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Vista la Orden esta Consejería de fecha 22 de diciembre de
2000, por la que se regula el procedimiento general para la concesión de subvenciones en materia de infraestructura turística (BOJA núm. 6, de 16 de enero siguiente), modificada por la Orden de fecha 18 de junio de 2002 (BOJA núm. 83, de 16 de julio), y su convocatoria para el ejercicio 2002, formalizada por Resolución de fecha 19 de diciembre de 2001 (BOJA núm. 10, de 24 de enero de 2002), y en base a los siguientes
A N T E C E D E N T E S
Primero. Las Entidades Locales, que se citan en anexo a la presente, formularon solicitudes de subvención al amparo de lo dispuesto en las mencionadas Orden y Resolución, en el plazo y forma establecidos en las mismas.
Segundo. Por el órgano instructor se han cumplido los requisitos de tramitación, conforme al procedimiento establecido en la Orden reguladora y convocatoria.
Tercero. Se han atendido los criterios de valoración establecidos en las disposiciones mencionadas, así como las disponibilidades presupuestarias.
FUNDAMENTOS JURIDICOS
I. El Título VIII de la Ley 5/1983, de 19 de julio, General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía, regula las subvenciones y ayudas públicas otorgadas en materias de competencia de la Comunidad Autónoma y que se concendan por la Administración Autonómica y sus Organismos Autónomos con cargo al Presupuesto de la Comunidad.
II. El Decreto 254/2001, de 20 de noviembre, aprueba el Reglamento regulador de los procedimientos de concesión de subvenciones y ayudas públicas por la Administración de la Junta de Andalucía y sus Organismos Autónomos y su régimen jurídico. En cumplimiento de lo establecido en su Disposición Transitoria Segunda, la Consejería de Turismo y Deporte dictó la Orden de fecha 18 de junio de 2002, por la que se modifica la de 22 de diciembre de 2000, de adaptación a lo dispuesto en el referido Reglamento (BOJA núm. 83, de 16 de julio).
III. En el artículo 18 de la Ley del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el presente ejercicio se recogen las normas especiales en materia de subvenciones y ayudas públicas.
IV. La Orden de fecha 22 de diciembre de 2000 regula el procedimiento general para la concesión de subvenciones en materia de infraestructura turística (BOJA núm. 6, del 16 de enero siguiente), y la Resolución de fecha 19 de diciembre de
2001 (BOJA núm. 10, de 24 de enero de 2002) efectúa la convocatoria pública de las mismas en el presente ejercicio. La referida Orden de fecha 22 de diciembre de 2000 dispone en su artículo 11 que la competencia para resolver las solicitudes corresponde, por delegación del Consejero, al Delegado Provincial, y la Orden de 18 de junio de 2002 (BOJA núm. 83, de
16 de julio), que el procedimiento de concesión se realizará en régimen de concurrencia competitiva.
V. Por Resolución de 15 de mayo de 2002, esta Delegación Provincial acordó ampliar el plazo para resolver los procedimientos en el límite máximo establecido por el artículo
42.2 de la Ley 30/1992, de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; por otra parte, el artículo sexto de la Orden de 18 de junio de 2000 amplió el plazo de resolución y notificación hasta seis meses.
En virtud de lo expuesto y evaluados los proyectos presentados con arreglo al informe de interés turístico elaborado de conformidad con los criterios de valoración contenidos en el artículo 7 de la Orden de fecha 22 de diciembre de 2000 (modificado por el artículo 2 de la Orden de fecha 18 de junio de 2002) y 1.3 de la Resolución de fecha 19 de diciembre de
2001, esta Delegación Provicincial
R E S U E L V E
Primero. Conceder a las Entidades Locales que se citan en anexo a la presente las siguientes subvenciones, por los importes, objeto, plazo y demás condiciones que asimismo se especifican, con cargo a las siguientes anualidades y aplicaciones
presupuestarias:
01.14.00.01.11.765.01.75B.9.
01.14.00.01.11.766.00.75B.9.
01.14.00.17.11.765.00.75B.3.
01.14.00.17.11.765.02.75B.5.
11.14.00.17.11.765.00.75B.3.2001.
31.14.00.01.11.765.03.75B.4.2003.
31.14.00.17.11.765.02.75B.9.2003.
Segundo. En el plazo de veinte días, contados desde el día siguiente al de la notificación o publicación de la resolución, las Entidades Locales deberán manifestar su aceptación de los términos recogidos en la Resolución, caso contrario se
entenderá su renuncia a la subvención, procediéndose al archivo del expediente, previa resolución.
Tercero. Los importes definitivos de las subvenciones
concedidas se liquidarán aplicando al coste de la actividad o inversión efectivamente realizada por las entidades
beneficiarias, según justificación, el porcentaje que, en cada caso, resulta entre la inversión prevista y la cuantía de la subvención concedida.
