Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 87 de 25/07/2002

5. Anuncios5.2 Otros anuncios

Otros. AYUNTAMIENTO DE MARTOS

ANUNCIO de bases.

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El Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Martos hace saber: Por Resolución núm. 347/2002, de veintinueve de abril, la Concejala Delegada de Recursos Humanos aprobó las siguientes

BASES GENERALES Y ANEXOS PARA LA SELECCION DE VARIOS PUESTOS DE TRABAJO DE LA PLANTILLA DE PERSONAL LABORAL DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE MARTOS MEDIANTE EL SISTEMA DE CONCURSO- OPOSICION

BASES GENERALES

Primera. Objeto de la convocatoria.

1.1. Se convoca para la selección con carácter fijo los puestos de trabajo de personal laboral vacantes en la plantilla de este Ayuntamiento, incluidas en diferentes Ofertas de Empelo Público, y que figuran en los Anexos de estas bases generales.

1.2. Estas plazas se encuadran en las categorías que se indican y están dotadas presupuestariamente con los haberes correspondientes al personal laboral de esta Corporación.

1.3. El/los aspirante/s que obtenga/n plaza/s quedarán sometido/s al sistema de incompatibilidades vigentes, sin perjuicio de que por el puesto que ocupe/n le/s sea/n de aplicación otra incompatibilidad.

1.4. Serán de aplicación preferente las disposiciones específicas de cada convocatoria que figuran en Anexos cuando contengan previsiones diferentes a las reguladas en estas bases generales.

Segunda. La presente convocatoria se regirá por lo previsto en estas bases y Anexos, y en su defecto se estará a lo establecidos en la Ley 7/85, de 2 de abril, de Bases de Régimen Local; Real Decreto Legislativo 781/86; Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública Local; Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, y cualesquiera otras disposiciones aplicables.

Tercera. Requisitos de los aspirantes.

3.1. Para ser admitidos/as los/as aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Ser español. Igualmente podrán ser admitidos los nacionales de los demás Estados miembros de la Unión Europea en los términos previstos en la Ley 17/1993, de 23 de diciembre.

b) Tener cumplidos 18 años de edad, y no exceder de aquélla en que falten menos de 10 años para la jubilación forzosa por edad, determinada por la legislación básica en materia de función pública.

c) No padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de las correspondientes funciones.

d) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones propias.

e) No hallarse incurso en ninguno de los supuestos de

incapacidad o incompatibilidad establecidos en la legislación vigente.

f) Estar en posesión del título exigible, o en condiciones de obtenerlo, antes de la fecha en que finalice el plazo de presentación de instancias, para el ingreso en los grupos o categorías que se especifican en los Anexos de la

convocatoria.

g) Aquéllos, que independientemente de los anteriores, se establecieran en los Anexos correspondientes.

3.2. Los requisitos indicados, así como aquellos otros que pudieran recogerse en los Anexos respectivos, habrán de poseerse el último día de presentación de solicitudes.

Cuarta. Solicitudes.

4.1. Quienes deseen tomar parte en esta convocatoria deberán hacerlo constar en instancia dirigida al Sr. Alcalde y

presentada en el Registro General de este Excmo. Ayuntamiento en horario de 9,00 a 14,00 horas, con justificante de ingreso en la Tesorería Municipal de la cantidad correspondiente a los derechos de examen, que se fijan en los Anexos de la

convocatoria. También podrán presentarlos en la forma que determina el art. 38 de la Ley de Régimen Jurídico y

Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley

4/1999, de 13 de enero.

4.2. En las instancias los interesados harán constar expresa y detalladamente, que reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos en la convocatoria, así como los que pudieran

recogerse en los Anexos respectivos, referidos siempre a la fecha de expiración del plazo de presentación de instancias.

4.3. El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación de un extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.

4.4. Los aspirantes deberán adjuntar a su instancia los títulos y documentos acreditativos de los mismos, para

hacerlos valer en la fase de concurso, mediante presentación de fotocopia debidamente compulsada. Los méritos se valorarán con referencia a la fecha de expiración del plazo de

presentación de instancias y se acreditarán documentalmente con la solicitud de participación, salvo que dichos datos obren en poder de esta Administración Local, en cuyo caso se solicitará el correspondiente certificado, adjuntando la solicitud del mismo a la instancia. En el proceso de

valoración podrá recabarse formalmente de los interesados las aclaraciones o, en su caso, la documentación adicional que se estime necesaria para la comprobación de los méritos alegados.

