Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 80 de 09/07/2002

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación

ORDEN de 5 de junio de 2002, por la que se autoriza al Ayuntamiento de Santa Elena (Jaén) a permutar terrenos de su propiedad sitos en el Monte El Charcón y El Baldío, por otros sitos en el Monte La Alisada propiedad de la Consejería de Medio Ambiente.

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

El Alcalde de Santa Elena (Jaén) ha solicitado autorización previa para permutar unos bienes municipales por otro propiedad de la Consejería de Medio Ambiente (Comunidad Autónoma de Andalucía).

Las parcelas objeto de la permuta son las siguientes:

- Terreno ocupado por CEDEFO, de 11.968 m¯, situado en finca de propiedad municipal El Baldío, inscrita en el Inventario de Bienes e inscrita igualmente en el Registro de la Propiedad de La Carolina (Jaén), registral núm. 2.263, consistente en una parcela cuyo suelo está clasificado como urbano, situada en las proximidades del núcleo de población de Santa Elena, en la que se asientan actualmente las instalaciones del Centro de Defensa Forestal de la Consejería de Medio Ambiente.

- Trozo de terreno del Monte El Charcón, de 623.020 m¯. Identificado con el número de elenco J-3.061 y Código de la Junta de Andalucía JA-30061, consistente en una finca rústica de monte situada en la comarca de Sierra Morena de la provincia de Jaén y dentro del término municipal de Santa Elena, inscrito en el Libro de Inventario de Bienes, e inscrito igualmente en el Registro de la Propiedad de La Carolina (Jaén), en el Libro

31, tomo 957, folio 39, finca núm. 1617.

- Trozo de terreno del Monte La Alisada, de 247.912 m¯, identificado con el número de elenco J-1.185 y el Código de la Junta de Andalucía JA-10.185, consistente en una finca rústica de monte situada en la comarca de Sierra Morena de la provincia de Jaén y dentro del término municipal de Santa Elena. Forma parte de la finca registral núm. 1495, del Registro de la Propiedad de La Carolina, al Tomo 1630, libro 46, folio 206, inscripción 3.ª

El importe de la permuta es de 412.880,78, lo que comparándolo con el importe de los recursos ordinarios del Presupuesto Municipal, se constata que supera el 25% de los recursos ordinarios, por lo que es necesario autorización del Consejero de Gobernación, conforme señala el art. 16.1.c) de la Ley 7/99, de 29 de septiembre, de Bienes de las Entidades Locales de Andalucía.

Conforme señala el art. 24.1 de la citada Ley 7/99, «las entidades locales podrán celebrar contratos de permuta de bienes inmuebles patrimoniales previa tramitación de expediente en el que se acredite su necesidad y siempre que la diferencia de valor entre los bienes que se trate de permutar no sea superior al cuarenta por ciento del que lo tenga mayor¯.

Consta en el expediente informe favorable de la Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente de Jaén, de fecha

15 de noviembre de 2001.

La legislación a tener en cuenta en la materia que nos ocupa está representada por los arts. 16 y 24 de la Ley 7/99, de 29 de septiembre, de Bienes de las Entidades Locales de Andalucía.

El art. 13.3 del Estatuto de Autonomía para Andalucía, aprobado por Ley Orgánica 6/81, de 30 de diciembre, confiere competencia exclusiva a esta Comunidad Autónoma en materia de Régimen Local.

En su virtud, al amparo de la legislación invocada, y de conformidad con lo dispuesto en el art. 44.4 de la Ley 6/83, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma, he tenido a bien disponer lo siguiente:

Primero. Autorizar al Ilmo. Ayuntamiento de Santa Elena (Jaén) a que permute unos terrenos de sus bienes de propios al sitio de El Baldío y el Monte El Chacón por otros al sitio del Monte La Alisada propiedad de la Consejería de Medio Ambiente.

Segundo. Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante este órgano en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a aquél en que tenga lugar la

notificación del presente acto, o interponer directamente el recurso contencioso-administrativo ante los correspondientes órganos judiciales de este orden en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de la notificación de este acto, todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos 116 y 117 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 5 de junio de 2002

ALFONSO PERALES PIZARRO

Consejero de Gobernación

Descargar PDF