Cuarto. Las subvenciones concedidas deberán ser aplicadas a la realización de las actuaciones para las que han sido otorgadas y los proyectos ejecutados en los plazos que se indican. Las entidades beneficiarias deberán presentar la documentación justificativa de la inversión subvencionada en el plazo de tres meses a partir del término establecido para la realización de la misma.
El abono de la subvención se realizará de la siguiente forma: Con el carácter de pago en firme con justificación diferida, se efectuará el primer pago de hasta un 75% una vez recaída la Resolución, y el importe restante se abonará a la presentación de documentos justificativos del 100% de la obra ejecutada.
La justificación se realizará ante el órgano concedente, en la forma establecida en el artículo 12 de la Orden de fecha 22 de diciembre de 2000.
El pago de la subvención se liquidará atendiendo al importe de la inversión ejecutada en el período establecido en la presente resolución, pudiendo referirse la documentación acreditativa al período de justificación.
Quinto. Los proyectos subvencionados deberán quedar afectos al uso turístico previsto durante un plazo mínimo de cinco años, contados a partir de la fecha de su terminación.
Sexto. Las obligaciones de los beneficiarios de las
subvenciones concedidas por la presente Resolución, así como, en su caso, el reintegro de las cantidades percibidas, se regirán por lo dispuesto en el artículo 13 de la Orden de fecha
22 de diciembre de 2000 y los artículo 105 y 112 de la Ley
5/1983, General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Séptimo. Toda alteración de las condiciones tenidas en cuenta para la concesión de estas subvenciones y, en todo caso, la obtención concurrente de subvenciones o ayudas otorgadas por otras Administraciones o Entes públicos o privados, estatales o no, podrá dar lugar a la modificación de la presente Resolución o, en su caso, a la revocación, siendo competente para resolver dichas incidencias, por delegación, esta Delegación Provincial de Turismo y Deporte.
Octavo. En cumplimiento de la Decisión 94/342/CE se señala que la Unión Europea participa en la financiación de estos
proyectos a través del Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER).
Noveno. Cualquier actuación de señalización que el proyecto conlleve se ajustará a los criterios generales, objetivos y modelos recogidos en el Manual de Señalización Turística de la Consejería de Turismo y Deporte.
Décimo. Se desestiman las solicitudes de subvención que no figuran en el Anexo, en base a las limitaciones
presupuestarias, las situaciones de exclusión por deficiencias de documentación del expediente, tratarse de proyectos no subvencionables o como consecuencia de la valoración de los distintos proyectos realizada según los criterios y requisitos establecidos en las Ordenes y Resoluciones mencionadas, y de acuerdo con los informes-propuesta de esta Delegación
Provincial.
Undécimo. Publíquese la presente Resolución en la forma prevista en el artículo 109 de la Ley General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía, que de
conformidad con lo establecido en el artículo 59.5 de la Ley
30/1992, de 26 de noviembre, sustituye a la obligatoriedad de la notificación individualizada y surte sus mismos efectos.
Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía
administrativa, podrá interponerse con carácter potestativo recurso de reposición ante la Consejería de Turismo y Deporte, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación, o recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo en Sevilla, del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo establecido en el art. 46.1 de la Ley
29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa.
Cádiz, 5 de diciembre de 2002.- La Delegada, María Isabel Peinado Pérez.
A N E X O
Expediente: CL.CA-002/02.
Entidad local: Ayuntamiento de Sanlúcar de Barrameda.
Objeto: Iluminación Monumental Exterior del Castillo de Santiago.
Tipo de proyecto (artículo 3.º): (D) Puesta en valor turístico de elementos patrimoniales singulares.
Inversión aprobada: 45.713,61 euros.
Subvención: 31.999,53 euros.
Porcentaje de la subvención respecto al coste de la actividad:
70%.
Plazo de ejecución: 15.7.03.
Expediente: CL.CA-007/02.
Entidad local: Ayuntamiento de Sanlúcar de Barrameda.
Objeto: Eliminación del cableado en el centro histórico (1.ª fase).
Tipo de proyecto (artículo 3.º): (D) Puesta en valor turístico de elementos patrimoniales singulares.
Inversión aprobada: 43.541,97 euros.
Subvención: 30.479,38 euros.
Porcentaje de la subvención respecto al coste de la actividad:
70%.
Plazo de ejecución: 15.7.03.
Expediente: CL.CA-009/02.
Entidad local: Ayuntamiento de Arcos de la Frontera.
Objeto: Peatonalización y soterramiento de líneas aéreas de las calles Maldonado y Olivares Veas.
Tipo de proyecto (artículo 3.º): (B) Embellecimiento de zonas (conjunto histórico).
Inversión aprobada: 105.701,57 euros.
Subvención: 73.991,10 euros.
Porcentaje de la subvención respecto al coste de la actividad:
70%.
Plazo de ejecución: 1.7.03.
Expediente: CL.CA-012/02.
Entidad local: Ayuntamiento de Rota.
Objeto: II Fase recuperación de La Mayetería.