La experiencia profesional será acreditada mediante

certificado de servicios prestados en caso de tratarse de Organismo Público, y presentación de contrato de trabajo acompañado de Informe de Vida Laboral emitido por el INSS cuando se trate de servicios prestados en empresa privada.

4.5. No serán tenidos en cuenta, ni valorados, aquellos méritos que, aun alegados, fueron aportados o justificados con posterioridad a la finalización del plazo de presentación de instancias, sin perjuicio de lo preceptuado en el artículo

71.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen

Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. No obstante, se podrá acompañar a la instancia resguardo acreditativo de la petición del informe de vida laboral de la Seguridad Social siempre y cuando se presente dicha documentación no después de 20 días de

expedición y en todo caso antes del inicio del concurso.

Quinta. Admisión de candidatos.

5.1. Expirado el plazo de presentación de instancias, el Sr. Alcalde-Presidente de la Corporación dictará Resolución, en el plazo máximo de un mes, aprobando la lista provisional de admitidos y excluidos, en la que constará el nombre y

apellidos de los candidatos, número de DNI y, en su caso, el motivo de la exclusión, haciéndose pública en el Boletín Oficial de la Provincia y en el tablón de anuncios de la Corporación, disponiendo los aspirantes en un plazo de 10 días tanto para la subsanación de errores de hecho como para solicitar la inclusión en caso de resultar excluido.

5.2. Los aspirantes que dentro del plazo señalado no subsanen la exclusión o aleguen la omisión, justificando su derecho a ser incluidos en la relación de admitidos, serán

definitivamente excluidos de la realización de las pruebas. A estos efectos, los aspirantes deberán comprobar no sólo que no figuran recogidos en la relación de excluidos, sino, además, que sus nombres constan correctamente en la pertinente

relación de admitidos.

5.3. Transcurrido el plazo que hace referencia el párrafo anterior, se dictará Resolución por la Alcaldía, aceptando o rechazando las reclamaciones y elevando a definitiva la lista de admitidos y excluidos, que se hará pública en el Boletín Oficial de la Provincia y en el tablón de anuncios de la Corporación, y donde se determinarán la composición del Tribunal, lugar, día y hora de comienzo de las pruebas y, en su caso, el orden de actuación de los aspirantes.

5.4. La Resolución que eleve a definitiva las listas de admitidos y excluidos pondrá fin a la vía administrativa y contra la misma se podrá interponer recurso de reposición o recurso contencioso-administrativo, de acuerdo con lo previsto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común, y en la Ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

5.5. Sólo procederá devolución de los derechos de examen en los supuestos de exclusión de las pruebas selectivas, y a solicitud del interesado.

5.6. De acuerdo con lo establecido en la Ley 1/1999, de 31 de marzo, de atención a las personas con discapacidad en

Andalucía, serán admitidas las personas con minusvalía en igualdad de condiciones con los demás aspirantes. Sólo podrán establecerse exclusiones por limitaciones psíquicas y físicas en los casos en que sean incompatibles con el desempeño de las tareas o funciones correspondientes.

5.7. Corresponderá a los interesados, en el momento de

solicitar tomar parte en las pruebas selectivas, acreditar documentalmente, a través del Organismo competente, su

condición de minusválido, y poseer una discapacidad de grado igual o superior al 33%, debiendo aportar, además, dictamen técnico facultativo. La compatibilidad para el desempeño de las tareas y funciones propias de las plazas a las que se opta habrá de acreditarse.

5.8. El Tribunal adoptará las medidas precisas en aquellos casos en que resulte necesario, de forma que los aspirantes con minusvalías gocen de similares condiciones para la

realización de los ejercicios que el resto de los demás participantes.

5.9. En este sentido se establecerán para las personas con minusvalías que lo soliciten en la forma prevista en estas bases las adaptaciones posibles de tiempo y medios para su realización.

Sexta. Tribunal Calificador.

6.1. El Tribunal Calificador de los méritos y ejercicios de los aspirantes estará constituido de la forma siguiente:

Presidente: El de la Corporación o miembro de la misma en quien delegue.

Secretario: El de la Corporación o funcionario de la misma en quien delegue con voz pero sin voto.

Vocales:

- Técnico designado por la Alcaldía, con categoría igual o superior a la exigida.

