Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 92 de 06/08/2002

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Consejería de Asuntos Sociales

RESOLUCION de 9 de julio de 2002, de la Delegación Provincial de Sevilla, Comisión Provincial de Medidas de Protección, dictada en el expediente núm. 1999/41/515, sobre protección de menores, por la que se acuerda formular, ante el Juzgado de Primera Instancia-Familia correspondiente, propuesta previa de adopción de la menor EAD por parte de las personas propuestas como adoptantes.

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Núm. Expte.: 1999/41/515.

Nombre y apellidos: Doña Elena Aparecida Dos Santos. Contenido del acto.

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y habida cuenta que encontrándose doña Elena Aparecida Dos Santos en ignorado paradero, no pudiendo, por tanto, haberles sido practicada notificación por otros medios, se publica extracto del acto dictado, por considerarse que la notificación íntegra por medio de anuncios lesionaría los derechos inherentes al menor afectado.

Con fecha 9 de julio de 2002, la Comisión Provincial de Medidas de Protección de la Delegación de Asuntos Sociales de Sevilla, en el expediente de protección de menores 1999/41/515, dictó Resolución acordando:

1.º Ratificar la declaración de la situación legal de desamparo de la menor E.A.D. y mantener asumida la tutela sobre el mismo.

2.º Formular ante el Juzgado de Primera Instancia-Familia correspondiente, propuesta previa de adopción del referido menor, por parte de las personas propuestas como adoptantes.

Para conocimiento del contenido íntegro de la Resolución dictada, doña Elena Aparecida Dos Santos, en paradero desconocido, podrán comparecer en la Delegación Provincial de Asuntos Sociales en Sevilla, sita en C/ Luis Montoto, núm. 89,

3.ª planta.

Se les significa que contra la misma podrá formularse oposición ante el Juzgado de Primera Instancia (Familia) de esta capital, y por los trámites establecidos en los arts. 779 y ss. de la LEC, sin perjuicio de poder formular, con carácter potestativo, reclamación previa ante el Excmo. Sr. Consejero de Asuntos Sociales, de conformidad con lo establecido en los arts. 120 y ss. de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, modificada por la Ley

4/99, de 13 de enero, de Régimen Jurídico de las Administraciones Pública y del Procedimiento Administrativo Común, en relación con el art. 49.4 de la Ley 6/83, de 21 de julio, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma.

Sevilla, 9 de julio de 2002.- El Delegado, Francisco Obregón Rojano.

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