Tipo de proyecto (artículo 3.º): (D) Puesta en valor turístico de elementos patrimoniales singulares.
Inversión aprobada: 147.469,08 euros.
Subvención: 103.228,36 euros.
Porcentaje de la subvención respecto al coste de la actividad:
70%.
Plazo de ejecución: 1.9.03.
Expediente: CL.CA-017/02.
Entidad local: Ayuntamiento de Algeciras.
Objeto: Glorieta en intersección de travesía con calle
Volantes.
Tipo de proyecto (artículo 3.º): (A) Embellecimiento de accesos a núcleos urbanos.
Inversión aprobada: 252.422,62 euros.
Subvención: 176.695,83 euros.
Porcentaje de la subvención respecto al coste de la actividad:
70%.
Plazo de ejecución: 1.4.03.
Expediente: CL.CA-018/02.
Entidad local: Ayuntamiento de San Fernando.
Objeto: Ajardinamiento exterior y puesta en valor turístico del conjunto monumental de los yacimientos alfareros fenicios y púnicos de Torrealta.
Tipo de proyecto (artículo 3.º): (D) Puesta en valor turístico de elementos patrimoniales singulares.
Inversión aprobada: 70.400,00 euros.
Subvención: 56.320,00 euros.
Porcentaje de la subvención respecto al coste de la actividad:
80%.
Plazo de ejecución: 1.4.03.
Expediente: CL.CA-022/02.
Entidad local: Ayuntamiento de San Fernando.
Objeto: Instalaciones eléctricas alumbrado periférico en rotonda Gómez Pablo, e iluminación exterior de la fuente V Centenario.
Tipo de proyecto (artículo 3.º): (A) Embellecimiento de accesos a núcleos urbanos.
Inversión aprobada: 60.016,49 euros.
Subvención: 42.011,54 euros.
Porcentaje de la subvención respecto al coste de la actividad:
70%.
Plazo de ejecución: 1.4.03.
Expediente: CL.CA-023/02.
Entidad local: Ayuntamiento de Cádiz.
Objeto: Renovación tecnológica integral de las instalaciones de telecomunicación del Palacio de Congresos y Exposiciones de Cádiz.
Tipo de proyecto (artículo 3.º): (D) Puesta en valor turístico de elementos patrimoniales singulares.
Inversión aprobada: 54.657,56 euros.
Subvención: 38.260,29 euros.
Porcentaje de la subvención respecto al coste de la actividad:
70%.
Plazo de ejecución: 1.6.03.
Expediente: CL.CA-025/02.
Entidad local: Ayuntamiento de San Roque.
Objeto: Puntos de información turístico con sistemas
interactivos multimedia.
Tipo de proyecto (artículo 3.º): (F) Oficinas de turismo. Inversión aprobada: 14.150,00 euros.
Subvención: 9.905,00 euros.
Porcentaje de la subvención respecto al coste de la actividad:
70%.
Plazo de ejecución: 15.4.03.
Expediente: CL.CA-026/02.
Entidad local: Ayuntamiento de Conil de la Frontera.
Objeto: Obras de embellecimiento en calles peatonales del conjunto histórico artístico de Conil de la Frontera. Barrio del Espíritu Santo.
Tipo de proyecto (artículo 3.º): (B) Embellecimiento de zonas (conjunto histórico).
Inversión aprobada: 113.440,75 euros.
Subvención: 79.408,53 euros.
Porcentaje de la subvención respecto al coste de la actividad:
70%.
Plazo de ejecución: 31.5.03.
Expediente: CL.CA-030/02.
Entidad local: Ayuntamiento de San Fernando.
Objeto: Tratamiento de fachadas de la Iglesia del Carmen. Tipo de proyecto (artículo 3.º): (D) Puesta en valor turístico de elementos patrimoniales singulares.
Inversión aprobada: 47.983,98 euros.
Subvención: 38.387,18 euros.
Porcentaje de la subvención respecto al coste de la actividad:
80%.
Plazo de ejecución: 1.4.03.
Expediente: CL.CA-031/02.
Entidad local: Mancomunidad de Municipios Bajo Guadalquivir. Objeto: Señalización de accesos a escuela de vela, ruta monumental, direccional e informativa en el municipio de Chipiona.
Tipo de proyecto (artículo 3.º): (E) Señalización turística. Inversión aprobada: 35.281,56 euros.
Subvención: 24.704,09 euros.
Porcentaje de la subvención respecto al coste de la actividad:
70%.
Plazo de ejecución: 28.2.03.
Expediente: CL.CA-033/02.
Entidad local: Mancomunidad de Municipios Bajo Guadalquivir. Objeto: Eliminación de cableado en el casco histórico de Rota. Tipo de proyecto (artículo 3.º):
Inversión aprobada: 57.096,15 euros.
Subvención: 41.109,23 euros.
Porcentaje de la subvención respecto al coste de la actividad:
72%.
Plazo de ejecución: 28.2.03.
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