- Dos representantes de los trabajadores fijos propuestos por el Comité de Empresa.

- El Concejal delegado del servicio al que se encuentren adscritos los puestos contemplados en cada uno de los Anexos de la convocatoria, o Concejal en quien delegue.

- Un trabajador fijo de plantilla, con categoría igual o superior a la exigida y perteneciente al servicio al que se encuentren adscrito los puestos contemplados en cada uno de los Anexos de la convocatoria.

La composición del Tribunal será predominantemente técnica y los Vocales deberán poseer titulación o especialización iguales o superiores a las exigidas para el acceso a las plazas convocadas.

Se designarán miembros suplentes del Tribunal, que junto con los titulares se publicarán en el BOP, no pudiendo

constituirse ni actuar sin la asistencia de más de la mitad de sus miembros, titulares o suplentes, indistintamente.

Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir y los aspirantes podrán promover la recusación de los mismos cuando concurran algunas de las circunstancias previstas en los artículos 28 y 29 de la Ley 30/92, o cuando hubieran realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas de acceso a la Función Pública en los cinco años anteriores a esta convocatoria.

Una vez comenzados los ejercicios de la oposición, los

anuncios de la celebración de las restantes pruebas se harán públicos en el tablón de anuncios de la Casa Consistorial.

El Tribunal podrá disponer la incorporación de asesores técnicos, que se limitarán al ejercicio de sus especialidades, con voz y sin voto.

El Tribunal, a los efectos de percepción de asistencias por participación en los procesos de selección, se clasificarán atendiendo al grupo de pertenencia de las plazas convocadas, en las categorías primera a quinta, conforme a lo dispuesto en el art. 33.2 del R.D. 236/86, de 4 de marzo, sobre

indemnizaciones por razón del servicio, revisado por

Resolución de 22 de marzo de 1993.

El Tribunal queda autorizado para resolver las dudas que se presenten y tomar los acuerdos necesarios para la tramitación y buen orden de las convocatorias.

Séptima. Desarrollo de los ejercicios.

7.1. La fase de oposición y, en su caso, la de concurso, será como se indica en los Anexos respectivos, que, asimismo, especificarán el procedimiento de selección.

7.2. Los ejercicios no podrán comenzar hasta que hayan

transcurrido, al menos, dos meses desde la fecha de

publicación del correspondiente anuncio del extracto de la convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado¯.

7.3. Con quince días de antelación, como mínimo, se publicará en el «Boletín Oficial de la Provincia¯ y en el tablón de anuncios de la Corporación el lugar, día y hora de celebración del primer ejercicio.

7.4. Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en llamamiento único, perdiendo todos sus derechos aquel

aspirante que el día y hora de la prueba no se presente a realizarla, salvo casos de fuerza mayor, debidamente

acreditados y libremente apreciados por el Tribunal.

7.5. Una vez comenzados los procesos selectivos, no será obligatoria la publicación de sucesivos anuncios de la

celebración de las restantes pruebas en el Boletín Oficial. En dicho supuesto, estos anuncios deberán hacerse públicos por el Tribunal en los locales en que se haya celebrado la prueba anterior con una antelación de 12 horas, al menos, si se trata del mismo ejercicio, o de 24 horas si se trata de uno nuevo, bien entendido que entre cada prueba deberá transcurrir un mínimo de 72 horas y, máximo de 45 días naturales.

7.6. En cualquier momento, los Tribunales podrán requerir a los opositores para que acrediten tanto su personalidad como que reúnen los requisitos exigidos para tomar parte en las pruebas selectivas.

7.7. Si el Tribunal tuviese conocimiento, en cualquier momento del proceso selectivo, de que alguno de los aspirantes no cumple uno o varios de los requisitos exigidos en la base tercera de esta convocatoria, deberá proponer, previa

audiencia del interesado, su exclusión a la Autoridad

convocante, comunicándole, asimismo, las inexactitudes o falsedades formuladas por el aspirante a los efectos

procedente.

7.8. Para la realización de las pruebas en que tengan que actuar individualmente los aspirantes, se comenzará por el primer aspirante cuyo primer apellido, y según la lista de admitidos alfabéticamente ordenada, comience por la letra «Ñ¯. Si no existiere ningún aspirante cuyo primer apellido

comenzara por la letra indicada, actuaría en primer lugar aquel opositor cuyo primer apellido comience por la letra o letras del alfabeto inmediatamente siguiente.

