Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 69 de 13/06/2002

3. Otras disposiciones

Consejería de Obras Públicas y Transportes

RESOLUCION de 23 de abril de 2002, por la que se autoriza la adjudicación en régimen de compraventa de las viviendas de promoción pública del grupo CA-30, núm. de cuenta: 57, 65 y 66.

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El Decreto 166/1999, de 27 de julio, por el que se regulan las actuaciones contenidas en el III Plan Andaluz de Vivienda y Suelo 1999-2002, establece en su artículo 38 la posibilidad de que las viviendas de promoción pública directa se adjudiquen en un régimen de tenencia distinto al arrendamiento, mediante autorización del Excmo. Sr. Consejero de Obras Públicas y Transportes.

El artículo 1 del Decreto 413/1990 de 26 de diciembre, en su apartado 3.º, señala que podrá autorizarse por el Consejero de Obras Públicas y Transportes el régimen de adjudicación en propiedad, a propuesta de la Dirección General de Arquitectura y Vivienda, en los supuestos que se estimen justificados. En su caso, se establecerán las normas especiales de adjudicación por las que habrá de regirse, las cuales quedarán determinadas en la Resolución del titular de la Consejería autorizando la adjudicación en propiedad.

El 28 de octubre de 1971, el Director General del Instituto Nacional de la Vivienda, mediante propuesta aceptada por el Ministro de la Vivienda, concedió a Francisco Troncoso Gallardo, padre entonces de 18 hijos, un premio de Familia Numerosa, expediente CA-6517-FN, consistente en la construcción y donación de una vivienda, al amparo de una Ley de 26 de septiembre de 1941. Posteriormente en 1973, el Ministerio de la Vivienda comunicó al interesado que el Premio iba a satisfacerse, en vez de mediante una construcción específica, por la cesión gratuita de las viviendas precisas pertenecientes al grupo de viviendas de promoción pública CA-30, sito en el Puerto de Santa María (Cádiz). Fueron finalmente tres las viviendas ocupadas por el interesado y su familia, concretamente las cuentas núms. 57, 65 y 66 del mencionado grupo CA-30.

En virtud del Real Decreto 3481/1983, de 28 de diciembre, la Comunidad Autónoma de Andalucía asumió en su ámbito territorial las competencias del Estado en materia de patrimonio arquitectónico, control de calidad de la edificación y vivienda, por lo que la Junta de Andalucía resulta, en este caso, competente y obligada por dicho acto.

Dicho premio de familia numerosa y en concreto su objeto, consistente en la construcción y donación de una vivienda apta para la familia, materializado finalmente en la cesión de tres viviendas que han venido siendo ocupadas por el interesado y su familia hasta hoy, constituyen un derecho adquirido a favor de la interesada, creado al amparo de una legislación anterior que merece el respeto de las posteriores, derecho que entró a formar parte del patrimonio de los interesados, tal y como expone el régimen transitorio del Código Civil. Así mismo, el principio de ejecutividad de los actos administrativos justifica la exigibilidad de la obligación resultante del acuerdo. Como los actos administrativos son directamente ejecutables, en tanto no se acuerde su suspensión, es claro que si de ellos resulta una obligación la misma es exigible.

En su virtud, teniendo en cuenta lo establecido en el artículo 38 del Decreto 166/1999, de 27 de julio, y en el artículo 1, apartado 3, del Decreto 413/1990, de 26 de diciembre, y a propuesta de la Dirección General de Arquitectura y Vivienda, he resuelto:

Primero. Autorizar la adjudicación en régimen de compraventa de las viviendas cuentas núms. 57, 65 y 66 del grupo CA-30 sito en El Puerto de Santa María (Cádiz) a Francisco Troncoso Gallardo.

Segundo. El precio de las viviendas se tiene por recibido, en virtud de la concesión del premio de Familia Numerosa en 1973, CA-6517-FN, considerando que dicho premio tiene carácter de compromiso o subvención de auxilio.

Tercero. La presente disposición entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 23 de abril de 2002

CONCEPCION GUTIERREZ DEL CASTILLO

Consejera de Obras Públicas y Transportes

NORMAS ESPECIFICAS DE ADJUDICACION DE LAS VIVIENDAS DE

PROMOCION PUBLICA CUENTAS NUMS. 57, 65 y 66 DEL GRUPO CA-30 EN EL PUERTO DE SANTA MARIA (CADIZ)

Primera. La viviendas cuentas núms. 57, 65 y 66 del grupo CA-

30 se adjudican a Francisco Troncoso Gallardo.

Segunda. 1. El régimen de adjudicación de las viviendas es el de compraventa.

2. El precio de la vivienda se tiene por recibido, en virtud del premio de Familia Numerosa CA-6517-FN, concedido al interesado en 1971 por el Instituto Nacional de la Vivienda, constituyendo el mismo un derecho adquirido del interesado, y considerando así mismo que dicho premio tiene naturaleza de compromiso o subvención de auxilio.

3. El adjudicatario deberá reunir los requisitos establecidos en el Decreto 413/1990, de 26 de diciembre, pudiendo sus ingresos anuales corregidos superar el salario mínimo

interprofesional en su cómputo anual, conforme al artículo 37, in fine, del Decreto 166/1999, de 27 de julio, en su redacción dada por el Decreto 127/2002, de 17 de abril, dada la

excepcionalidad de la situación.

Tercera. La resolución de la Comisión Provincial de la

Vivienda sobre adjudicación de estas viviendas será recurrible mediante recurso de alzada ante el titular de la Consejería de Obras Públicas y Transportes.

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