Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 89 de 30/07/2002

1. Disposiciones generales

Consejería de Gobernación

RESOLUCION de 3 de julio de 2002, de la Dirección General de Administración Local, por la que se acuerda la ampliación del plazo de resolución de concesión de las subvenciones a Entidades Locales en el marco del Programa de Innovación Tecnológica en el año 2002, reguladas en la Orden que se cita.

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Mediante Orden de esta Consejería, de 13 de marzo de 2002 (BOJA núm., de 6 de abril), se regula y convoca la concesión de subvenciones a Entidades Locales en el marco del Programa de Innovación Tecnológica en el año 2002, disponiendo en su artículo séptimo que el procedimiento establecido en la misma tiene la naturaleza de procedimiento iniciado de oficio, en régimen de concurrencia competitiva y estableciendo en su artículo octavo un plazo de un mes, desde el día siguiente a su publicación en el BOJA, para la presentación de solicitudes.

El artículo 12 de la Orden de 13 de marzo de 2002 dispone, en su apartado primero, que el Director General de Administración Local, por delegación del titular de la Consejería, resolverá y notificará en un plazo de tres meses, a contar desde el día siguiente a la finalización del plazo de presentación de solicitudes.

El número de solicitudes formuladas, pese a la habilitación de medios personales y materiales, imposibilita el cumplimiento del plazo máximo originariamente previsto para la resolución del mencionado procedimiento competitivo.

La Disposición Adicional Unica de la Orden de 13 de marzo de

2002 autoriza al Director General de Administración Local para dictar las instrucciones que estime necesarias para la ejecución, desarrollo y cumplimiento de la misma.

En virtud de lo expuesto y de acuerdo con lo previsto en el artículo 42.6 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley/1999, de 13 de enero,

D I S P O N G O

Ampliar el plazo previsto para la resolución y notificación a los beneficiarios de las subvenciones en el marco del Programa de Innovación Tecnológica en el año 2002, hasta el día 31 de agosto de 2002.

Contra este acuerdo, que se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, no cabe recurso alguno, de acuerdo con el mencionado artículo 42.6 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Sevilla, 3 de julio de 2002.- El Director General, Alfonso Yerga Cobos.

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