Octava. Sistema de calificación.

A) Fase de concurso.

8.1. En aquellas convocatorias en que exista esta fase porque así se determine en sus Anexos respectivos, los méritos alegados y acreditados por los interesados serán valorados conforme el baremo de méritos que figura como Anexo a estas bases generales.

8.2. La fase de concurso será previa a la de oposición y no tendrá carácter eliminatorio ni podrá tenerse en cuenta para superar las pruebas de la fase oposición.

8.3. El Tribunal se reunirá antes de la celebración del primer ejercicio de la oposición y procederá a valorar los méritos alegados por los aspirantes. El resultado se publicará en el tablón de anuncios de la Corporación con una antelación de al menos 48 horas a la realización del citado primer ejercicio.

B) Fase de oposición.

8.4. La Fase de la Oposición consistirá en la realización de dos ejercicios de carácter eliminatorio:

Primer ejercicio: Consistirá en contestar por escrito a una batería de preguntas de respuestas alternativas y relativas a cada uno de los programas que figuran en los Anexos de la presente convocatoria.

Segundo ejercicio: Realización de una prueba que, en relación con la categoría profesional y funciones propias de la plaza, determine el Tribunal.

8.5. Si en alguno de los temas o partes que contenga cada prueba, al aspirante se le calificase con una puntuación inferior a 5 puntos, ello supondría la descalificación

automática del mismo, quedando, por tanto, eliminado.

8.6. El número de puntos que podrá ser otorgado por cada miembro del Tribunal, en cada uno de los ejercicios, será de 0 a 10 puntos. La nota que obtendrá el aspirante será la media de las puntuaciones concedidas por los mismos. De las

puntuaciones que otorgaren los miembros de los Tribunales calificadores se eliminarán la de mayor y menor puntuación si se apartasen en más de dos puntos de la citada media. En caso de que la mayor o menor puntuación fueran varias, se

eliminarán únicamente una de ellas, respectivamente.

8.7. Las calificaciones de cada ejercicio se harán públicas en el tablón de anuncios de esta Corporación.

8.8. La calificación de la fase de oposición será la suma de la puntuación obtenida en cada uno de los ejercicios de dicha fase.

C) Calificación final.

La calificación final será la suma de la puntuación obtenida en las fases de oposición y en la fase de concurso. La

calificación final será publicada en el tablón de anuncios de la Corporación, considerándose aprobados aquellos aspirantes con mayor puntuación final que tengan cabida en el número de plazas convocadas.

Novena. Lista de aprobados, presentación de documentos y formalización de los contratos.

9.1. Concluidas las pruebas, el Tribunal publicará en el tablón de anuncios del Ayuntamiento la relación de aspirantes aprobados, por orden de puntuación, que resulten propuestos para ocupar las plazas, precisándose que no se podrá proponer ni declarar que han superado las pruebas selectivas un número superior de aspirantes al de las plazas convocadas.

9.2. Seguidamente, el Tribunal elevará dicha relación, junto con el acta de la última sesión, que deberá concretar el aspirante o aspirantes seleccionados, a la Alcaldía a los efectos de nombramiento y formalización de los

correspondientes contratos.

9.3. El aspirante o aspirantes propuestos aportará ante el Ayuntamiento, dentro del plazo de veinte días naturales, desde que se hagan públicas las relaciones de aprobados, en la forma indicada en la base 9.1, los documentos acreditativos de las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en la base tercera de la convocatoria, y los que se exijan, en su caso, en el Anexo a estas bases. El cumplimiento del apartado d) de la base tercera habrá de acreditarse a través del certificado médico correspondiente.

9.4. Quienes dentro del plazo indicado, y salvo causas de fuerza mayor, no presentaran la documentación, o no reunieran los requisitos exigidos para ocupar la plaza, no podrán ser contratados, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudiera haber incurrido por falsedad en su instancia. En este caso, el Tribunal queda facultado para proponer adicionalmente la inclusión, en el mismo número de los excluidos, de aquellos aspirantes que habiendo superado todas las pruebas estén fuera del cupo de plazas convocadas. De la misma manera se actuará en el caso de renuncia del aspirante propuesto.

9.5. Los aspirantes propuestos que tuvieran la condición de personal funcionario o laboral de cualquier Administración Pública estarán exentos de justificar las condiciones y requisitos ya acreditados para llevar a efecto su anterior nombramiento o contratación, debiendo únicamente acreditar la posesión de la titulación exigida y, en su caso, aquellos requisitos específicos que, en razón de las características de las plazas, pudieran establecerse en el Anexo respectivo.

