Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 81 de 11/07/2002

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Otros. AYUNTAMIENTO DE BENAHAVIS

ANUNCIO de bases.

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BASES QUE HAN DE REGIR LA CONVOCATORIA PARA CUBRIR EN PROPIEDAD LAS PLAZAS DE PERSONAL LABORAL FIJO DE LA PLANTILLA DE PERSONAL DE ESTE AYUNTAMIENTO INCLUIDAS EN LA OFERTA DE EMPLEO PUBLICO CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO 2001

1. Objeto de la convocatoria.La provisión mediante contratación laboral fija a través del procedimiento de concurso de las plazas vacantes en la plantilla de personal de este Ayuntamiento, con la dotación económica correspondiente, que a continuación se relacionan:

Número de plazas: 1, clase Encargado.

Número de plazas: 3, clase Jardineros.

Número de plazas: 1, clase Operarios del servicio de limpieza viaria.

Número de plazas: 2, clase Operarios de servicios varios (Servicio de Obras y Construcción).

Número de plazas: 1, clase Operarios de servicios varios Electricidad, Fontanería.

Número de plazas: 1, clase Operarios del Servicio de recogida de basura.

Número de plazas: 2, clase Limpiadoras.

2. Requisitos de los aspirantes.

Para ser admitidos a las pruebas o procedimientos selectivos, será necesario que los aspirantes reúnan los siguientes requisitos:

A) Generales:

a) Ser nacional de alguno de los Estados miembros de la Unión Europea o ser extranjero con residencia legal en España, de conformidad con el contenido del artículo 10.2 de la Ley Orgánica 4/2000, 11 de enero, sobre Derechos y Libertades de los Extranjeros en España y su Integración Social, en su nueva redacción dada por Ley Orgánica 8/2000, de 22 de diciembre.

b) Tener cumplidos los 18 años.

c) No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones.

d) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio del Estado, Comunidades Autónomas o las Entidades Locales, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.

B) Específicos: Graduado Escolar, Certificado de Estudios Primarios o ESO.

3. Instancia y pago de derechos.

Las instancias solicitando tomar parte en las pruebas selectivas, conteniendo los datos previstos en el artículo 70 de la Ley 30/1992, y en las que los aspirantes deberán manifestar que reúnen todas y cada una de las condiciones que se exigen en las bases, con indicación precisa de las plazas a que aspira, se dirigirán al Alcalde-Presidente de la Corporación y se presentarán en el Registro General de Entrada de este Ayuntamiento (calle Castillo, número 3), debidamente reintegradas, o en cualquiera de las formas previstas en el artículo 38.4 de la Ley anteriormente citada, durante el plazo de veinte días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación del anuncio de la convocatoria en el «Boletín Oficial correspondiente¯.

Las instancias podrán facilitarse por las oficinas de este Ayuntamiento.

Los derechos de examen se fijan en ptas. por solicitante.

Se abonarán tantos derechos como a plazas diversas se aspire. Serán satisfechas por los aspirantes al presentar la instancia, bien por ingreso en cualquiera de las cuentas que este

Ayuntamiento tiene abiertas en las entidades bancarias con sede en la localidad (Unicaja y Cajamar) de esta localidad o por giro postal o telegráfico, indicando el número de recibo o giro correspondiente en la instancia, debiendo especificar

claramente en el texto del giro a la plaza a la que se opta y para la que se destina su importe. El impago de derechos o abono fuera de plazo establecido para la presentación de solicitudes determinará la exclusión del aspirante. En ningún caso el abono de los derechos de examen supondrá sustitución del trámite de presentación en tiempo y forma de la solicitud. Los derechos de examen no podrán ser devueltos, salvo cuando por causas no imputables al aspirante la actividad

administrativa no se preste o desarrolle.

Se establece su pago como depósito previo, conforme al artículo

47 de la Ley 39/88, de las Haciendas Locales.

4. Admisión de aspirantes.Expirado el plazo de presentación de instancias, la Presidencia de la Corporación, en el plazo máximo de un mes, aprobará la lista de aspirantes admitidos y excluidos, que se hará pública en el Boletín Oficial de la Provincia ante la Alcaldía.

De no presentarse recurso procedente, al escrito de subsanación de defectos se considerará definitivamente excluido de la realización de los ejercicios o procedimiento selectivo.

Los errores de hecho podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición del interesado.

5. Tribunales Calificadores.

Se constituirán de la siguiente forma:

Presidente: El de la Corporación o miembro de esta en quien delegue.

Vocales:

- Un Concejal por cada uno de los grupos con representación en esta Corporación.

- Un funcionario de carrera perteneciente al Grupo C, de entre los que integran la plantilla de personal.

Secretario: El de la Corporación o un funcionario de la misma que le sustituya.

