Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 79 de 06/07/2002

1. Disposiciones generales

Consejería de Economía y Hacienda

ORDEN de 25 de junio de 2002, por la que se aprueba el Reglamento de Régimen Interior de la Cámara Oficial de Comercio, Industria y Navegación de la provincia de Málaga.

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La Disposición Transitoria Segunda de la Ley 10/2001, de 11 de octubre, de Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Navegación de Andalucía, establece que dentro del plazo de tres meses, contados a partir de la entrada en vigor de la Ley, las Cámaras deberán elevar propuesta de adaptación de sus actuales Reglamentos de Régimen Interior a la Consejería competente en la materia, una vez informados por el Consejo Andaluz de Cámaras de Comercio, Industria y Navegación de Andalucía.

Aprobada la propuesta del Reglamento de Régimen Interior por el Pleno de la Cámara Oficial de Comercio, Industria y Navegación de la provincia de Málaga, emitido informe por el Consejo Andaluz de Cámaras de Comercio, Industria y Navegación de Andalucía y comprobada la adecuación de la propuesta a la referida Ley 10/2001, procede la aprobación del referido Reglamento por el titular de la Consejería de Economía y Hacienda disponiendo su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo

39 de dicha Ley.

En su virtud, y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas,

DISPONGO

Primero. Aprobar el Reglamento de Régimen Interior de la Cámara Oficial de Comercio, Industria y Navegación de la provincia de Málaga que se inserta como Anexo a la presente Orden.

Segundo. Ordenar la publicación del referido Reglamento en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Tercero. La presente Orden surtirá efectos el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Cuarto. La presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá ser recurrida potestativamente en reposición ante el titular de la Consejería de Economía y Hacienda en el plazo de un mes o ser impugnada directamente ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo con sede en Málaga, del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses, ambos plazos contados a partir de su notificación o, en su caso, publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos 116 y 117, en relación con el artículo 48, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en los artículos 10 y 46 de la Ley

29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 25 de junio de 2002

MAGDALENA ALVAREZ ARZA

Consejera de Economía y Hacienda

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