9.6. La resolución sobre la contratación se notificará a los aspirantes aprobados, quienes en el plazo de veinte días naturales, contado a partir de la recepción por estos de la notificación, deberá proceder a la firma de los contratos que se llevará a efecto en el Ayuntamiento, debiendo acreditar con carácter previo a la firma del contrato no hallarse incurso en ninguno de los supuestos de incapacidad o incompatibilidad para el acceso a un puesto del sector público, contemplados en la legislación vigente, o bien ejercer la opción o solicitar la compatibilidad a que se refiere el artículo 10 de la Ley

53/1984, de 26 de diciembre, de incompatibilidades del

personal al servicio de las Administraciones Públicas.

Décima. Impugnación de las bases.

La presente convocatoria y sus bases y cuantos actos

administrativos se deriven de las mismas podrán ser impugnados por los interesados en los casos y en la forma establecida en la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común.

BAREMO DE MERITOS DE ESTAS BASES GENERALES PARA LA FASE DE CONCURSO

1. Titulación.Por poseer titulación académica igual o superior relacionada con la plaza a que se opta, aparte de la exigida para acceder a la misma: 1 punto.

2. Cursos y seminarios.

Por la participación en cursos y seminarios, siempre que tengan relación directa con las actividades a desarrollar en la plaza solicitada, hasta un máximo de 1 punto en la forma siguiente:

- Cursos de 15 a 40 horas o 2 días: 0,10 puntos.

- Cursos de 40 a 60 horas o de 3 a 7 días: 0,20 puntos.

- Cursos de 60 a 80 horas o de 8 a 12 días: 0,30 puntos.

- Cursos de 80 a 100 horas o de 13 a 20 días: 0,40 puntos.

- Cursos de 100 horas en adelante o más de 20 días: 0,50 puntos.

La asistencia y aprovechamiento de los cursos se acreditará mediante certificado o diligencia, original o fotocopia compulsada. Los cursos en los que no figure número de horas serán valorados con la puntuación mínima.

2. Otros méritos.

- Por estar en posesión del carnet de conducir B: 0,50 puntos. (Aplicable a todas las plazas ofertadas, excepto a las de Limpiadoras de edificios municipales.)

- Por estar en posesión del carnet de instalador eléctrico:

0,50 puntos (Aplicable a las plazas ofertadas de Oficiales de Electricidad.)

4. Experiencia profesional (máximo 8 puntos).

- Por cada mes de servicios prestados en la Administración Local en puesto o plaza igual a la que se opta: 0,15 puntos.

- Por cada mes de servicios prestados en otras

Administraciones Públicas en puesto o plaza igual a la que se opta: 0.07 puntos.

- Por cada mes de servicios prestados en Empresa Pública o Privada en puesto o plaza igual a la que se opta: 0,03 puntos.

A estos efectos no se computarán servicios que hubieran sido prestados simultáneamente con otros igualmente alegados y se reducirán proporcionalmente los prestados a tiempo parcial.

ANEXO I

Plaza/s: Limpiadoras para Edificios Municipales.

Número de plazas: 2, a tiempo parcial con una jornada del 50%.

Oferta de Empleo Público: 1998 y 2000.

Perteneciente a la plantilla de personal laboral fijo del Excmo. Ayuntamiento.

Categoría: Limpiadora.

Sistema de selección: Concurso-oposición.

Forma de provisión: Libre.

Titulación exigida: Certificado de Escolaridad o equivalente.

Derechos de examen: 3,01 euros.

P R O G R A M A

Tema 1. La Organización Municipal: Principios fundamentales. Organos básicos y complementarios.

Tema 2. Personal no funcionario de las Corporaciones Locales. Clases y Régimen Jurídico.

Tema 3. Limpieza de diferentes clases de suelo. Especial referencia al mármol, terrazo, loseta hidráulica y pavimentos de gres.

Tema 4. Limpieza de cuartos de baño. Limpieza de cristales.

Tema 5. Elementos que deben integrar un menaje elemental en la limpieza diaria. Elementos a utilizar según se trate de oficinas o centros educativos.

Tema 6. Edificios Municipales. Ubicación.

