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Primera. Objeto de la convocatoria.
Se convoca Concurso-Oposición libre, para cubrir, en propiedad, una plaza de Técnico de Desarrollo Local, vacante en la plantilla de Funcionarios de esta Corporación, encuadrada en :
Grupo: A.
Escala: Administración Especial.
Subescala: Técnico de Desarrollo Local.
Clase: Superior.
Denominación: Técnico/a de Desarrollo Local. Edad de jubilación : 65 años.
Está dotada con sueldo, pagas extraordinarias, trienios y demás emolumentos que correspondan con arreglo a la legislación vigente.
Segunda. Condiciones de los aspirantes.
a) Ser miembro de la Comunidad Europea.
b) Tener cumplidos 18 años en el momento de presentación de instancias.
c) Estar en posesión del Titulo de Licenciado en Derecho, Ciencias Políticas, Ciencias Económicas, Ciencias Empresariales, Geografía.
d) No padecer enfermedad o defecto físico que impidan el normal ejercicio de la función.
e) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del Servicio al Estado, a las Comunidades Autónomas o a las Entidades Locales, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas con sentencia firme.
f) No hallarse incurso en ninguna de las causas de incapacidad especifica previstas en la legislación vigente.
Tercera. Funciones.
Realizará tareas de Gestión y Desarrollo Local, estudio y propuesta de carácter administrativo de nivel superior y aquellas otras análogas que determine la Corporación referidos a su categoría.
Cuarta. Instancias.
Las instancias solicitando tomar parte en el Concurso- Oposición libre deberán ser dirigidas al Ilmo. Sr. Alcalde y deberán hacer referencia a que se reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas en la Base Segunda de la convocatoria, referidas a la fecha de terminación del plazo de presentación de instancias, y que se compromete a prestar juramento o promesa según las disposiciones vigentes. Se presentarán en el Registro General (Oficina de Atención al Ciudadano) del Excmo. Ayuntamiento de Linares, durante el plazo de veinte días naturales, contados a partir del siguiente a aquél en que aparezca el extracto de las presentes bases en el "Boletín Oficial del Estado", según establece el art. 18 del Real Decreto 364/95 de 10 de marzo por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración General del Estado y Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado.
Las instancias también se podrán presentar en la forma que determina el art. 38 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común.
Los derechos de examen ascenderán a 12,02 euros, y serán satisfechos por los aspirantes al presentar las instancias, acompañando carta de pago o justificante de haber hecho efectivo dicha cantidad.
Quinta. Admisión de aspirantes.
Expirado el plazo de presentación de instancias, la Alcaldía aprobará la lista provisional de los aspirantes admitidos y excluidos, que se hará pública en el "Boletín Oficial de la Provincia" y en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento, concediéndose un plazo de diez días para oír reclamaciones. Dichas reclamaciones, si las hubiere, serán admitidas o rechazadas mediante Resolución de la Alcaldía por la que se apruebe la lista definitiva y será hecha pública en la forma indicada anteriormente, todo ello, según se establece en el art. 6.? del Real Decreto 896/1991, de 17 de junio.
Sexta. Tribunal calificador.
Estará constituido de acuerdo con lo dispuesto por el Real Decreto 896/91, de 7 de junio y el art. 11 del Real Decreto
364/95, de 10 de marzo por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la
Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles del Estado, quedando de la forma siguiente:
Presidente: El Alcalde o Concejal en quien delegue.
Vocales:
- Un representante del Colegio de Secretarios, Interventores y Tesoreros de Administración Local.
- Un representante de la Junta de Andalucía.
- Un funcionario de carrera designado por la Corporación, a propuesta de la Junta de Personal, de igual o superior
categoría o titulación.
- El Técnico de Administración General y Jefe de la Sección de Personal del Excmo. Ayuntamiento.
Secretario: El Secretario de la Corporación o funcionario en quien delegue.
El Tribunal podrá disponer o requerir de cuantos Asesores considere.
El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de más de la mitad de sus miembros.
Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de formar parte del mismo cuando concurran las circunstancias previstas en el art. 28.2 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre sobre Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común. En tal caso, los aspirantes podrán recusarlos cuando concurran algunas de dichas circunstancias. Asimismo y de conformidad con el art. 26 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común las
decisiones que el Tribunal adopte serán por mayoría de los votos presentes, resolviendo en caso de empate, el voto del que actúe como Presidente. Si por cualquier circunstancia no concurrieran a alguna de las sesiones el Presidente y el Secretario, se suplirán por los Vocales de mayor y menor edad, respectivamente.
La designación de los miembros del Tribunal y de sus suplentes, se hará pública en el "Boletín Oficial de la Provincia" y en el tablón de anuncios del Excmo. Ayuntamiento.
Séptima. Comienzo y desarrollo de los ejercicios del concurso de oposición libre.
Fase de concurso.
Las puntuaciones se otorgarán de acuerdo con el siguiente baremo de méritos:
- Por servicios prestados en la Administración en puestos relacionados con la plaza a cubrir: 0,20 puntos por cada mes o fracción.
- Por servicios prestados en la Administración en otro tipo de puesto: 0,10 puntos por cada mes o fracción.
