Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 94 de 10/08/2002

4. Administración de justicia

Otros. JUZGADO DE 1ª INST. E INSTRUCCION NUM. 7 TORREMOLINOS

EDICTO dimanante del procedimiento de ejecución núm. 207/2001. (PD. 2385/2002).

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NIG: 2990141C20017000365.

Procedimiento: Ejec. Títulos no Judiciales (N) 207/2001. Negociado:

De: Banco Bilbao Vizcaya, S.A.

Procuradora: Sra. Medina Gómez, Francisca.

Contra: Don César Cerezo Gallardo.

E D I C T O

CEDULA DE NOTIFICACION

En el procedimiento de referencia se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:

Providencia de la Magistrado-Juez doña Elena Sancho Mallorquín.

En Torremolinos, a veinticuatro de julio de dos mil dos.

El anterior escrito únase a los autos de su razón.

De acuerdo con lo interesado y lo establecido en el artículo

612 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, se accede a la petición formulada por el ejecutante y se acuerda la mejora del embargo decretado en su día sobre los bienes de César Cerezo Gallardo, y habida cuenta se designan varios bienes objeto de embargo, procédase conforme al orden en los embargos establecido en el art. 592 de la LEC.

A tal fin, se declaran embargados los bienes siguientes: Saldos en cuentas corrientes, de ahorro, depósitos, etc., de los que sea titular en Caixa DEstalvis i pensions de Barcelona, sucursales de Avda. García Lorca, Edif. Avenida, Avda. de Europa, 1, de Benalmádena; Avda. Ricardo Soriano, 27, de Marbella, y Avda. Palma de Mallorca, 37, de Torremolinos.

De conformidad con lo solicitado ofíciese a las sucursales anteriormente referidas a fin de que proceda a la retención del saldo que el ejecutado César Cerezo Gallardo posea a su favor en la cuenta corriente, depósitos, etc., abierta a su nombre en esa entidad en cuanto sea suficiente a cubrir las responsabilidades reclamadas. Hágase constar que los ingresos deberán efectuarse en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado.

Notifíquese esta resolución al ejecutado antes expresado y habida cuenta la situación de ignorado paradero del mismo procédase a llevar a cabo dicha notificación por medio de edicto que se fijará en el tablón de anuncios de este Juzgado durante el plazo de cinco días.

Hágase saber a la parte actora que, si lo desea, puede publicarse el edicto en la prensa oficial, o en algún diario de difusión nacional o provincial, pero a su costa (art. 164 LEC).

Habida cuenta haberse notificado al ejecutado mediante edicto que fue fijado en el tablón de anuncios de este Juzgado el Auto de fecha 23.7.01 y Auto de 12.11.01 por el que se subsanaba la parte dispositiva de este primero, sin que se haya efectuado la publicación en el BOJA de conformidad a lo establecido en el art. 497.2 de la LEC, atendida la naturaleza del presente procedimiento y dándose por finalizada la fase declarativa del mismo por medio de dichas resoluciones, conforme a lo ordenado en el citado artículo y por estar en

ignorado paradero la parte demandada, procédase a la

publicación del edicto para su notificación en el BOJA, con entrega del despacho necesario al referido Procurador para su diligenciado.

Lo mandó y firma S.S.ª Ante mí. Doy fe.

Y como consecuencia del ignorado paradero de César Cerezo Gallardo, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.

Torremolinos, 24 de julio de 2002.- El/La Secretario.

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