Tema 7. Legislación básica de seguridad e higiene en el trabajo: Peligros del personal de limpieza. Prevención de accidentes.

ANEXO II

Plaza: Oficial 1.ª Construcción.

Número de plazas: 2.

Oferta de Empleo Público: 2002.

Perteneciente a la plantilla de personal laboral fijo del Excmo. Ayuntamiento.

Categoría: Oficial 1.ª

Sistema de selección: Concurso-oposición.

Forma de provisión: Libre.

Titulación exigida: Graduado Escolar o equivalente.

Derechos de examen: 6,01 euros.

P R O G R A M A

Tema 1. La Organización Municipal: Principios fundamentales. Organos básicos y complementarios.

Tema 2. Personal no funcionario de las Corporaciones Locales. Clases y Régimen Jurídico.

Tema 3. Normas de seguridad en la obra. Protecciones. Higiene.

Tema 4. Los Planos. Lectura de un plano. Diferentes elementos, escalas, simbología, representaciones gráficas y su

interpretación.

Tema 5. Instalaciones eléctricas, de gas y de agua en la construcción. Posibles consecuencias. Remedios y prevención.

Tema 6. Efectos de la humedad en la construcción. Posibles consecuencias. Remedios y prevención.

Tema 7. Derribos. Pequeños y grandes derribos. Técnicas y medidas de seguridad en cada uno.

Tema 8. Herramientas e instrumentos de medida utilizados en instalaciones de agua, gas y electricidad.

ANEXO III

Plaza: Oficial 1.ª Fontanero.

Número de plazas: 1.

Oferta de Empleo Público: 2001.

Perteneciente a la plantilla de personal laboral fijo del Excmo. Ayuntamiento.

Categoría: Oficial 1.ª

Sistema de selección: Concurso-oposición.

Forma de provisión: Libre.

Titulación exigida: Graduado Escolar o equivalente.

Derechos de examen: 6,01 euros.

P R O G R A M A

Tema 1. La Organización Municipal: Principios fundamentales. Organos básicos y complementarios.

Tema 2. Personal no funcionario de las Corporaciones Locales. Clases y Régimen Jurídico.

Tema 3. Montajes de instalaciones comunes e individuales de agua fría y caliente.

Tema 4. Instalaciones de redes de saneamiento para la recogida de aguas pluviales y fecales.

Tema 5. Montajes de aparatos sanitarios.

Tema 6. Reparación y mantenimiento de instalaciones de

fontanería.

Tema 7. Instalaciones interiores generales de edificios.

Tema 8. Montajes de aparatos sanitarios.

Tema 9. Reparaciones de fontanería en edificios.

Tema 10. Legislación básica de seguridad e higiene en el trabajo: Peligros de la fontanería.

ANEXO IV

Plaza: Limpiadora para Edificios Municipales.

Número de plazas: 1.

Oferta de Empleo Público: 2000.

Perteneciente a la plantilla de personal laboral fijo del Excmo. Ayuntamiento.

Categoría: Limpiadora.

Sistema de selección: Concurso-oposición.

Forma de provisión: Libre.

Titulación exigida: Certificado de Escolaridad o equivalente.

Derechos de examen: 3,01 euros.

P R O G R A M A

Tema 1. La Organización Municipal: Principios fundamentales. Organos básicos y complementarios.

Tema 2. Personal no funcionario de las Corporaciones Locales. Clases y Régimen Jurídico.

Tema 3. Limpieza de diferentes clases de suelo. Especial referencia al mármol, terrazo, loseta hidráulica y pavimentos de gres.

Tema 4. Limpieza de cuartos de baño. Limpieza de cristales.

Tema 5. Elementos que deben integrar un menaje elemental en la limpieza diaria. Elementos a utilizar según se trate de oficinas o centros educativos.

Tema 6. Edificios Municipales. Ubicación.

Tema 7. Legislación básica de seguridad e higiene en el trabajo: Peligros del personal de limpieza. Prevención de accidentes.

ANEXO V

Plaza/s: Oficial 2.ª Jardinería.

Número de plazas: 6.

Oferta de Empleo Público: 1997, 2000, 2001 y 2002.

Perteneciente a la plantilla de personal laboral fijo del Excmo. Ayuntamiento.

Categoría: Oficial 2.ª

Sistema de selección: Concurso-oposición.

Forma de provisión: Libre.

Titulación exigida: Certificado de Escolaridad o equivalente.

