursal de Utrera de la Caja de Ahorros y Monte de Piedad de Madrid, número 2038-9838-07-

6000054414.

En las instancias, los/as interesados/as harán constar, expresamente, que reunen todos y cada uno de los requisitos exigidos en la convocatoria, referidos siempre a la fecha de expiración del plazo de presentación de instancias.

También podrán presentarse en la forma que determina el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, reguladora del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.

Los requisitos establecidos en las bases anteriores deberán cumplirse el último día de plazo de presentación de

solicitudes.

ADMISION DE CANDIDATOS/AS

Quinta. Terminado el plazo de presentación de instancias y comprobado el pago de los derechos de examen, por este

Ayuntamiento se publicará en el «Boletín Oficial de la

Provincia¯ resolución de la Alcaldía con la lista de aspirantes admitidos/as y excluidos/as, en la que constará el nombre y apellidos de los candidatos/as, número del DNI y, en su caso, causa de no admisión.

Sexta. Los errores de hecho podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio a petición del irteresado/a, en todo caso, la resolución anterior establecerá un plazo de diez días para subsanación de errores, de conformidad con lo dispuesto por el art. 71 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, reguladora del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Séptima. Transcurrido el plazo de subsanación de errores, serán resueltas las reclamaciones que se hayan producido contra las listas, notificándose la correspondiente resolución a los/as interesados/as. Del mismo modo, se dictará resolución por la Alcaldía-Presidencia elevando a definitiva la relación de aspirantes admitidos/as y excluidos/as. Contra esta

resolución podrá interponerse, potestativamente, por los/as interesados/as recurso de reposición ante el mismo órgano que dictó el acto, en el plazo de un mes, a partir de la

notificación de la correspondiente resolución, o bien,

interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo correspondiente de Sevilla, en el plazo de dos meses, a partir de la citada notificación.

Aquellos/as aspirantes que resulten definitivamente

excluidos/as tendrán derecho, previa solicitud por escrito dirigida al Sr. Alcalde-Presidente, presentada en los 15 días siguientes a la publicación de la lista definitiva de

admitidos/as, a la devolución del importe ingresado en concepto de derechos de examen.

Octava. El Tribunal Calificador de los ejercicios se nombrará por el señor Alcalde, conforme a los prevenido en el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo. Dicha resolución se publicará con la lista de aspirantes admitidos/as y excluidos/as en el BOP.

El Tribunal podrá solicitar la asistencia de expertos para que asesoren en algunas materias de examen.

DESARROLLO DE LOS EJERCICIOS

Novena. Los ejercicios de la presente convocatoria,

obligatorios para todos/as los/as aspirantes, serán los siguientes:

Primer ejercicio: Consistirá en la realización por parte de los/as opositores/as de un test psicotécnico propuesto por el Tribunal inmediatamente antes de la realización del mismo, en el cual se determinará las habilidades de los/as aspirantes para ocupar la plaza. El ejercicio será calificado como apto o no apto; de forma que aquellos/as aspirantes que obtengan la calificación de no apto/a serán eliminados/as y no podrán continuar en el desarrollo de las pruebas. El tiempo de realización del ejercicio será determinado por el Tribunal.

Segundo ejercicio: Consistirá en la realización por parte de los/as opositores/as de un cuestionario de 25 preguntas con respuestas alternativas, de las cuales tan sólo una será la correcta, en el tiempo de 25 minutos, en relación con el temario que figura como anejo a las presentes bases.

El ejercicio será calificado de 0 a 10 puntos, debiendo obtener ella aspirante/a un mínimo de 5 puntos para superar el

ejercicio. Cada pregunta correctamente contestada será

calificada con 0,40 puntos. Cada pregunta incorrectamente contestada será penalizada con 0,20 puntos.

Tercer ejercicio: Consistirá en la realización de un ejercicio práctico, relacionado con las funciones de la plaza objeto de la presente convocatoria, planteado por el Tribunal

inmediatamente antes de la realización del ejercicio. La duración del mismo será determinada por el Tribunal.