El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de mas de la mitad de sus miembros, titulares o suplentes indistintamente y, en todo caso, del Presidente y Secretario. Los miembros del Tribunal deberán abstenerse cuando concurran las circunstancias previstas en el art. 28 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Así mismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurran algunas de dichas circunstancias.

El Tribunal, a los efectos de percepción de asistencias, se clasificará en la categoría cuarta, siendo las cuantías a percibir las establecidas para la citada categoría en el Anexo del Real Decreto 236/1988, de 4 de marzo.

6. Comienzo y desarrollo de las actuaciones del Tribunal. El lugar y fecha de constitución del Tribunal para el inicio de sus actuaciones se determinará en la Resolución que recoge los aspirantes admitidos y excluidos, que se publicará en el «Boletín Oficial de la Provincia¯ y tablón de edictos del Ayuntamiento.

7. Concurso y valoración de méritos.

En esta fase el Tribunal, a la vista de los méritos alegados y justificados documentalmente, puntuará cada una de las

solicitudes presentadas de acuerdo con el baremo específico de cada plaza, que a continuación se detalla:

BAREMO

En esta fase el Tribunal, a la vista de los méritos alegados y justificados documentalmente, puntuará cada una de las solicitudes presentadas de acuerdo con el baremo específico de cada plaza, que a continuación se detalla:

Encargado:

- Bachiller Superior o FP 2.º Grado.

- Entrevista personal en la que se acredite estar dotado para la realización de labores de gestión y ordenación de recursos humanos.

Jardineros:

- Servicios prestados en puesto de trabajo igual a la plaza a la que se aspira: 0,2 puntos por mes trabajado, máximo 6,5 puntos.

- Entrevista en la que se acredite conocimiento en tareas propias de la plaza a la que se opta: 3,5.

Operarios del Servicio de recogida de basura:

- Servicios prestados en puesto de trabajo igual a la plaza a la que se opta: 0,2 puntos por mes trabajado, máximo 6,5 puntos.

- Entrevista en la que se acredite experiencia y conocimiento en tareas propias de la plaza a la que se opta: 3,5.

Operarios del servicio de limpieza viaria:

- Servicios prestados en puesto de trabajo igual a la plaza a la que se opta: 0,2 puntos por mes de trabajo, máximo 6,5 puntos.

- Entrevista en la que se acredite conocimientos en tareas propias de la plaza a la que se aspira 3,5 puntos.

Limpiadoras:

- Servicios prestado en puesto de trabajo igual a la plaza a la que se opta: 0,2 puntos por mes trabajado, máximo 6,5 puntos.

- Entrevista en la que se acredite experiencia y conocimiento en tareas propias de la plaza a la que se opta: 3,5.

Operarios de servicios varios (Servicio de Obras y

Construcción):

- Servicios prestado en puesto de trabajo igual a la plaza a la que se opta: 0,2 puntos por mes trabajado, máximo 5 puntos.

- Entrevista en la que se acredite experiencia y conocimiento en tareas propias de la plaza a la que se opta: 2,5.

- Estar en posesión del carné de conducir tipo C: 2,5.

Operarios de servicios varios (Electricidad Fontanería):

- Servicios prestados en puesto de trabajo igual a la plaza a la que se opta: 0,2 puntos por mes trabajado, máximo 5 puntos.

- Entrevista en la que se acredite experiencia y conocimiento en tareas propias de la plaza a la que se opta: 2,5.

- Estar en posesión del título de Instalador Electricista: 2,5.

8. Propuesta del Tribunal, presentación de documentos y contratación.

Finalizada la valoración de méritos, el Tribunal hará público su resultado, declarando aprobados a los aspirantes con mayor puntuación, que serán propuestos con carácter vinculante al Presidente de la Corporación para su contratación y sin que en ningún caso la propuesta pueda exceder del número de plazas ofertadas.

El aspirante propuesto aportará ante la Corporación, dentro del plazo máximo de veinte días naturales desde que se haga pública la declaración del Tribunal, los documentos acreditativos de las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en la presente convocatoria.

Quienes dentro del plazo indicado, y salvo causa de fuerza mayor debidamente motivada, no presentaran la documentación no podrán ser contratados, quedando anuladas todas las

actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en la solicitud inicial.

Los que ya viniesen prestando servicios en esta Corporación municipal estarán exentos de justificar las condiciones y requisitos ya acreditados para obtener su anterior puesto, debiendo presentar únicamente certificación del Ayuntamiento, acreditando las circunstancias que consten en su expediente personal.

Cumplidos los requisitos precedentes, el Presidente de la Corporación formalizará la contratación laboral.

9. Norma final.

Cuantos actos administrativos se deriven de la presente convocatoria, de sus bases y de las actuaciones del Tribunal podrán ser impugnados por los interesados en los casos y en la forma establecidos por la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Benahavís, 14 de marzo de 2002.- El Alcalde, Antonio Mena Gracia.

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