Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 8 de 19/01/2002

3. Otras disposiciones

Consejería de Economía y Hacienda

DECRETO 278/2001, de 18 de diciembre, por el que se acepta la donación a la Comunidad Autónoma de Andalucía, por el Ayuntamiento de Albolote (Granada), de un solar sito en el Pago Tinar de la citada localidad, con destino a la construcción de un Centro de Salud, y se adscribe al Servicio Andaluz de Salud.

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Por el Ayuntamiento de Albolote (Granada) fue ofrecido a la Comunidad Autónoma de Andalucía un solar ubicado en el Pago Tinar de dicho municipio, actualmente en la calle Alfonso XIII con destino a la construcción de un Centro de Salud.

Por la Consejería de Salud se considera de interés la aceptación de la referida donación, que permitirá incrementar y mejorar la dotación para atender las necesidades sanitarias de la población y de su entorno.

En su virtud, a propuesta de la Consejera de Economía y Hacienda, y previa deliberación del Consejo de Gobierno, en reunión celebrada el 18 de diciembre de

2001,

DISPONGO

Primero. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 80 de la Ley 4/1986, de 5 de mayo, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, se acepta la donación ofrecida por el Ayuntamiento de Albolote (Granada) de un solar, con 1.782 m de superficie, conformado por las siguientes fincas que, libres de cargas y a favor del Ayuntamiento de Albolote, obran inscritas en el Registro de la Propiedad número 5 de Granada:

- Urbana en término de Albolote, en el Pago Maizapata y también Tinar, con superficie de 773 m. Linda: Norte y Oeste, calles de nueva apertura; Sur, finca cedida al Ayuntamiento de Albolote; y, Este, zona verde. Inscrita al folio 109 del tomo 1709, libro

104, finca núm. 8.596.

- Solar en término de Albolote, en el Pago de la Falfana y también de Tinar, con superficie de 1.009 m. Linda: Norte, finca de la sociedad Cuarto Continente, S.A.; Sur y Oeste, calles de nueva apertura; y, Este, zona verde. Inscrita al folio 148 del tomo 1685, libro 99, finca núm. 7.893.

Segundo. De acuerdo con lo dispuesto por el artículo

27.4 de la Ley 7/1999, de 29 de septiembre, de Bienes de las Entidades Locales de Andalucía, la donación objeto de este Decreto se formalizará en Escritura pública que será inscrita en el Registro de la Propiedad.

En cumplimiento de lo previsto por el artículo 14 de la Ley 4/1986, se tomará razón en el Inventario General de Bienes y Derechos de la Comunidad Autónoma de Andalucía del solar donado, que se adscribe al Servicio Andaluz de Salud con destino a la construcción de un Centro de Salud.

Tercero. Por la Consejería de Economía y Hacienda, a través de la Dirección General de Patrimonio, se llevarán a cabo los trámites necesarios para la efectividad de cuanto dispone el presente Decreto.

Sevilla, 18 de diciembre de 2001

MANUEL CHAVES GONZALEZ

Presidente de la Junta de Andalucía

MAGDALENA ALVAREZ ARZA

Consejera de Economía y Hacienda

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