El ejercicio será calificado de 0 a 10 puntos, siendo

eliminados/as aquellos/as aspirantes que no superen la

puntuación mínima de 5 puntos.

Puntuación final: Vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas por cada aspirante en los tres

ejercicios de que consta la oposición.

El día, hora y lugar de celebración del primer ejercicio o prueba y el orden de actuación de los/as aspirantes para aquellos ejercicios que no puedan realizarse conjuntamente (que será determinado previamente mediante sorteo), serán publicado en el Boletín Oficial de la Provincia junto con la lista de aspirantes admitidos/as y excluidos/as.

El calendario de los sucesivos ejercicios o pruebas de cada convocatoria se publicará en el tablón de anuncios del

Ayuntamiento.

Desde la total conclusión de un ejercicio o prueba hasta el comienzo del siguiente deberá transcurrir un plazo mínimo de setenta y dos horas y máximo de cuarenta y cinco días

naturales.

En cualquier momento los Tribunales podrán requerir a los/as opositores/as para que acrediten su personalidad.

El Tribunal adaptará los ejercicios a las condiciones propias de la minusvalía de cada opositor/a.

PUNTUACION Y PROPUESTA DE SELECCION

Décima. Concluidas las pruebas, el Tribunal publicará en el tablón de edictos de la Corporación, la relación de aspirantes por orden de puntuación y elevará a la Alcaldía-Presidencia la propuesta con el/la candidato/a que mayor puntuación haya obtenido, para la formalización del contrato que en ningún caso podrá exceder del número de plazas convocadas.

PRESENTACION DE DOCUMENTOS Y NOMBRAMIENTO

Undécima. El/a aspirante propuesto/a aportará ante la

Corporación, dentro del plazo de veinte días naturales, desde que se haga pública la relación de aprobados/as, en la forma indicada en la base tercera, los documentos acreditativos de las condiciones de capacidad y requisitos exigidos.

Quienes dentro del plazo indicado, y salvo caso de fuerza mayor, no presentaran la documentación, no podrán ser

contratados/as, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran incurrir por falsedad en su instancia.

Cumplidos los anteriores trámites, se procederá a la

formalización del contrato.

Transcurrido el período de prueba de 10 días, el personal que lo supere satisfactoriamente adquirirá la condición de personal laboral fijo.

Contra las presentes bases podrá interponerse,

potestativamente, por los interesados/as recurso de reposición ante el mismo órgano que dictó el acto, en el plazo de un mes, a partir de la publicación, o bien, interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo correspondiente de Sevilla, en el plazo de dos meses, a partir de la citada publicación.

PROGRAMA

Tema 1. La Constitución Española de 1978. Principios

generales. Derechos y deberes fundamentales de los españoles.

Tema 2. La organización territorial del Estado. Los Estatutos de Autonomía. Especial referencia al Estatuto de Autonomía de Andalucía.

Tema 3. El Municipio. Organización y competencias.

Tema 4. El procedimiento administrativo: Sus fases.

Tema 5. El personal al servicio de las Administraciones Públicas: Sus clases. Especial referencia al personal laboral.

Tema 6. La Provincia. Organización y competencias.

Tema 7. Derecho de sindicación colectiva. La representación de los trabajadores: Organos de representación. Los Convenios Colectivos.

Tema 8. La Comunicación. Comunicación sonora. Comunicación oral. Comunicación telefónica. Comunicación visual.

Comunicación con el ciudadano. Los servicios de información y reclamación administrativa.

Tema 9. Procedimiento administrativo local. El registro de entrada y salida de documentos. Requisitos en la presentación de documentos. Comunicaciones y notificaciones.

Tema 10. Los derechos y deberes de los vecinos en el ámbito local. Información y participación ciudadana.

Utrera, 22 de abril de 2002.- El Alcalde, José Dorado Alé.

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