Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 93 de 08/08/2002

1. Disposiciones generales

Consejería de Educación y Ciencia

ORDEN de 5 de julio de 2002, de modificación de la de 20 de septiembre de 1997, por la que se establecen orientaciones y criterios para la elaboración de proyectos curriculares, así como la distribución horaria y los itinerarios formativos de los títulos de Formación Profesional Específica, que se integran en la familia profesional de Administración.

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El Real Decreto 1659/1994, de 22 de julio, establece el título de Técnico Superior en Administración y Finanzas y las correspondientes enseñanzas mínimas.

El Decreto 262/2001, de 27 de noviembre, establece las enseñanzas correspondientes al título de Formación Profesional de Técnico Superior en Administración y Finanzas en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Procede, de acuerdo con él, modificar el artículo primero de la Orden de 20 de septiembre de 1997, que establece las orientaciones y criterios para que los Centros educativos puedan elaborar los proyectos curriculares, así como la distribución horaria y los itinerarios formativos de los títulos de Formación Profesional Específica correspondientes a la familia profesional de Administración.

Por ello, esta Consejería de Educación y Ciencia ha dispuesto:

Artículo único. Se modifica la Orden de 20 de septiembre de

1997, por la que se establecen orientaciones y criterios para la elaboración de proyectos curriculares, así como la distribución horaria y los itinerarios formativos de los títulos de Formación Profesional Específica, que se integran en la familia profesional de Administración, en los siguientes términos:

El texto del artículo primero queda sustituido por el siguiente:

Primero. Marco normativo.

Los Centros educativos autorizados a impartir los ciclos formativos de Formación Profesional Específica de grado superior de Secretariado, Administración y Finanzas, y de grado medio de Gestión Administrativa, lo harán de acuerdo con el currículo oficial establecido en los Decretos 122/1995, de 9 de mayo; 262/2001, de 27 de noviembre; 123/1995, de 9 de mayo, respectivamente, que regulan estos títulos para la Comunidad Autónoma de Andalucía, y las orientaciones y criterios establecidos en la presente Orden.

Disposición final. Entrada en vigor.

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 5 de julio de 2002

CANDIDA MARTINEZ LOPEZ

Consejera de Educación y Ciencia

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