Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 1 de 02/01/2003

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación y Ciencia

ORDEN de 10 de diciembre de 2002, por la que se reconoce e inscribe en el Registro de Fundaciones Docentes Privadas, la Fundación denominada Juntas Liberalistas de Andalucía, de la localidad de Sevilla.

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Visto el expediente de reconocimiento e inscripción en el Registro de Fundaciones Docentes, de esta Consejería de la Fundación denominada Juntas Liberalistas de Andalucía, constituida y domiciliada en Sevilla , C/ Vidrio núm. 32.

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. La Fundación Juntas Liberalistas de Andalucía, fue constituida en Escrituras Públicas de fecha 30 de julio de

2002, ante don Rafael Leña Fernández, notario del Iltre. Colegio de Sevilla, fundada por el Partido Andalucista.

Segundo. Tendrá principalmente, los siguientes objetivos y fines. El fomento de la enseñanza y la investigación sobre la Historia de Andalucía, del andalucismo y de los movimientos políticos y partidos que lo impulsaron, con atención especial a las Juntas Liberalistas de Andalucía.

Tercero. La dotación inicial de la Fundación está constituida por quince mil euros (15.000 euros), la cual se encuentra depositada en la Entidad Montes de Piedad y Cajas de Ahorros de Ronda, Cádiz, Almería Málaga y Antequera (Unicaja).

Cuarto. El gobierno, administración y representación de la Fundación, se confía de modo exclusivo a un Patronato, que estará formado por un mínimo de nueve y un máximo de quince miembros, siendo su Presidente la persona que ocupe el cargo de Secretario General del Partido Andalucista.

Vistos: La Constitución Española, el Estatuto de Autonomía de Andalucía, la Ley 30/1994, de 24 de noviembre, de Fundaciones y de Incentivos Fiscales a la Participación Privada en actividades de Interés General y el Decreto 2930/1972, de 21 de julio, que aprueba el Reglamento de Fundaciones Culturales Privadas y Entidades análogas, y demás normas de general y pertinente aplicación.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. Esta Consejería tiene asignada, en virtud del Decreto

42/1983, de 9 de febrero, del Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía, las competencias que en materia de Educación se traspasaron por Real Decreto 3936/1982, de 29 de diciembre, y en particular sobre las Fundaciones Docentes que desarrollen principalmente sus acciones en Andalucía, ejerciendo en consecuencia el Protectorado sobre las de esta clase.

Segundo. Se ha cumplido en la tramitación del expediente todos los requisitos considerados esenciales por la Ley 30/1994, de

24 de noviembre, de Fundaciones y de Incentivos Fiscales a la Participación Privada en actividades de Interés General y el Reglamento de Fundaciones Culturales Privadas por lo que, procede el reconocimiento de interés público de sus objetivos, y la inscripción en el pertinente Registro de Fundaciones Docentes.

En consecuencia, y en atención a los hechos y fundamentos de Derecho hasta aquí desarrollados, esta Consejería de Educación y Ciencia, visto el preceptivo informe de la Asesoría Jurídica,

R E S U E L V E

Primero. Reconocer el interés público de la Entidad, e inscribir como Fundación Docente Privada en el correspondiente Registro a la Fundación Juntas Liberalistas de Andalucía, domiciliada en Sevilla, C/ Vidrio núm. 32.

Segundo. Aprobar los Estatutos, contenidos en las Escrituras Públicas de fecha 30 de julio de 2002.

Tercero. Confirmar en sus cargos a los miembros del Patronato de la Fundación cuyos nombres se recogen en la Carta

Fundacional.

Contra esta Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, en el plazo de dos meses a partir de su

publicación, recurso contencioso-administrativo ante la Sala competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10.1 y 46.1 de la Ley de Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 13 de julio de 1998, o en el plazo de un mes potestativamente recurso de reposición ante la Excma. Sra. Consejera de Educación y Ciencia conforme a las disposiciones de los artículos 107 y 116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999.

Sevilla, 10 de diciembre de 2002

CANDIDA MARTINEZ LOPEZ

Consejera de Educación y Ciencia

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