Máximo por este apartado: 4 puntos.
- Por cada curso organizado por la Administración, relacionado con la plaza a cubrir:
De 15 horas o 2 días: 0,20 puntos.
De 20 horas o 3 días: 0,30 puntos.
De 30 horas o 4 días: 0,40 puntos.
De más de 30 horas o más de 4 días: 0,50 puntos.
Máximo por este apartado: 2,5 puntos.
Máxima puntuación de la fase de concurso: 6,5 puntos.
Los méritos que se aleguen, para la fase de concurso, deberán acreditarse documentalmente antes de la finalización del plazo de presentación de instancias.
Fase de oposición.
Primer ejercicio. Se contestará, por escrito, durante un plazo máximo de dos horas, a un tema que, sin ajustarse a los epígrafes del temario anexo, éste relacionado con varios de los temas incluidos en el mismo.
Segundo ejercicio. Consistirá en contestar, por escrito, durante un plazo máximo de cuatro horas, a tres temas,
extraídos al azar, de los incluidos en el temario anexo, uno de la parte general, y dos del temario especifico.
Octava. Calificación de los ejercicios.
Los dos ejercicios de la oposición serán eliminatorio, siendo calificados de 0 a 10 puntos, siendo necesario alcanzar, como mínimo, 5 puntos en cada uno de ellos, para aprobar.
La calificación final vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas tanto en la Fase de Concurso y de Oposición, entendiéndose como puntuación de la Fase de
Oposición, la suma de las calificaciones obtenidas en los ejercicios de que consta dicha fase.
Novena. Resolución de empates.
En caso de empate, se realizarán sucesivas preguntas por escrito, del temario de la convocatoria, hasta que se produzca el desempate.
Décima. Relación de aprobados, presentación de documentos y nombramiento.
Terminada la calificación de los ejercicios realizados por los aspirantes, el Tribunal publicará la relación de aprobados por orden de puntuación, es decir, el nombre del aprobado y la puntuación obtenida, que se elevará a la Alcaldía para que formule el correspondiente nombramiento, no pudiendo figurar en dicha relación mayor número de aprobados que el de las plazas convocadas.
El concursante propuesto presentará en la Secretaría General del Excmo. Ayuntamiento de Linares, dentro del plazo de veinte días naturales, a contar desde el siguiente al de publicación de su aprobación, los documentos acreditativos de las
condiciones de capacidad y requisitos exigidos en la presente convocatoria.
Si en el plazo indicado, salvo caso de fuerza mayor, el concursante propuesto no presentara la documentación, o no reuniera los requisitos exigidos, no podrá ser nombrado, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en la que hubiera podido incurrir por falsedad en los datos expuestos en la instancia solicitando tomar parte en el Concurso-Oposición.
Undécima. Incidencias.
El Tribunal queda facultado para resolver las dudas que puedan presentarse y adoptar resoluciones, criterios y medidas en relación con aquellos aspectos no regulados en la presente convocatoria o en la legislación vigente para el buen orden del Concurso-Oposición.
Duodécima.
Para lo no previsto en estas bases será de aplicación la Ley
7/85, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local; el Real Decreto Legislativo 781/86, de 18 de abril por el que se aprueba el Texto Refundido de las Disposiciones Legales vigentes en materia de Régimen Local; Real Decreto 896/91, de 7 de junio; y subsidiariamente el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración del Estado, aprobado por el Real Decreto 364/95, de 10 de marzo, y demás legislación concordantes.
T E M A R I O
Temario Específico
1. La intervención económica en el Municipio. Objetivos y problemas en el desarrollo local.
2. Estudios sobre desarrollo local y análisis del entorno.
3. La planificación estratégica local, conceptos, tipologías y aspectos fundamentales.
4. Metodologias e instrumentos en la planificación estratégica.
5. Nuevas tendencias en la planificación estratégica.
6. Modelos organizativos de la promoción económica.
7. Las Areas de promoción económica: Funciones y contenidos.
8. La formación en el marco del desarrollo local.
9. La dinamización empresarial en el desarrollo local.
10. Diseño, planificación y gestión de proyectos en el
desarrollo local.
11. Gestión de recursos humanos en los organismos de promoción económica.
12. Actividades comerciales en el entorno de la promoción económica.
13. La implantación de iniciativas empresariales emergentes.
14. Experiencias y modelos organizativos en el desarrollo local.
15. El patrimonio industrial como recurso para el desarrollo local.
16. El estudio del medio como base para el desarrollo
comunitario.
17. La localización industrial: Factores.
18. El desarrollo rural en la provincia de Jaén.
19. La deslocalización industrial.
20. Los recursos endógenos como componentes del des-arrollo local.
21. El desarrollo local en la política comunitaria.
22. Desarrollo endógeno, recursos humanos a nivel comercial y economía global.
23. Teorías económicas del desarrollo local: Las estrategias de desarrollo local.
24. Objetivos, programas e instrumentos del desarrollo local.
25. La financiación del desarrollo local.
26. Los instrumentos de apoyo a las PYMES.
27. Técnicas y actividades de animación económico-empresarial. Los servicios de apoyo al emprendedor. Análisis desde la oferta.
