Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 74 de 25/06/2002

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación

RESOLUCION de 2 de mayo de 2002, de la Delegación del Gobierno de Málaga, por la que se determinan las cantidades que corresponden a los municipios de la provincia en concepto de compensación de servicios municipales en el ejercicio 2002.

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La Orden de 2 de enero de 2002, de la Consejería de Gobernación, establece en su artículo segundo los criterios para la distribución de los créditos consignados en el Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el ejercicio 2002 con destino al programa de Compensación por la prestación de Servicios Municipales que corresponderá a los municipios andaluces de menos de 50.000 habitantes.

En base a dichos criterios, la citada Orden distribuye los créditos del programa entre las provincias andaluzas, delegando en los Delegados del Gobierno de la Junta de Andalucía, dentro de su correspondiente ámbito territorial, la competencia para dictar la resolución que fije las cuantías correspondientes a cada municipio beneficiario de la provincia, así como para la aprobación de los gastos, su compromiso y liquidación, interesando de la Consejería de Economía y Hacienda la ordenación de los pagos de las transferencias correspondientes.

En su virtud, y en uso de las facultades que me confiere el artículo 4 de la Orden de la Consejería de Gobernación de 2 de enero de 2002,

R E S U E L V O

Primero. Distribuir la cantidad de 891.798,50 euros, correspondientes al Programa de Compensación de Servicios Municipales de la provincia de Málaga, atribuyendo a cada municipio de menos de 50.000 habitantes, por aplicación de los criterios establecidos en el artículo 2 de la Orden de 2 de enero de 2002, las cantidades que se indican en el anexo.

Segundo. Aprobar, con cargo a la aplicación presupuestaria

01.11.00.01.29.468.99.81A, el gasto correspondiente a las citadas transferencias, que se harán efectivas de forma fraccionada, de manera que el importe que corresponda a cada Ayuntamiento se percibirá por el mismo en dos pagos por importe del 50% cada uno de ellos, que se realizarán de conformidad con el calendario autorizado por la Dirección General de Tesorería y Política Financiera de la Consejería de Economía y Hacienda.

Tercero. En el plazo de tres meses, contados a partir del abono del segundo pago correspondiente a la transferencia por compensación del presente ejercicio, los municipios beneficiarios remitirán a la Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía en Málaga certificación en la que se acredite el ingreso de las transferencias y los números de los asientos contables practicados.

Cuarto. La presente resolución, que se dicta por delegación del Consejero de Gobernación, pone fin a la vía administrativa, pudiendo interponer contra ella recurso contencioso- administrativo en la forma y plazos establecidos en la Ley reguladora de dicha jurisdicción.

Málaga, 2 de mayo de 2002.- El Delegado, Luciano Alonso Alonso.

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