Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 69 de 13/06/2002

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación y Ciencia

ORDEN de 10 de mayo de 2002, por la que se autoriza para impartir Ciclos Formativos de Formación Profesional Específica de Grado Medio y Superior al Centro Docente Privado de Educación Secundaria Santa Joaquina de Vedruna de Sevilla.

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

Visto el expediente instruido a instancia de doña Angeles Moreno Bringas, como representante de la Congregación de las Hermanas de la Caridad, titular del Centro Docente Privado «Santa Joaquina de Vedruna¯, sito en Sevilla, Calle Espinosa y Cárcel, núm. 49, solicitando autorización para impartir Ciclos Formativos de Formación Profesional Específica de Grado Medio y de Grado Superior (un ciclo de Técnico en Gestión Administrativa, un ciclo de Técnico Superior en Animación de Actividades Físicas y Deportivas, un ciclo de Técnico Superior en Administración y Finanzas, un ciclo de Técnico Superior en Educación Infantil y un ciclo de Técnico Superior en Comercio Internacional), de acuerdo con lo establecido en el art. 19.e) del Decreto 109/1992, de 9 de junio (BOJA de 20 de junio), sobre autorizaciones de Centros Docentes Privados para impartir Enseñanzas de Régimen General.

Resultando que por Orden de 16 de julio de 1996 (BOJA de 20 de agosto) el Centro de Educación Secundaria tiene autorización para impartir: Educación Secundaria Obligatoria, con 16 unidades y 480 puestos escolares; Bachillerato, en la modalidad de Ciencias de la Naturaleza y la Salud, con 4 unidades y 140 puestos escolares y en la modalidad de Humanidades y Ciencias Sociales, con 2 unidades y 70 puestos escolares. Funcionan en régimen de concierto educativo 16 unidades de Educación Secundaria Obligatoria.

Vistos: La Constitución Española; la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación; la Ley Orgánica 9/1995, de 20 de noviembre, de la Participación, Evaluación y el Gobierno de los Centros Docentes; la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo; la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; el Real Decreto 1004/91, de

14 de junio, por el que se establecen los requisitos mínimos de los Centros que impartan enseñanzas de Régimen General No Universitarias; el Real Decreto 986/1991, de 14 de junio, por el que se aprueba el calendario de aplicación de la nueva ordenación del sistema educativo, modificado y completado por el Real Decreto 173/98, de 16 de febrero; el Decreto 109/1992, de 9 de junio, sobre autorización de Centros Docentes Privados para impartir Enseñanzas de Régimen General; el Real Decreto

777/98, de 30 de abril, por el que se desarrollan determinados aspectos de la ordenación de la formación profesional en el ámbito del sistema educativo, y demás normas de vigente aplicación.

Considerando que se han cumplido, en el presente expediente, todos los requisitos exigidos por la normativa vigente en esta materia.

Esta Consejería de Educación y Ciencia ha dispuesto:

Primero. Autorizar de acuerdo con el artículo 19.e) del Decreto 109/1992, de 9 de junio, al Centro Docente Privado «Santa Joaquina de Vedruna¯ de Sevilla para impartir Ciclos Formativos de Formación Profesional Específica de Grado Medio y de Grado Superior: Un ciclo de Técnico en Gestión Administrativa, un ciclo de Técnico Superior en Animación de Actividades Físicas y Deportivas, un ciclo de Técnico Superior en Administración y Finanzas, un ciclo de Técnico Superior en Educación Infantil y un ciclo de Técnico Superior en Comercio Internacional y, como consecuencia, establecer la configuración definitiva del centro que se describe a continuación:

Denominación genérica: Centro de Educación Secundaria. Denominación específica: «Santa Joaquina de Vedruna¯. Titular: Congregación de las Hermanas Carmelitas de la Caridad. Domicilio: Calle Espinosa y Cárcel, núm. 49.

Localidad: Sevilla.

Municipio: Sevilla.

Provincia: Sevilla.

Código del Centro: 41006213.

Enseñanzas que se autorizan:

a) Educación Secundaria Obligatoria.

Capacidad: 16 unidades y 480 puestos escolares.

b) Bachillerato:

- Modalidad: Ciencias de la Naturaleza y la Salud.

Capacidad: 4 unidades y 140 puestos escolares.

- Modalidad: Humanidades y Ciencias Sociales.

Capacidad: 2 unidades y 70 puestos escolares.

c) Ciclos Formativos de Formación Profesional Específica de Grado Medio:

- Técnico en Gestión Administrativa.

Núm. Ciclos: 1.

Grupos: 1.

Puestos escolares: 30.

d) Ciclos Formativos de Formación Profesional Específica de Grado Superior:

- Técnico Superior en Administración y Finanzas.

Núm. Ciclos: 1.

Grupos: 2.

Puestos escolares: 60.

- Técnico Superior en Animación de Actividades Físicas y Deportivas.

Núm. Ciclos: 1.

Grupos: 2.

Puestos escolares: 60.

- Técnico Superior en Comercio Internacional.

Núm. Ciclos: 1.

Grupos: 2.

Puestos escolares: 60.

- Técnico Superior en Educación Infantil.

Núm. Ciclos: 1.

Grupos: 2.

Puestos escolares: 60.

Segundo. La presente autorización surtirá efectos de la forma que previene el artículo 10 del Decreto 109/1992, de 9 de junio, (BOJA de 20 de junio), sin que esta autorización presuponga otorgamiento de Concierto Educativo, que, en su caso, podrá solicitarse en expediente aparte, según lo

establecido en el Real Decreto 2377/1985, de 18 de diciembre (BOE de 27 de diciembre).

Tercero. Dicho Centro queda obligado al cumplimiento de la legislación vigente y a solicitar la oportuna revisión cuando haya que modificarse cualquiera de los datos que señala la presente Orden.

Cuarto. Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, recurso contencioso-

administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10, 14 y 46.1 de la Ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, o, potestativamente, recurso de reposición en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a su publicación en el BOJA, ante la Excma. Sra. Consejera de Educación y Ciencia, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 107.1, 116 y 117 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Sevilla, 10 de mayo de 2002

CANDIDA MARTINEZ LOPEZ

Consejera de Educación y Ciencia

Descargar PDF