Derechos de examen: 6,01 euros.

P R O G R A M A

Tema 1. La Organización Municipal: Principios fundamentales. Organos básicos y complementarios.

Tema 2. Personal no funcionario de las Corporaciones Locales. Clases y Régimen Jurídico.

Tema 3. Las plantas más utilizadas en jardinería: Anuales, perennes y bulbosas.

Tema 4. Los árboles: Descripción de los más utilizados en jardinería.

Tema 5. Herramientas y útiles de trabajo de un jardinero.

Tema 6. Enfermedades de las plantas y su tratamiento.

Tema 7. Injertos y técnicas de reproducción.

Tema 8. Legislación básica de Seguridad e Higiene en el trabajo. Peligros de la jardinería. Prevención de accidentes. ANEXO VI

Plaza/s: Oficial 2.ª Mantenimiento.

Número de plazas: 2 (1 libre y 1 a promoción interna).

Oferta de Empleo Público: 2001.

Perteneciente a la plantilla de personal laboral fijo del Ayuntamiento.

Categoría: Oficial 2.ª

Sistema de selección: Concurso-oposición.

Forma de provisión: Libre y promoción interna.

Titulación exigida: Graduado Escolar o equivalente.

Derechos de examen: 6,01 euros.

P R O G R A M A

Tema 1. La Organización Municipal: Principios fundamentales. Organos básicos y complementarios.

Tema 2. Personal no funcionario de las Corporaciones Locales. Clases y Régimen Jurídico.

Tema 3. Normas de seguridad en la obra. Protecciones. Higiene.

Tema 4. Los Planos. Lectura de un plano. Diferentes elementos, escalas, simbología, representaciones gráficas y su

interpretación.

Tema 5. Instalaciones eléctricas, de gas y de agua en la construcción. Posibles consecuencias. Remedios y prevención.

Tema 6. Efectos de la humedad en la construcción. Posibles consecuencias. Remedios y prevención.

Tema 7. Derribos. Pequeños y grandes derribos. Técnicas y medidas de seguridad en cada uno.

ANEXO VII

Plaza: Mecánico-Conductor 1.ª Vehículos Especiales.

Número de plazas: 1.

Oferta de Empleo Público: 2000.

Perteneciente a la plantilla de personal laboral fijo del Ayuntamiento de Martos.

Categoría: Oficial 1.ª

Sistema de selección: Concurso-oposición.

Forma de provisión: Libre.

Titulación exigida: Graduado Escolar o equivalente.

Derechos de examen: 6,01 euros.

Requisito adicional: Tener expedido a su favor el permiso de conducción de la Clase C.

P R O G R A M A

Tema 1. La Organización Municipal: Principios fundamentales. Organos básicos y complementarios.

Tema 2. Personal no funcionario de las Corporaciones Locales. Clases y Régimen Jurídico.

Tema 3. El motor de combustión interna. Clasificación.

Componentes y funcionamiento.

Tema 4. El sistema de alimentación y combustible por gasolina y gasoil. Carburador e inyección electrónica.

Tema 5. El sistema de refrigeración del motor. Sus componentes y funcionamiento.

Tema 6. Sistema de embrague. Componentes y funcionamiento. Tipos de aceite.

Tema 7. El sistema de encendido. Clases y componentes.

Tema 8. El motor de arranque. Funcionamiento. Componentes.

Tema 9. Caja de cambios. Componentes y funcionamiento.

Tema 10. La transmisión. Componentes y funcionamiento.

Tema 11. Sistema de amortiguación. Unidades de suspensión. Geometría y mecanismos de dirección. Alineación y equilibrado.

Tema 12. Vehículos automóviles. Clases. Turismos. Camiones.

Tema 13. Seguridad en la conducción. Prevención de accidentes.

ANEXO VIII

Plaza: Oficial 1.ª Electricista.

Número de plazas: 1.

Oferta de Empleo Público: 1997.

Perteneciente a la plantilla de personal laboral fijo del Ayuntamiento de Martos.

Categoría: Oficial 1.ª

Sistema de selección: Concurso-oposición.

Forma de provisión: Libre.

Titulación exigida: Graduado Escolar o equivalente.

Derechos de examen: 6,01 euros.

P R O G R A M A

Tema 1. La Organización Municipal: Principios fundamentales. Organos básicos y complementarios.

Tema 2. Personal no funcionario de las Corporaciones Locales. Clases y Régimen Jurídico.

