Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 98 de 22/08/2002

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación y Ciencia

ORDEN de 16 de julio de 2002, por la que se aprueba el plan de estudios de las enseñanzas del Grado Superior de Música del Conservatorio Superior de Música Rafael Orozco, de Córdoba.

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El Decreto 56/2002, de 19 de febrero, por el que se establece el currículo del Grado Superior de las Enseñanzas de Música en los Conservatorios de Andalucía, dispone, en su artículo 7, que cada Conservatorio completará los planes de estudios con las materias propias de Conservatorio para cada una de las diferentes especialidades que tenga autorizadas, así como que los planes de estudios de las diferentes especialidades deberán ser aprobados por la Consejería de Educación y Ciencia.

De acuerdo con lo dispuesto en este Decreto, el Conservatorio Superior de Música «Rafael Orozco¯, de Córdoba, autorizado a impartir estas enseñanzas a partir del curso escolar 2001-2002 (Orden de 10 de abril de 2001, artículo noveno, 2), ha remitido a la Consejería de Educación y Ciencia, para su autorización, sus propuestas de asignaturas propias de Conservatorio.

Por ello, y en virtud de lo establecido en la disposición final primera del Decreto 56/2002, por la que se autoriza a la titular de la Consejería de Educación y Ciencia para dictar las disposiciones precisas para su desarrollo y aplicación,

DISPONGO

Primero. Aprobar el plan de estudios del Grado Superior de Música del Conservatorio Superior de Música «Rafael Orozco¯, de Córdoba, correspondiente a las especialidades recogidas en el Anexo I, con expresión de las materias, asignaturas y carga lectiva de cada una de ellas.

Segundo. La descripción del contenido de las asignaturas en que se concretan las materias troncales es la establecida en el Decreto 56/2002, de 19 de febrero, por el que se establece el currículo del Grado Superior de las Enseñanzas de Música en los Conservatorios de Andalucía, en su Anexo II. La descripción del contenido de las asignaturas correspondientes a las materias propias de Conservatorio se recoge en el Anexo II de la presente Orden.

Tercero. De acuerdo con lo establecido en el Decreto 56/2002, de 19 de febrero, en el artículo 7.2, el presente plan de estudios tendrá una vigencia mínima de cinco años.

Cuarto. Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer en el plazo de dos meses, a partir del día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10, 14, y 46.1 de la Ley 29/98, de

13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso- Administrativa, o, potestativamente, recurso de reposición en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a su publicación en BOJA, ante la Excma. Sra. Consejera de Educación y Ciencia, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 107.1,

116 y 117 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Sevilla, 16 de julio de 2002

CANDIDA MARTINEZ LOPEZ

Consejera de Educación y Ciencia

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