Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 97 de 20/08/2002

3. Otras disposiciones

Consejería de Agricultura y Pesca

ACUERDO de 23 de julio de 2002, del Consejo de Gobierno, por el que se fijan nuevos precios máximos y mínimos de la tierra en la zona regable de Villamartín (Cádiz).

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La Campiña de Cádiz fue declarada Comarca de Reforma Agraria por Decreto 239/1985, de 6 de noviembre, y por Decreto

4/1991, de 15 de enero, se declaró de Interés General las actuaciones en esta comarca y la transformación en regadío de la zona regable de Villamartín.

Mediante Decreto 101/1998, de 12 de mayo, se aprobó el Plan de Transformación de la zona, fijándose los precios máximos y mínimos a aplicar en las expropiaciones de tierras, tanto de las calificadas en exceso, como las necesarias para la realización de obras de transformación de interés general e interés común.

El Reglamento para la ejecución de la Ley de Reforma Agraria, aprobado por Decreto 402/1986, de 30 de diciembre, en su artículo 87, prevé la revisión de los precios máximos y mínimos cuando se produzca una profunda alteración del precio de las tierras, que ha de ser aprobada por el Consejo de Gobierno.

Solicitada dicha revisión por la Comunidad de Regantes, en formación, «Llanos de Villamartín¯, la Delegación Provincial de Agricultura y Pesca de Cádiz informa sobre la Conveniencia de proceder a la revisión de los precios vigentes en la zona, habida cuenta que se ha operado un incremento del precio de la tierra del 61,2%, en el período transcurrido entre 1991, fecha de elaboración de los precios máximos y mínimos, y el año 1999.

El Consejo de Gobierno, por Acuerdo de 8 de mayo de 2001, autorizó al Instituto Andaluz de Reforma Agraria para proceder a una nueva fijación de los precios máximos y mínimos de la zona.

Vista la propuesta elaborada por los técnicos, nombrados para dictaminar sobre la nueva fijación de precios en la zona, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 86, en relación con el

87.2, del Decreto 402/1986, de 30 de diciembre, y a propuesta del Consejero de Agricultura y Pesca, el Consejo de Gobierno, en su reunión del día 23 de julio de 2002,

ACUERDA

1. Aprobar los nuevos precios máximos y mínimos a aplicar en las expropiaciones de tierras en la Zona Regable de Villamartín (Cádiz), de conformidad con lo previsto en el artículo 87, apartados 1 y 2, del Reglamento para la ejecución de la Ley de Reforma Agraria, tal como se reflejan en el Anexo adjunto.

2. De conformidad con lo establecido en el apartado 3 del mencionado artículo, los precios rectificados sólo serán aplicables a las tierras cuyo expediente de expropiación se iniciase con posterioridad a la fecha en que el Consejo de Gobierno haya acordado la revisión de aquéllos.

Sevilla, 23 de julio de 2002

MANUEL CHAVES GONZALEZ

Presidente de la Junta de Andalucía

PAULINO PLATA CANOVAS

Consejero de Agricultura y Pesca

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