Tema 3. Líneas de distribución de baja tensión. Líneas de enlace.

Tema 4. Medidas eléctricas. Características generales de los instrumentos de medición. Medida de potencia en corriente alterna. Medidas de resistencia de aislamiento y rigidez eléctrica. Resistencia de tierra. Medidas de intensidades de iluminación. Medidas de factor de potencia.

Tema 5. Alumbrados públicos. Sistemas de iluminación.

Tema 6. Instalaciones de baja tensión. Alimentación de

receptores. Maniobra y protección. Dispositivos automáticos. Puesta a tierra.

Tema 7. Motores de corriente alterna trifásica. Montaje. Constitución. Funcionamiento y características. Protecciones, procedimientos de arranque e inversión de motores.

Tema 8. Transformadores trifásicos. Principio de

funcionamiento. Objeto del transformador. Clasificación, simbología y denominación. Transformador ideal.

Tema 9. Reglamento electrotécnico de baja tensión.

Instalaciones en locales de pública concurrencia. Redes aéreas y subterráneas para distribución de energía eléctrica.

Tema 10. Legislación básica de Seguridad e Higiene en el Trabajo. Peligros de la electricidad. Prevención de

accidentes.

ANEXO IX

Plaza/s: Oficial 2.ª Electricista.

Número de plazas: 2.

Oferta de Empleo Público: 2001 y 2002.

Perteneciente a la plantilla de personal laboral fijo del Ayuntamiento de Martos.

Categoría: Oficial 2.ª

Sistema de selección: Concurso-oposición.

Forma de provisión: Libre.

Titulación exigida: Graduado Escolar o equivalente.

Derechos de examen: 6,01 euros.

P R O G R A M A

Tema 1. La Organización Municipal: Principios fundamentales. Organos básicos y complementarios.

Tema 2. Personal no funcionario de las Corporaciones Locales. Clases y Régimen Jurídico.

Tema 3. Líneas de distribución de baja tensión. Líneas de enlace.

Tema 4. Canalizaciones protegidas, empotradas y al aire.

Tema 5. Alumbrados públicos. Sistemas de iluminación.

Tema 6. Instalaciones de baja tensión. Alimentación de

receptores. Maniobra y protección. Dispositivos automáticos. Puesta a tierra.

Tema 7. Reglamento electrotécnico de baja tensión.

Instalaciones en locales de pública concurrencia. Redes aéreas y subterráneas para distribución de energía eléctrica.

Tema 8. Legislación básica de Seguridad e Higiene en el Trabajo. Peligros de la electricidad. Prevención de

accidentes.

ANEXO X

Plaza/s: Conductor-Repartidor.

Número de plazas: 1.

Oferta de Empleo Público: 2001.

Perteneciente a la plantilla de personal laboral fijo del Ayuntamiento de Martos.

Categoría: Oficial 1.ª

Sistema de selección: Concurso-oposición.

Forma de provisión: Libre.

Titulación exigida: Graduado Escolar o equivalente.

Derechos de examen: 6,01 euros.

Requisito adicional: Tener expedido a su favor el permiso de conducción de la Clase C.

P R O G R A M A

Tema 1. La Organización Municipal: Principios fundamentales. Organos básicos y complementarios.

Tema 2. Personal no funcionario de las Corporaciones Locales. Clases y Régimen Jurídico.

Tema 3. El motor de combustión interna. Clasificación.

Componentes y funcionamiento.

Tema 4. El sistema de alimentación y combustible por gasolina y gasoil. Carburador e inyección electrónica.

Tema 5. El sistema de refrigeración del motor. Sus componentes y funcionamiento.

Tema 6. Sistema de embrague. Componentes y funcionamiento. Tipos de aceite.

Tema 7. El sistema de encendido. Clases y componentes.

Tema 8. El motor de arranque. Funcionamiento. Componentes.

Tema 9. Caja de cambios. Componentes y funcionamiento.

Tema 10. La transmisión. Componentes y funcionamiento.

Tema 11. Sistema de amortiguación. Unidades de suspensión. Geometría y mecanismos de dirección. Alineación y equilibrado.

Tema 12. Vehículos automóviles. Clases. Turismos. Camiones.

Tema 13. Seguridad en la conducción. Prevención de accidentes.

Martos, 14 de junio de 2002.- El Alcalde-Presidente, José A. Saavedra Moreno.

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