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Ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección Tercera, del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Sevilla, se ha interpuesto por Promociones Turísticas Galera, S.L., recurso contencioso-administrativo número
275/03DF, Sección 3.ª, contra Resolución de la Consejería de Turismo y Deporte de 31.1.03 que declaraba inadmisible la petición del recurrente, al amparo del art. de la Constitución y regulado por la Ley Orgánica 4/2001, de incorporar determinadas disposiciones al Decreto 20/2002, de 29 de enero, del Turismo en el Medio Rural y Turismo Activo, publicado en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía de 2 de febrero de
2003, número 14.
En consecuencia, de conformidad con lo ordenado por el Juzgado o Sala y a tenor de lo dispuesto en el artículo de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa,
HE RESUELTO
Primero. Anunciar la interposición del recurso contenciosoadministrativo número 275/03 DF.
Segundo. Publicar la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y emplazar a aquellas personas, terceros interesados a cuyo favor hubiesen derivado o derivaren derechos por las Resoluciones impugnadas, para que comparezcan y se personen en autos ante la referida Sala (o Tribunal), en el plazo de nueve días siguientes a la publicación de la presente Resolución.
Sevilla, 21 de mayo de 2003.- El Secretario General Técnico, Rafael Rodríguez de León García.
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