Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 76 de 29/06/2002

4. Administración de justicia

Otros. JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E ISNT. Nº2 DE OSUNA

EDICTO dimanante del procedimiento de divorcio núm. 106/2001.

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N.I.G.: 4106841C20012000193.

Procedimiento: Divorcio Contencioso (N) 106/2001. Negociado: MA.

De: Doña María Jesús Vargas Cortés.

Procuradora: Sra. Ana M.ª Fuentes Garrido. Letrado: Sr. José Gutiérrez Rebollar.

Contra: Don Muhammad Zammer Ahmed.

E D I C T O

CEDULA DE NOTIFICACION

En el procedimiento divorcio contencioso (N) 106/2001 seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Dos de Osuna a instancia de María Jesús Vargas Cortés contra Muhammad Zammer Ahmed, se ha dictado la sentencia que, copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

Resolución núm./02.

Procedimiento: Divorcio núm./01.

S E N T E N C I A

En Osuna, a 4 de abril de 2002.

La Sra. Doña María Rosario López Cervera, Juez del Juzgado de Primera Instancia núm. Dos de Osuna y su Partido, habiendo visto los presentes autos de Juicio Verbal núm./01, promovidos a instancia de Doña María Jesús Vargas Cortés, representada por la Procuradora Doña Ana María Fuentes Garrido y asistida del Letrado Don José Gutiérrez Rebollar, contra don Muhammad Zammer Ahmed, declarado en situación legal de rebeldía, ejercitando acción de divorcio.

F A L L O

Que estimando la demanda de divorcio interpuesta por la Procuradora Doña Ana María Fuentes Garrido, en nombre y representación de Doña María Jesús Vargas Cortés, contra don Muhammad Zammer Ahmed, en paradero desconocido, debo declarar y declaro la disolución del matrimonio por ellos contraído el día

3 de agosto de 1993 en Nairobi (Kenia), con todos los efectos inherentes a dicha declaración, sin hacer expresa declaración en costas.

Firme que sea esta declaración, procédase a su inscripción en el Registro Civil correspondiente, librándose los oportunos despachos.

Notifíquese la presente resolución, informando a las partes que la misma no es firme, pudiendo interponer contra ella recurso de apelación que habrá de prepararse ante este Juzgado, dentro del plazo de los cinco días siguientes a su notificación, citando la resolución apelada y su voluntad de recurrir, con expresión de los pronunciamientos que impugna.

Así por esta mi sentencia, la pronuncio, mando y firmo.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma al demandado Muhammad Zammer Ahmed, extiendo y firmo la presente en Osuna a veintinueve de mayo de dos mil dos.- El/La Secretario.

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