28. Linares: Aspectos socioeconómicos más relevantes.
29. Infraestructuras locales al servicio del desarrollo local. Servicios municipales.
30. Las infraestructuras empresariales: Linares como ciudad para invertir.
31. El suelo industrial en Linares.
32. Planes económicos y polos de desarrollo en Andalucía.
33. La industrialización en Andalucía. Orígenes y trayectoria reciente.
34. Principales orientaciones actuales del desarrollo
industrial. Organos y medidas para su instrumentación.
35. La industria andaluza, valoración global del sector y pautas de localización.
36. La ampliación de las directrices europeas por el empleo en el ámbito local. Políticas específicas para la aplicación de las directrices europeas.
37. El marketing territorial.
38. Ambitos de aplicación telemática para la promoción
económica y el desarrollo local.
39. La formación de los recursos humanos como factor de competitividad en los sistemas productivos.
40. Fundamentos del desarrollo local.
41. Evolución del concepto de desarrollo. Tendencias en el desarrollo local.
42. Los nuevos yacimientos de empleo y su impacto en el desarrollo local.
43. El desarrollo local en Andalucía.
44. Nuevas tecnologías y desarrollo local. La gestión público privada en el desarrollo estratégico de los Municipios.
45. El papel de la Administración en el desarrollo local.
46. La UTDLT como instrumento para el desarrollo local. Funciones y objetivos.
47. Los servicios de orientación profesional: los SIPES como modelos integrados para el empleo.
48. Servicios a las empresas y competitividad industrial.
49. El Instituto de Fomento de Andalucía. Organización y funciones.
50. Políticas económicas especificas para el fomento del empleo en Andalucía.
51. La Administración autonómica y sus instrumentos de
desarrollo local.
52. Dinamización social y métodos para articular la
participación ciudadana en el marco de la planificación estratégica local.
53. Evaluación de proyectos de desarrollo local. Técnicas e instrumentos.
54. El seguimiento de proyectos de desarrollo local: métodos y aplicaciones.
55. Análisis de impacto de los proyectos de desarrollo local.
56. La experiencia andaluza de dinamización del territorio en el contexto de los programas Leader y Proder.
57. El apoyo al emprendedor desde los organismos de promoción económica.
58. Técnicas aplicadas en la determinación de la viabilidad del proyecto empresarial como mecanismo de ayuda al emprendedor.
59. Aspectos institucionales en el desarrollo local, redes y organismos supralocales relacionados con el desarrollo local.
60. El usuario de los servicios de promoción económica. La determinación de las ayudas a los proyectos de creación de empresas.
TEMARIO GENERAL
1. La Constitución Española de 1978: Estructura y contenido. Principios generales.
2. Derechos fundamentales y libertades públicas en la
Constitución de 1978.
3. La Corona. Las Cortes Generales. El Gobierno.
4. El Poder judicial.
5. Organización territorial del Estado. Los Estatutos de Autonomía: su significado.
6. Principios de actuación de la Administración pública: eficacia, jerarquía, descentralización, desconcentración y coordinación.
7. El acto administrativo. Principios generales del
procedimiento administrativo.
8. Fases del procedimiento administrativo general. Referencia a los recursos administrativos.
9. Formas de la acción administrativa: fomento. Policía. Servicio público.
10. La responsabilidad en la Administración.
11. Sometimiento de la Administración a la ley y al derecho: La Administración como objeto del derecho, formas de sumisión.
12. Fuentes del derecho público: La jerarquía de las fuentes. Fuentes escritas. Leyes y reglamentos. Fuentes no escritas.
13. Hacienda pública: los ingresos públicos. Los impuestos. Las tasas fiscales.
14. La Administración local: entidades que comprende.
Regulación actual.
15. La provincia en el régimen local. Organización provincial. Competencias.
16. El Municipio. El término municipal.
17. La población. El empadronamiento. Padrón de españoles residentes en el extranjero.
18. Organización municipal: concepto. Clases de órganos. Estudio de cada uno de los órganos.
19. Competencias municipales: concepto y clases. Legislación española.
20. Ordenanzas y reglamentos de las entidades locales. Clases. Procedimiento de elaboración y aprobación.
21. La función pública local. Organización de la función pública local.
22. Derechos y deberes de los funcionarios públicos locales: derechos. Deberes. Régimen disciplinario.
23. El personal laboral al servicio de las Entidades Locales. Régimen Jurídico.
24. Los bienes de las Entidades locales.
25. Los contratos administrativos en la esfera local.
Legislación reguladora. Elementos de los contratos. Clases de contratos locales.
26. Intervención administrativa local en la actividad privada. Procedimiento de concesión de licencias.
27. Haciendas locales. Clasificación de los ingresos.
28. Ordenanzas fiscales: potestad reglamentaria. Tramitación de las ordenanzas y acuerdos. Contenido. Entrada en vigor.
29. Régimen Jurídico del gasto público local.
30. Los Presupuestos locales.
Lo que se hace público para general conocimiento.
Linares, 15 de mayo de 2003.- El Alcalde.
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